Competencias y Estructura de las Cortes de Apelaciones y Tribunales de Familia en Chile


Corte de Apelaciones

Son tribunales superiores de justicia, ordinarios, de derecho, colegiados y permanentes, que tienen competencia sobre una región o parte de una región determinada. Existen 17 Cortes de Apelaciones. El territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Antofagasta comprende la Segunda Región.

Organización

  • 7 ministros en Antofagasta
  • Fiscal judicial
  • 5 relatores
  • Secretario
  • Oficiales de secretaría

Las Cortes de Apelaciones funcionan en forma ordinaria y extraordinaria. Funcionan en forma ordinaria cuando no hay retardo. Existe retardo cuando, dividido el número total de causas en estado de tabla y de las apelaciones que se deban conocer en cuenta por el número de salas, el cociente es superior a 100.

Cuando hay funcionamiento extraordinario, la Corte funciona dividida en dos salas, cada una formada por tres miembros. La Corte de Apelaciones tiene competencia para conocer en primera, segunda y única instancia.

Competencia en Única Instancia

  • Recurso de casación en la forma contra sentencias dictadas por jueces de letras o por uno de sus ministros, y sentencias definitivas de primera instancia dictadas por jueces árbitros.
  • Recursos de nulidad.
  • Recursos de queja contra jueces de su territorio jurisdiccional.
  • Extradición activa.

Competencia en Primera Instancia

Conoce en sala:

  • Recurso de amparo.
  • Recurso de protección.
  • Recurso de amparo económico.
  • Querellas de capítulos.

Conoce en pleno:

  • Juicios de amovilidad contra jueces de letras.
  • Procedimiento de desafuero de personas del artículo 61 de la Constitución.

Competencia en Segunda Instancia

En sala:

  • Recurso de apelación.
  • Consultas.

Conoce en pleno:

  • Calificaciones.
  • Juicios de amovilidad contra ministros de la Corte Suprema (Corte de Apelaciones de Santiago solamente).

Tribunales de Familia

Son tribunales especiales, letrados, de derecho, permanentes y tienen como superior jerárquico a la Corte de Apelaciones respectiva (Antofagasta). Los Tribunales de Familia están compuestos por el número de jueces que señala la ley, y en el caso de Antofagasta son 10 jueces con competencia sobre las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda, y en Calama con 4 jueces con competencia sobre las comunas de El Loa.

Los Tribunales de Familia cuentan además con un Consejo Técnico, un administrador y una planta de empleados de secretaría, y se organizan en unidades administrativas para el cumplimiento de las siguientes funciones:

  • A) Sala: Consiste en la organización y asistencia a la realización de audiencias.
  • B) Atención de público: Esta unidad está destinada a otorgar adecuada atención, orientación e información al público que concurra al juzgado, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, y a manejar la correspondencia del tribunal.
  • C) Servicios: Esta unidad reúne las tareas de soporte técnico de la red computacional del juzgado, de contabilidad y de apoyo a la unidad de causa.
  • D) Administración de causas: Esta unidad tiene la función correspondiente al manejo de causas y registros de los procesos en el juzgado, incluidas las relativas a las notificaciones, manejo de fechas y salas de rol de las causas nuevas.

Consejo Técnico

Para ser miembro del Consejo Técnico se necesita tener un título profesional de una carrera que tenga al menos ocho semestres de duración, otorgado por una universidad del Estado o por un instituto profesional del Estado o reconocido por este.

Funciones del Consejo Técnico:

  • Asesorar, individual o colectivamente, a los jueces en el análisis y mejor comprensión de los asuntos sometidos a su conocimiento, en el ámbito de su especialidad.

Atribuciones del Consejo Técnico:

  • A) Asistir a las audiencias de juicio a que sean citados con el objetivo de emitir las opiniones técnicas que le sean solicitadas.
  • B) Asesorar al juez para la adecuada comparecencia y declaración del niño, niña o adolescente.
  • C) Evaluar la pertinencia de derivar a mediación o aconsejar conciliación entre las partes y sugerir los términos en que esta última pudiere llevarse a cabo.

Competencia del Tribunal de Familia

  1. Causas relativas al cuidado personal de niños, niñas o adolescentes.
  2. Causas sobre relación directa y regular.
  3. Causas sobre guardas.
  4. Causas sobre alimentos mayores y menores.
  5. Causas sobre acciones de filiación.
  6. Causas sobre violencia intrafamiliar.
  7. Procedimientos sobre adopción.

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