Conceptos Clave de Derecho Laboral: FOGASA, Contratación, Movilidad y Despido


Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El FOGASA es un organismo con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, dependiente del Ministerio de Empleo. Se nutre de las cotizaciones empresariales y su función principal es abonar a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago en situaciones de crisis empresarial.

Formalización y Documentación del Encuadramiento Laboral

Cuando la relación laboral supera las cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato y las condiciones de la prestación laboral. El encuadramiento se documenta mediante:

  • Plantilla: Relación numérica de todos los trabajadores, estructurada por grupos, subgrupos y categorías profesionales.
  • Escalafón: Relación de los trabajadores de la plantilla, incluyendo datos personales, clasificatorios y administrativos (nombre, domicilio, fecha de ingreso, categoría, número de la Seguridad Social, etc.).

Clases de Movilidad Geográfica

Traslados

Implican un cambio a un centro de trabajo diferente que exige un cambio de residencia. Debe ser un puesto igual o equivalente, definitivo y permanente, justificado por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción (que mejoren la organización de los recursos y la posición competitiva de la empresa). Hay dos tipos:

  • Individual: El empresario debe notificar al trabajador con al menos 30 días de antelación. El trabajador puede aceptar (con derecho a compensación por gastos) o rechazar (con despido e indemnización de 20 días de salario por año de servicio).
  • Colectivo: Afecta a toda la plantilla (si hay más de 5 trabajadores), a 10 trabajadores en empresas de menos de 100, al 10% en empresas entre 100 y 300, o a 30 trabajadores en empresas de más de 300. Fases:
  1. Periodo de consultas con los representantes de los trabajadores (no superior a 15 días).
  2. Tratamiento de las causas de la decisión empresarial y posibilidad de reducir sus efectos.
  3. Negociación de buena fe entre las partes para intentar llegar a un acuerdo.
  4. El acuerdo requiere la conformidad de la mayoría de los representantes.
  5. Tras el periodo de consultas, el empresario notifica su decisión a los trabajadores.

Desplazamientos

Son cambios temporales que conllevan cambio de residencia por causas justificativas. Si duran más de 12 meses, se consideran traslados. El empresario debe informar con un mínimo de 5 días de antelación para traslados superiores a 3 meses. El trabajador tiene derecho a un permiso de 4 días en su domicilio por cada 3 meses de desplazamiento.

Calificación del Despido Disciplinario y sus Efectos Jurídicos

Despido Procedente

El juez lo declara procedente cuando se acredita el incumplimiento alegado por el empresario. El trabajador no tiene derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.

Despido Improcedente

  • Por razones de fondo: El juez lo declara improcedente si no se acredita el incumplimiento del trabajador, o si, existiendo, no se prueba su culpabilidad.
  • Por razones de forma: Se requiere notificación escrita de los hechos que justifican el despido y la fecha de efecto. No hay corrección posible si el juez declara la improcedencia.

Declarada la improcedencia, el empresario debe, en 5 días, readmitir al trabajador (abonando salarios de tramitación) o indemnizarle (33 días de salario por año de servicio, máximo 24 mensualidades).

Despido Nulo

Se produce por motivos discriminatorios o violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. El empresario debe demostrar que el despido obedeció a motivos razonables. Es nulo en casos de maternidad/paternidad, riesgo de embarazo, adopción, nacimiento de hijos prematuros, etc.

Causas del Despido Disciplinario (Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores)

Basado en un «incumplimiento grave y culpable del trabajador»:

  1. Disminución voluntaria y continuada del rendimiento normal.
  2. Faltas repetidas e injustificadas de ausencia o puntualidad (con dos basta).
  3. Faltas graves de disciplina y desobediencia.
  4. Ofensas verbales o físicas al empresario (sin responsabilidad del trabajador si hubo provocación suficiente).
  5. Acoso al empresario o compañeros por motivos de origen racial, étnico, religión, discapacidad, etc.
  6. Embriaguez habitual o toxicomanía.

Causas de Suspensión del Contrato de Trabajo (Artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores)

  1. Mutuo acuerdo.
  2. Incapacidad temporal.
  3. Maternidad, paternidad o adopción.
  4. Cumplimiento de servicio militar, prestación social, cargo público o funciones sindicales.
  5. Privación de libertad.
  6. Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.
  7. Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  8. Excedencia forzosa.
  9. Ejercicio de medidas de presión colectiva.
  10. Violencia de género.

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