Resumen sobre Seguros
El seguro es una forma de protección frente a los riesgos presentes en la vida humana.
El Seguro según la Ley
El seguro, según la ley, es aquel en el que el asegurador, mediante el cobro de una prima, se compromete a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.
La Póliza
La póliza es el documento que formaliza el contrato de seguro y contiene los derechos y obligaciones de ambas partes.
Características del Contrato de Seguro
- Escrito: Debe haber un acuerdo escrito y firmado por las partes.
- Consensual: Debe existir acuerdo en lo plasmado en la póliza.
- Bilateral: Existe un compromiso para cumplir lo firmado por ambas partes.
- Aleatorio: El cumplimiento del compromiso nace sin saber si el evento asegurado sucederá o no.
- Oneroso: Hay un intercambio económico: prima por parte del tomador e indemnización, si procede, por parte del asegurador.
- De adhesión: Relacionado con las condiciones generales, el asegurador establece cláusulas fijas para determinados riesgos y el tomador debe aceptarlas obligatoriamente.
- De buena fe: La predisposición a cumplir lo pactado sin mala intención por ninguna de las partes.
Objeto del Contrato
- El sobreseguro o supraseguro: Ocurre cuando el valor en la póliza es superior al valor real del bien o riesgo. En caso de siniestro, el asegurador indemnizará el daño efectivamente causado, sin tener en cuenta la sobrevaloración contratada.
- El infraseguro: Se da cuando se contrata la póliza considerando un valor inferior al interés asegurable, con el objetivo de ahorrar en el pago del seguro. En caso de siniestro, la indemnización no cubrirá el valor real del objeto asegurado, ya que se tendrá en cuenta el valor contratado.
Elementos Personales
- Asegurador: A cambio de la prima, asume los riesgos previstos en el contrato y se compromete a abonar la indemnización. Emite y entrega la póliza.
- Tomador: Pacta y suscribe el contrato con el asegurador, asumiendo las obligaciones derivadas. Firma la póliza y paga la prima. Puede coincidir con el asegurado.
- Asegurado: Persona expuesta al riesgo sobre su persona, bienes o patrimonio.
- Beneficiario: Persona designada para percibir la prestación del seguro, normalmente en seguros personales.
Elementos Materiales
- Riesgo: Suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, asegurado o beneficiario, y cuya materialización origina la obligación de la empresa de seguros.
Ante estos riesgos, las personas pueden adoptar diferentes posturas:
- La indiferencia: Creer que nunca ocurrirá nada y afrontar el riesgo con su patrimonio.
- La prevención: Adoptar medidas para evitar el siniestro o minimizar sus consecuencias (ej., cinturones de seguridad).
- La previsión: Constituir un fondo económico para hacer frente a los daños causados por un siniestro.
Características para que un Riesgo sea Asegurable
- Incierto o aleatorio: No se sabe cuándo puede ocurrir.
- Posible: Que sea posible que se dé.
- Concreto: Que se pueda medir para ser valorado.
- Lícito: Que sea legal.
- Fortuito: No predeterminado, que el riesgo se haya producido sin intención humana.
Prima, Siniestro e Indemnización
- La prima: Retribución económica que el tomador paga a la aseguradora, es el precio del seguro.
- El siniestro: Cuantificación económica del riesgo, puede ser parcial o total.
- La indemnización: Importe monetario que la aseguradora paga al beneficiario en caso de siniestro.
Elementos Formales
Son los documentos que condicionan el servicio de la aseguradora al asegurado, formalizados por escrito.
- Condiciones generales: Cláusulas contractuales redactadas por el asegurador que regulan un ramo del seguro. No pueden dañar los derechos del asegurado.
- Condiciones especiales: Detallan y concretan aspectos de las condiciones particulares.
- Suplementos y apéndices: Documentos que modifican el contrato y se añaden a una póliza vigente.
Clases de Seguros
- Personales: El riesgo recae sobre la persona.
- Patrimoniales o de daños: Compensan las pérdidas sufridas en el patrimonio.
- Multirriesgo: Cubren riesgos personales y patrimoniales en una misma póliza.
Seguros Personales
Cubren los riesgos que recaen sobre las personas. Se pueden agrupar en dos tipos:
- El mismo asegurado: Ahorro para una prestación futura.
- Otra persona: Cubren el fallecimiento del asegurado.
- Seguro de accidentes: Indemnización en caso de incapacidad o muerte por accidente. También puede ser de accidentes de trabajo.
- Seguro de enfermedad y asistencia sanitaria: Cubre la enfermedad del asegurado, con indemnización o gastos médicos. Incluye seguros de decesos.
Seguros Patrimoniales
Cubren los riesgos relacionados con las posibles pérdidas en el patrimonio de una persona o empresa.
- Seguro de incendio: Cubre los daños por fuego, así como los gastos de salvamento. Puede ser de reparación o reposición.
- Seguro de robo: Cubre los daños por desaparición, destrucción o deterioro de los objetos asegurados a causa del robo o su tentativa, siempre que haya sido llevada a cabo por personas ajenas al asegurado y haya existido alguna causa de violencia.
- Seguros de transporte: Indemniza los daños que puedan sufrir las mercancías durante el transporte.
- Si el viaje utiliza diversos medios y no se puede determinar el momento del siniestro, se aplican las normas del seguro terrestre si el viaje por este medio es la parte más importante.
- Si el transporte terrestre es accesorio de uno marítimo o aéreo, se aplican las normas del seguro marítimo o aéreo.
- Seguro de responsabilidad civil: Cubre el pago de indemnizaciones por daños corporales, materiales o patrimoniales causados a terceros por culpa del asegurado o de las personas de quien deba responder, por hechos derivados de su vida privada o profesional.
- Seguro de crédito: Indemniza al asegurado las pérdidas finales por la insolvencia de sus deudores.
- Seguro de caución: Indemniza al asegurado en caso de incumplimiento por el tomador de sus obligaciones legales o contractuales.
- Seguro de lucro cesante: Indemniza al asegurado la pérdida de rendimiento económico que hubiera podido alcanzarse si no se hubiera producido el siniestro.
Seguros Multirriesgo
Se contratan para cubrir varios riesgos (moto, casa, coche, daños personales).
Cuando los seguros personales y patrimoniales aparecen en una misma póliza, estamos ante un seguro multirriesgo.
- Seguros multirriesgo automóvil: Obligatorio para circular. Cubre la responsabilidad civil del propietario o conductor por daños a terceros.
- Riesgos a tener en cuenta: Daños del coche (incendio, robo, rotura de lunas, etc.).
- Tipos:
- Seguro a todo riesgo: Incluye la reparación de todos los daños, con o sin franquicia.
- Cobertura de daños estándar: En función de lo pactado entre la compañía y el asegurado.
- Responsabilidad civil voluntaria: Amplia la cobertura de la responsabilidad civil obligatoria.
- Seguro de vida de accidente de conductor: Protege al conductor en caso de accidente cuando es culpable.
- Seguro multirriesgo de hogar y empresa: Cubren los riesgos que pudieran ocurrir tanto en el hogar como en la empresa.
- Pueden ser:
- Continente: Elementos constructivos y estructurales (instalaciones de agua, luz, etc.).
- Contenido: Muebles y otros elementos dentro de la vivienda, nave o local (maquinaria, etc.).
Planes de Pensiones y Jubilación
- Plan de pensiones:
- Producto financiero.
- Puede ser de renta fija, variable o mixta.
- La rentabilidad depende de la renta, siendo mayor en renta variable, pero también de mayor riesgo. Las aportaciones desgravan fiscalmente el IRPF.
- Plan de jubilación:
- Es un seguro.
- Tiene más liquidez.
- Se puede disponer del dinero de las aportaciones en cualquier momento.
- Tiene menor rentabilidad que el plan de pensiones, pero también menos riesgo.
- Similitudes:
- Ambos son productos financieros.
- Son un complemento a la pensión de jubilación de la seguridad social.
Los planes de pensiones son instrumentos financieros de ahorro a largo plazo cuyo objetivo es complementar la pensión de la seguridad social al jubilarse.
Los planes de jubilación son seguros de vida y de ahorro que cubren varios riesgos personales como supervivencia, invalidez y muerte.