TODOS IGUALES ANTE LA LEY
una carácterística escencial de la democracia es el principio de igualdad de todos ante la ley, lo que significa que cada uno de los miembros de la comunidad sea reconocido con los mismos derechos y a la vez se le exija, como a los demás, el cumplimiento, el cumplimiento de los deberes establecidos
Esta igualdad supone la supresión de los privilegios
La igualdad ante la ley – la igualdad jurídica – pretende que todos seamos tratados y considerados de tal manera que nadie se quede sin disfrutar de sus derechos , superando las desventajas que tengan algunos respecto de los otros.
El progreso del proceso civilizatorio ha consistido en igualar derechos a la diversidad de individuos : DERECHOS UNIVERSALES A LA Educación, A LA Atención SANITARIA , A CONDUCIR LA PROPIA VIDA, A UN Mínimo DE INGRESOS ECONÓMICOS que permitan una vida decorosa, A INFORMARSE, A OPINAR, A UN MEDIO AMBIENTE SALUDABLE, A LA JUSTICIA, A ELEGIR Y POSTULARCE a cargos públicos , A LA Participación en los asuntos de interés común , etc. De esta forma el ESTADO, promueve las condiciones para que la igualdad sea efectiva, sin importar las diferencias individuales, reconociendo los mismos derechos y otorgando el mismo trato en la aplicación de la Ley
Principios de igualdad ante la ley y la Constitución
El artículo 1: En los Estados Unidos Mexicanos todas las persona gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección
párrafo 5: “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional , el genero, la edad, las discapacidades, la condiciones de salud, la religión , las opiniones , las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
artículo 13:: nadie puede ser juzgado por leyes privadas ni por tribunales especiales
artículo 12: En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país
artículo 4 :El varón y la mujer son iguales ante la ley
Igualdad ante la ley para la construcción de una sociedad justa y equitativa
Tutela la integridad física y psicológica las leyes no evitan las acciones abusivas en todos los casos , pero sirven para prevenirlas,
pues los agresores saben que pueden ser sancionados por sus conductas violentas y para castigar los autores de tales conductas.
Ordenamiento jurídico justo y equitativo
Sin leyes justas y equitativas no sería posible el logro y la conservación de la convivencia civilizada. Los conflictos en muchas ocasiones no se resolvieron pacíficamente se requiere, sin ninguna excepción de la aplicación, de la ley.
Es natural que en una comunidad cada individuo defienda sus propios intereses, pero un interés fundamental en el que todos coincidimos es el de preservar una convivencia armónica, en la que los conflictos se resuelvan justamente y sin violencia, en la que se protejan nuestros derechos y nuestra dignidad , en la que se exijan responsabilidades
ANÁLISIS DEL CONFLICTO
Aprenders del conflicto
dan origen a un conflicto personas o grupos intereses, deseos u objetivos con los que en algún momento no concuerde. Aun en las relaciones basadas en el amor, el conflicto está latente, por tanto es parte inseparable de la condición humana.
Los conflictos surgen en todos los contextos en los que hay una interacción entre seres humanos
Hay una tendencia a pensar en el conflicto como aspecto negativo de la convivencia humana , que proviene de una naturaleza primitiva , otros creen que debe formar parte de una sociedad civilizada, por tanto se considera como algo nocivo y anormal.
uizá la visión que tenemos sobre el conflicto proviene de la forma en la que habitualmente lo enfrentamos por medio de la violencia o de una solución que solo beneficia y toma en cuenta los deseos de una de las partes.
Es una perspectiva positiva que reconoce la existencia de las diferencias, la variedad de intereses, la necesidad de satisfacer aspiraciones y metas – tanto personales como colectivas
Desde esta perspectiva es preciso aprender a manejar los desacuerdos adecuadamente y enfrentarlos de manera constructiva , reflexiva y responsable, en donde ambas partes se vean beneficiadas . Tener una perspectiva ética, es decir, poner en práctica valores como la empatía, la honestidad y la tolerancia, además del diálogo, nos puede ayudar a resolver situaciones conflictivas.
CAUSAS QUE ORIGINAN LOS CONFLICTOS
CONFLICTOS DE COMUNICACIÓN
Se presentan cuando hay barreras de comunicación por diversos motivos: malentendidos, manipulación de la información, interpretaciones distintas sobre una misma cosa o hecho, emociones, entre otras.
CONFLICTOS DE VALORES
Son las diferencias entre las creencias, la religión, la cultura, los dilemas éticos, las tradiciones, la identidad personal, las posiciones ideológicas y la moral de las personas o grupos sociales.
CONFLICTOS DE DERECHOS
Se dan en torno a la interpretación , la aplicación, el planteamiento o las modificaciones a las leyes, las normas, las reglas, los ordenamientos jurídicos , los convenios o los acuerdos. A menudo se resuelven por la intervención de un tercero mediante diversos mecanismos, como el arbitraje, el proceso jurisdiccional, la conciliación, entre otros.
CONFLICTO DE INTERESES
Los intereses se entienden como los medios para resolver las necesidades que satisfagan lo que deseamos. Este tipo de conflictos es uno de los más comunes y también es el que más se presta para una mediación mediante mecanismos de intervención de un tercero
CONFLICTOS SOCIALES
Se refieren al sistema económico, político, social y cultural en que vivimos. Es a lucha por la transformación, de acuerdo con un grupo social, de ciertos factores. Esta lucha puede ser entre un sector o grupo social contra el Estado o entre sectores o grupos sociales