Las sociedades laborales:
nacen con la pretensión de ser un instrumento de creación de empleo. -La normativa permite contemplar como lavables tanto a las sociedades anónimas como a las sociedades limitadas. –Almenos la mayoría del capital social (51%) debe pertenecer a trabajadores ligados con la empresa por contrato laboral indefinido. Son los llamados socios laborales. –por lo tanto, pueden haber socios que no tengan ese tipo de contrato o incluso que no sean trabajadores de la empresa. Son los llamados socios generales y pueden poseer hasta el 49% del capital social. –el numero mínimo de socios ha de ser de tres. –la denominación de las sociedades laborales puede ser objetiva o subjetiva acompañada de las siglas S.A.L. o S.L.L. –antes de su inscripción en el registro mercantil necesitan de un estudio de su inclusión en el Registro de Sociedades
Laborales de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma.
Las sociedades cooperativas:
son sociedades de capital variable. –tienen estructura y gestión democrática, ya que los organos son elegidos por los socios y a razón de un socio, un voto. – los resultados económicos en caso de haberlos, en función de la actividad realizada por los cooperativistas y no en función de criterios capitalistas como el capital aportado. –no hay capital mínimo para constituirse aunque los estatutos deberían fijar uno, que estará totalmente desembolsado en la constitución. –el numero de socios mínimo en las cooperativas de primer grado es de tres, en las cooperativas de segundo grado como mínimo serán socios dos cooperativas. –se clasifican según el tipo de socios o según la actividad. –los órganos de gobierno de la cooperativa son la Asamblea General, el Consejo Rector, los Interventores y el Comité de Recursos. El consejo rector como mínimo tendrá tres personas que nombrara la Asamblea. Los Interventores tienen como misión revisar las cuentas de la sociedad.La sociedad de resp.limitada Nueva Empresa:
es una especialidad dentro de la forma jurídica de Sociedad Limitada. –el capital mínimo es de 3012 euros. Solamente caben aportaciones dinerarias en la constitución. -El numero de socios máximo que puede haber es de, no hay mínimo. –el modo de denominación de la sociedad cambia y estará formada por los dos apellidos y el nombre de uno de los socios fundadores, segudo de un código alfanumérico que permita la identificación de la sociedad y que se denomina ID-CIRCE. –se pueden emplear unos Estatutos sociales orientativos que permitan la constitución de la sociedad en 48 horas.VENTAJAS:
Rapidez de tramitación a través de un documento único electrónico. Los gastos de constitución son menores que en las demás sociedades.-simplicidad contable y medidas fiscales que permiten retrasar pagos d impuestos los dos primeros años.La sociedad anónima:
es una sociedad que puede ser contituida con uno o mas socios que aportan entre todos un capital minimo de 60.101,21, no responden personalmente de las deudas de la sociedad. No hay cifra máxima de capital social. –la constitución precisa de dos o mas socios, salvo en la S.A. unipersonal originaria en la que basta uno. –se puede crear por dos procedimientos: por fundación simultanea, en la qu las personas que deciden crear la empresa subscriben todas las acciones y por fundación sucesiva, en la que hay algunos promotores que durante un periodo de tiempo buscan suscriptores. –el capital no tiene por que estar totalmente desembolsado en el momento de la constitución, sino que solo es obligatorio que lo este en un 25% del valor de cada acción. Las cantidades pendientes de desembolso se llaman dividendos pasivos.–el capital esta dividido en acciones acumulables que están representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta. –la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. –la denominación puede ser objetiva o subjetiva e ira acompañada de las siglas SA. –los órganos de gobierno de la sociedad anónima son la Junta General de Accionistas y los administradores.
– hay que mencionar también, aunque no son órganos de la sociedad propiamente dichos, a los auditores de las cuentas.
Son personas externas a la empresa que hay que contratar obligatoriamente por todas aquellas sociedades que no pueden presentar balance abreviado. Su función es revisar las cuentas anuales y el llamado informe de gestión, que elaboran los trabajadores.
EMPRESA COMO SISTEMA
1.Conjunto de elementos: factores humanos y técnicos combinados en diferentes centros o unidades de gestión.
2
Una estructura del sistema: orden dado a los elementos.3
Un plan común: conjunto de objetivos planeados por una empresa.4
Funciones organizativas: funciones de la empresa capaz de desarrollar las actividades necesarias para llevar a cabo dicho plan común (directivos, financieros, personal…).5
Un conjunto de estados: situaciones dadas según el comportamiento del sistema empresa con relación a su medio ambiente o sistema socioeconómico.