Como se nos devuelve la gracia perdida por el pecado


SACRAMENTO

OTROS

MATERIA

FORMA

MINISTRO

SUJETO

EFECTOS

BAUTISMO

Iniciación al cristianismo.

El agua que representa la regeneración de la vida espiritual.

En ,Occidente la forma es «Yo te bautizo en el nombre…».

se considera ministro ordinario el obispo, el sacerdote y el diácono.

Todo ser humano que no haya recibido el bautismo puede acceder a él.

El perdón de los pecados. La uníón con Cristo dada por el carácter sacramental, el don del Espíritu Santo, el ser hijo adoptivo de Dios Padre, el integrarlo como miembro de la Iglesia.

CONFIRMACIÓN

para confirmar y reforzar la gracia recibida en el bautismo.

la imposición de manos y la uncíón con el crisma. El crisma se prepara con aceite de oliva mezclado con perfume.

La imposición de las manos , y la confirmación es el signo de nuestra participación en la misión de Cristo. La signación, unida a la crismación, expresa el carácter indeleble con que hemos sido marcados.

En la Iglesia latina el ministro ordinario de la confirmación es el Obispo.

Se ha de administrar a los fieles en torno a la edad de la discreción (7 años). O la edad que estime la conferencia episcopal de un determinado país (en España en torno a los 14 años)

– Introducción más profunda en la filiación divina

– Uníón más firme con Cristo

– Aumento de los dones del Espíritu Santo

– Perfección mayor de nuestro vínculo con la Iglesia.

EUCARISTÍA O COMUNIÓN

sacrificio mismo del Cuerpo y de la Sangre del Señor Jesús.

Se ha de usar pan ácimo, de trigo y reciente.

El vino debe ser puro, del fruto de la vid, natural y genuino, sin sustancias extrañas y no alterado. Se mezcla con un poco de agua.

«Haced esto en conmemoración mía»

Sólo el sacerdote válidamente ordenado puede celebrar válidamente la Eucaristía.

Todo bautizado puede y debe ser admitido a la comunión a menos que tenga algún impedimento.

– Aumento de la gracia santificante.

– Gracia sacramental específica.

– Perdón de los pecados veniales.

– Prenda de vida eterna.

SACRAMENTO

OTROS

MATERIA

FORMA

MINISTRO

SUJETO

EFECTOS

PENITENCIA

Sacramento del perdón, arrepentimiento y confesión de los pecados.

La contricción, la confesión y el cumplimiento de la penitencia, aunque desde el comienzo de la reflexión teológica acerca de la penitencia resultó difícil determinar la materia de este sacramento.

Consiste en la sentencia del sacerdote: “Yo te absuelvo de tus pecados, en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo”.

El obispo solía presidir sólo la penitencia pública, pues desde que se generalizó la penitencia privada y reiterable el ministro fue el sacerdote.

Toda persona que, habiendo cometido algún pecado grave o venial, acuda a confesarse con las debidas disposiciones, y no tenga ningún impedimento para recibir la absolución.

Reconciliación con Dios y perdón de los pecados.

UncíÓN DE ENFERMOS

Une más íntimamente al enfermo a la Pasión de Cristo.

Óleo bendecido cada año en la Misa crismal del Jueves Santo.

hacer tres veces la señal de la cruz en la frente y en cada una de las manos del enfermo. Mientras tanto, el sacerdote repite:

“Por esta santa uncíón y por su bondadosa misericordia, te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo. Para que, libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad. Amén.”

Solamente los sacerdotes o los obispos pueden ser ministros de este sacramento.

El sujeto debe de estar bautizado y tener uso de razón,

Además, debe tener la intención de recibirlo y manifestarla.

– Un don particular del Espíritu Santo.

– El perdón de los pecados.

– La uníón a la Pasión de Cristo.

– Una gracia eclesial.

– Una preparación para el paso a la vida eterna.

ORDEN SACERDOTAL

Sacramento mediante el cual, la misión confiada por Cristo a sus apóstoles.

Es la imposición de manos.

Son las palabras que determinan o significan los efectos sacramentales de tal imposición de manos.

Es el obispo consagrado el ministro del sacramento del orden.

Se requiere que el ordenando sea de sexo masculino. En cuanto a la licitud se requieren las siguientes condiciones: Se realicen las pruebas y condiciones prescritas, que tenga las cualidades necesarias a juicio del obispo propio o del superior mayor de la orden religiosa,

que no le afecte una irregularidad o impedimento.

Implica una configuración con Cristo que permite al ordenado actuar como representante de Él en su calidad de cabeza de la Iglesia en las tres funciones de sacerdote, profeta y rey.

MATRIMONIO

Celebración de la uníón de un hombre y una mujer ante la comunidad y Dios.

Dado que no es otra cosa que el contrato natural que ha sido elevado al orden de la gracia, son las palabras del consentimiento las consideradas como materia del sacramento, pero también su forma dado que expresan la aceptación de la donación que el matrimonio implica.

Se considera que los ministros son los contrayentes mismos, siendo el sacerdote un testigo que recibe, en nombre de la Iglesia, el consentimiento del esposo y la esposa.

Solo los que cuenten con los sacramentos del bautismo, comunión y confirmación; además de que no consten con impedimentos.

– El vínculo matrimonial que es establecido por Dios mismo.

– La gracia del sacramento que perfecciona el amor de los cónyuges y fortalece su unidad

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