La crisis climática representa una emergencia global derivada de la acumulación de gases de efecto invernadero, provocando cambios significativos en los patrones climáticos de la Tierra. La evolución de esta crisis se ha acelerado y siguiendo lo establecido en el artículo 2 de la carta de las naciones unidas, se aboga por la cooperación internacional para resolver problemas, respalda la acción conjunta y la solidaridad global en la lucha contra el cambio climático.
La responsabilidad de los Estados frente al cambio climático radica en sus acciones para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, cumplir con los compromisos establecidos en acuerdos internacionales como el Acuerdo de París y adoptar medidas comunes para mitigar y adaptarse a los impactos del cambio climático. Los Estados tienen el deber de colaborar con la comunidad internacional para abordar esta amenaza global. Además, deben rendir cuentas por el incumplimiento de sus compromisos y trabajar hacia soluciones equitativas y de desarrollo entre las naciones. En este ámbito toma gran importancia el principio del ius cogens, en el contexto del cambio climático establece que las normas fundamentales del derecho internacional, como la preservación del medio ambiente que son obligatorias y no pueden ser derogadas.
Es importante mencionar la participación de actores no estatales pero que siguen siendo sujetos de derecho internacional. La competencia para participar en iniciativas climáticas no se limita solo a los Estados; otros actores internacionales como empresas, ONG y comunidades locales también desempeñan un papel importante.
A lo largo del tiempo, varios acuerdos tanto multilaterales, bilaterales, abiertos y cerrados han desempeñado un papel crucial en la respuesta global al cambio climático sin incluir posibilidad de reservas en muchos debido a la gran importancia del objetivo central de estos. Algunos de los más destacados incluyen: Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kioto que estableció compromisos vinculantes para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, el Protocolo de Doha, acuerdo de Copenhague, Acuerdo de París comprometiendo a los países a limitar el aumento de la temperatura a 1.5 grados Celsius o la Cumbre de Río+20 que revisó los avances realizados hasta el momento.
El cambio climático ha generado resultados notables lo que ha llevado a un aumento en el número de refugiados climáticos creando una nueva categoría de migrantes: los refugiados climáticos considerados como un nuevo grupo minoritario de especial protección. Desde la Asamblea General de la ONU destacan declaraciones como la dada por el secretario general António Guterres “Hemos abierto las puertas del infierno”.
Se crean así nuevos desafíos significativos en términos de gestión de desplazamientos, derechos humanos y la necesidad de una respuesta global para abordar esta creciente crisis.
La base jurídica internacional sobre el cambio climático se establece principalmente a través de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático del 1992. El Protocolo de Kioto impuso compromisos vinculantes para la reducción de emisiones. El Acuerdo de París amplió y reforzó estos esfuerzos, estableciendo objetivos ambiciosos para limitar el calentamiento global. Estos instrumentos legales forman la columna vertebral de la respuesta internacional al cambio climático, comprometiendo a los países a tomar medidas para mitigar las emisiones, adaptarse a los impactos y movilizar recursos financieros para apoyar a las naciones en desarrollo.
A nivel internacional, las políticas de acción sobre el cambio climático se articulan a través de acuerdos y compromisos significativos.
Iniciativas como la Plataforma de Durban para una Acción Reforzada buscan avanzar en negociaciones clave. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, en particular el ODS 13 sobre acción climática, respaldan acciones globales integradas. Además, la Iniciativa de Financiamiento Climático y el Mecanismo de Desarrollo Limpio son esenciales para movilizar recursos y tecnologías en apoyo a países en desarrollo.
En este ámbito cabe destacar la importancia de lo que se denomina la justicia climática. Es un concepto que aborda las inequidades relacionadas con el cambio climático, buscando soluciones equitativas para todos los estados para mitigar y adaptarse a sus impactos.
En el ámbito climático internacional, las competencias de atribución se refieren a la distribución de responsabilidades y facultades entre los distintos actores, especialmente los Estados. Algunas competencias clave incluyen: Establecimiento de Objetivos a través de los tratados y acuerdos, la responsabilidad de monitoreo para proporcionar información transparente, imponer mecanismos competenciales a tribunales internacionales en caso de no cumplimientos por los países, capacidad de cooperación a todos los países para participar en foros y negociaciones.
Como conclusión, el cambio climático se mantiene como una gran amenaza, evidenciada por eventos climáticos extremos y la persistencia de emisiones globales. La realidad es que la comunidad global enfrenta desafíos significativos en la implementación efectiva de políticas y la movilización de recursos. La reflexión crucial radica en la necesidad imperante de un compromiso colectivo más robusto, donde la cooperación internacional y medidas a nivel nacional se combinen para abordar esta crisis que afecta a todos.