Aspectos Generales del Derecho Sucesorio


Caso Michael Moore (1. D)

  • Posesión efectiva se pide en Chile. Rige ley EE. UU.

Caso Seneca (2. A, b, c)

  • Primus 60
  • Secundus 30
  • Tertius 30

Caso Arg.

% Bienes de Alberto: 12.5%

Caso Seneca 2

  • Primus como heredero de Seneca 120M
  • Secundus en herencia de Seneca 60M
  • Castor en herencia de Seneca 30M
  • Pollux en herencia de Seneca 30M
  • Agripina cuñado Seneca 30M
  • Mamerto tío Seneca 15M
  • Cayo su tío Seneca 15M

En Relación a las Legítimas (3. A, b y c)

  • Legítima rigorosa: Aquella parte de la mitad legitimaria que corresponde a cada legitimario.
  • Legítima efectiva: Es la legítima rigorosa incrementada con la parte de mejoras si dispone de ellas.
  • La legítima rigorosa puede ser pagada con los bienes que el mismo testador señale.

En Relación a la Cuarta de Mejoras son Asignatarios (3. a, b, c, d)

  • Cónyuge sobreviviente.
  • Uno o más descendientes del causante.
  • Nieto del causante, aunque el padre esté vivo.
  • Uno o más ascendientes del causante.

En Relación a Cesión de Derecho Real de Herencia (4. b y d)

  • Solemne.
  • Gratuito u oneroso.

En Relación al Acervo (1. c y d)

  • Ilíquido: Es deducido lo que no pertenecía al causante.
  • Imaginario: Protegen a los herederos forzosos hechas en vida del causante.

Requisitos del Derecho de Acrecimiento (3. c y d)

  • Testador no haya designado sustituto.
  • No haya prohibido el acrecimiento.

En Cuanto a Herederos (3. b y c)

  • Adquirir de forma indirecta por acrecimiento.
  • Herederos representan al causante, indemnizar por ilícitos.

Responsabilidad del Cedente ante Cesionario de Derecho Real de Herencia (1. a, b, c y d)

  • No debe garantía alguna, ni de su calidad de heredero si es a título gratuito.
  • Solo se hace responsable de su calidad si es oneroso.
  • Cedente oneroso se hace responsable de su calidad a menos que especifiquen que componen herencia o legado.
  • Cedente es responsable ante terceros de su cuota del pasivo.

En Relación a Indignidades Sucesorias (1. a)

  • Pueden perdonarse por el testador.

En Relación a Capacidad para Testar (2. b y d)

  • Infantes son inhábiles.
  • Incapacidad para testar son incapacidades de goce.

En Cuanto a los Vicios de la Voluntad del Testador

  • Error cabe como vicio en testamento.
  • Fuerza se regula por norma especial más norma general.

En Cuanto a Solemnidades Comunes a Testamentos Solemnes (2. a)

  • Solemne abierto ante notario y cerrado pueden ser escritos antes de ser llevado a notaría.

En Relación a Indignidades para Suceder (3. Ninguna)

  • Xd

En Relación al Derecho de Representación (2. a, b, d)

  • Ficción legal, presume lo que hubiere querido el causante.
  • Se pueden aplicar reglas de la representación aun cuando haya dictado testamento.
  • Sobrinos del causante representan a hermano premuerto solo en tercer orden sucesorio.

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