Conflicto patricio plebeyo
El desarrollo de la república primitiva, va a estar polarizado por dos procesos históricos que se condicionan; el primero es la conflictividad social, toda la república primitiva está desarrollada por el conflicto patricio–
plebeyo, que dará lugar en los siglos posteriores. El segundo fenómeno es la conquista italiana, se puede decir que Roma fue afortunada por una serie de acontecimientos que la convierten en la potencia italiana y que Roma estuvo destinada al imperialismo.El conflicto patricio-plebeyo debe ser estudiado desde una perspectiva crítica de las fuentes, porque en toda la tradición existen fenómenos de reiteración de acontecimientos de manipulación de estos, de condicionantes sociológicos… una de las visiones fundamentales es la continuación lineal del conflicto. Esta visión no es aceptable, porque ningún proceso histórico es lineal, es dialéctico, es decir, acción y reacción. En cualquier caso dentro de esta perspectiva, hay que tener en cuenta que la tradición clásica considero que el conflicto Patricio-Plebeyo es tan antiguo como la ciudad, esto hoy día es inaceptable. Este conflicto no es tan antiguo, cosa que observamos en que algunos magistrados poseen nombres plebeyos. ¿QUIENES ERAN LOS PATRICIOS?Deriva de “pater”, son patricios aquellos que son hijos de padre conocido a la familia patriarcal, que tiene un padre de familia como progenitor, que posee el derecho de la vida y la muerte de su familia, además de ser el sacerdote de la religión familiar, siendo también en único propietario de los bienes que se va a transmitir siempre por primogenitura, se transmite por “vía agnaticia”. Este sistema onomástico está proyectado durante toda la historia de Roma, hasta que no había nada que transmitir. El patriarcado también pertenece a un grupo de gran relevancia histórica, la clientela, que apoya a la aristocracia, institución épicamente romana, que se va adaptando a las nuevas circunstancias, y que esta regulada por la justicia y la religión.Existen dos procedimientos recogidos en el derecho romano por los cuales un individuo entra en relación de clientela con un patricio:-Primero la manumisión, constituye un acto jurídico por el que se le concede la libertad al esclavo y pasa a la condición de liberto que mantiene relaciones de clientela con sus antiguos propietarios, los cuales los protegían.-Segundo la “Applicatio ad patronum”, este procedimiento es para los individuos de la clase social que están en la base de la sociedad, y que pueden permitir la clientela con un patrono, el cual le concederá suministros para sobrevivir a cambio de la lealtad. En cualquier caso las relaciones entre el cliente y el patrono se encuentra regulado¿QUIENES ERAN LOS PLEBEYOS? El aumento de las tierras solucionara también el problema de la deuda. En este contexto, se producirá una evolución del conflicto patricio-plebeyo. El primer acontecimiento que marca la crisis está constituido por la separación de la plebe al monte Sacro. Estas tres prerrogativas (inviolabilidad; “intercessio”, “auxilium”) le dará un poder sustancial a los plebeyos y durara toda la historia de Roma.Los siguientes años dentro de esta primera mitad del S.V, está marcada por conflictos periódicos que se polarizan en una vertiente política, donde el patriciado intenta destruir al tribunado de la plebe; también en relación con el reparto de la tierra, bien con el reparto con la plebe de tierras conquistadas, como en territorio romano. El hecho que marca el desarrollo del conflicto en el siglo V, es la codificación de “Las leyes de las XII tablas”, que constituye el primer fenómeno de estas características en la historia de Roma, es cierto que había existido un poder de legislación y también leyes, pero no se había producido una codificación general del derecho que será enormemente trascendente. La tradición marca esta codificación en el conflicto patricio-plebeyo, donde la plebe querrá que se codifique el derecho y se haga público, esto culminara en el 452-451 a.C, cuando un colegio de 10 miembros formado por patricios, se hace cargo del gobierno para codificar el derecho romano. De estas leyes destaca la prohibición del matrimonio mixto entre patricios y plebeyos; en el plano social, los clientes se regulan por esta primera codificación y se marca la obligación del patrón. Aunque se recogen otras normas como el problema de las deudas, donde se aplica el derecho arcaico, en donde el deudor puede ser reducido a la esclavitud, puesto en vente e incluso sacrificado. Las leyes de las XII tablas en el 452-451, precede a los años 40 del S.V a.C, en el que se producen nuevos conflictos en el que destaca el del 449 a.C, con la creación de las leyes Valerio-Moracias, los cónsules Valerio y Horacio pondrán fin a todos las prerrogativas y derechos inminentes de los plebeyos.En el 445 a.C, el tribuno de la plebe Canuleyo, creara las leyes Canuleyo, que planteaba dos propuestas: La abolición de la ley que prohibía los matrimonios mixtos entre patricios y plebeyos. La igualdad política, es decir, que uno de los dos cónsules fuera plebeyo.La primera propuesta fue aprobada, dando lugar a la fusión entre patricios y plebeyos, que creara una nueva clase social, que será trascendente para la historia de Roma.Respecto a la segunda propuesta, dará lugar a una nueva magistratura, donde el cónsul no será plebeyo, sino elegido entre patricios y plebeyos de los jefes militares, los “tribuni militares”, que se alternaban de manera indistinta con los altos cónsules de la magistratura. En cualquier caso, estas leyes van a innovar en la organización del estado, pero siempre en el acceso de la sociedad plebeya. El comienzo del S.IV es un punto de inflexión, la quiebra de la ciudad de Roma en los años 391-390 por la ocupación gala.Las anteriores leyes solo beneficio al sector plebeyo más privilegiado, mientras que los problemas tradicionales de la plebe agraria seguían vigentes. En el 367 son elegidos tribunos de la plebe Cayo Licinio Estolón y Lucio Sextio, que resumieron las reivindicaciones plebeyas, resumido en tres proyectos de ley: la cuestión de las deudas; el problema agrario; y la aspiración plebeya al consulado. Esta ley proclama la ciudadanía romana, todos los ciudadanos pertenecen a la “Iuris Societas”, lo que producirá una renovación de la clase dirigente, la cual pasara a estar formada por la nobilitas, con dos pilares en su formación: la proyección territorial, es decir, adquirir territorios; y el desarrollo económico de las actividades artesano- comerciales.