El Tribunal Supremo:
Concepto: es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes jurisdiccionales.Localización: tiene su sede en Madrid, y extiende su jurisdicción a todo el territorio español, estando subordinados a él todos los Tribunales y jueces españoles.Composición: está compuesto por el Presidente, por los Presidentes de las Salas y por los magistrados adscritos a cada una de las Salas o las Secciones que puedan componer cada una de éstas.Salas:
La Sala primera del TS, o Sala de lo Civil: conoce de:
Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia civil que establezca la ley.Las demandas de responsabilidad civil por hechos realizados por los altos dignatarios de la Nación en el ejercicio de su cargo.Las demandas de responsabilidad civil por hechos realizados por magistrados de la AN o de los de los TSJ durante el ejercicio de cargo.Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal.
La Sala s del TS o Sala de lo Penal: conoce de:
Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia penal que establezca la ley.La instrucción y enjuiciamiento de las causas contra los altos dignatarios de la Nación.La instrucción y enjuiciamiento contra los magistrados de la AN y los TSJ.
La Sala tercera del TS o Sala de lo C-A: conoce de:
En única instancia de los recursos C-A contra actos y disposiciones emanadas del Consejo de Ministros o sus Comisiones Delegadas, del CGPJ, y de los órganos del Gobierno del Congreso, del Senado, del TC, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo en materia de personal y actos de la Administración.Recursos de casación contra las sentencias dictadas por la Sala de los C-A de la AN o de los TSJ.Recursos contra las resoluciones del Tribunal de Cuentas.Recursos de revisión que establezca la ley y que no sean atribuidos a la Sala de lo C-A de los TSJ.
La Sala cuarta del TS o Sala de lo Social:
conoce de recursos de casación, revisión y los extraordinarios en materias propias de este orden jurisdiccional.
La Sala quinta del TS o Sala de lo Militar conoce de:
Recursos de casación y revisión contra las resoluciones del Tribunal Militar Central y Tribunales Militares Territoriales.Instrucción y enjuiciamiento en única instancia de los procedimientos por delitos y faltas que, siendo competencia militar, los cometan altos dirigentes militares.Recursos sobre las decisiones en materia disciplinaria por sanciones impuestas por el Ministerio de Defensa y las impuestas por órganos judiciales a los que ejerzan funciones judiciales, fiscales o secretarios que no pertenezcan a la Sala quinta.Recursos de apelación en materia de conflictos jurisdiccionales que ademita la ley contra las resoluciones en primera instancia del Tribunal Militar Central.Declaración de error de los órganos militares.
Todas las Salas del TS:
tienen competencia para conocer de las recusaciones que se puedan interponer contra los magistrados y para conocer de las cuestiones de competencia entre Juzgados y Tribunales del propio orden jurisdiccional que no tengan un superior común.
La Sala Especial del TS:
Composición: está formada por el Presidente del Tribunal, los presidentes de la Sala y el magistrado mas antiguo y más moderno de cada una de ellas. Competencia: conoce de:Recursos de revisión contra sentencias dictadas en única instancia por la Sala de lo C-A del TS.Incidentes de recusación del Presidente del TS o de los Presidentes de la Sala o de más de dos magistrados de una misma Sala.Demandas de responsabilidad civil contra el Presidente de la Sala o contra todos o la mayor parte de los magistrados de una Sala del TS durante el ejercicio de su cargo.Instrucción y enjuiciamiento de las causas contra el Presidente de Sala y los magistrados de una de ellas cuando sean juzgados la mayoría.De los procesos de declaración de ilegalidad y consecuente disolución de los partidos políticos.Pretensiones de error judicial imputadas cuando éste se impute a una Sala del TS.
La Audiencia Nacional:
Localización: tiene su sede en Madrid y ejerce su jurisdicción en toda España.Composición: se compone de su Presidente, Presidente de Sala, y los magistrados que determine la ley para cada una de ellas.Salas:
La Sala de lo Penal:
conoce de aquellos hechos delictivos que tienen una especial trascendencia a nivel nacional o es difícil encasillarlos en otro Tribunal. De este modo conocerá:Causas por delitos contra el titular de la Corona, su Consorte, su Sucesor, altos organismos de la Nación y el Gobierno.Causas por falsificación de moneda, delitos monetarios y control de cambios; defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas; tráfico de drogas o estupefacientes, fraudes alimentarios y de sustancias farmacéuticas o medicinales.Delitos cometidos fuera del territorio nacional, pero cuya jurisdicción corresponda a los Tribunales españoles.De los procesos penales iniciados en el extranjero, ejecución de sentencias extranjeras, cuando corresponda a los Tribunales españoles continuar el proceso o ejecutar la sentencia.Cesión de jurisdicción en materia penal por Tratados Internacionales.Procedimientos judiciales de extradición pasiva.Recurso (apelación y queja) contra las sentencias y resoluciones dictadas por los Juzgados Centrales de Instrucción y de lo Penal.Ejecución en España de la orden de detención y entrega europea.
La Sala de apelación:
conocerá de los recursos de apelación de las sentencias dictadas por la Sala de lo Penal de la AN (está pendiente de desarrollo por ley ordinaria).
La Sala de lo C-A: conocerá de:
En única instancia de los recursos C-A contra actos de los Ministros y Secretarios de Estado (que no se atribuyan a los Juzgados Centrales de lo C-A).Recursos contra actos emanados de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo.Recursos contra resoluciones de los Juzgados Centrales de lo C-A y del Tribunal Económico-Administrativo.Recursos en relación a los convenios entre las Administraciones públicas (que no sean competencia del TSJ).Cuestiones de competencia entre los Juzgados Centrales de lo C-A.
La Sala de lo Social: conoce de:
Procedimientos de impugnación de Convenios colectivos y cuyo ámbito territorial sea superior a una CC.AA.
Procesos sobre conflictos cuya resolución haya de surtir efecto en un ámbito territorial superior al de una CC.AA.La Ley de Procedimiento Laboral aumenta el ámbito en el que la AN ejerce su jurisdicción:Tutela derechos de libertad sindical, constitución y reconocimiento de personalidad jurídica a los sindicatos y asociaciones empresariales.Impugnación y modificación de Estatutos de los sindicatos y conflictos sobre régimen jurídico, funcionamiento y relaciones con los afiliados.
Procedimiento en el orden penal: el procedimiento de la AN es:
la instrucción de los delitos tienen lugar en los Juzgados Centrales de Instrucción, donde le corresponde juzgar a la Sala Penal de la AN (más de 5 años de privación de libertad) y a los Juzgados Centrales de lo Penal (menos de 5 años de privación de libertad o menos de 10 años de otra pena). Una vez dictada sentencia por los Juzgados Centrales Penales puede ser por recurso de apelación en la Sala Penal de la AN, mientras que las sentencias de la Sala Penal de la AN serán recurridas en apelación por la Sala de apelación de la AN. Y el último paso sería el recurso en casación al TS.