Conceptos Fundamentales sobre Educación, Protección Infantil y Derechos del Niño


Definiciones Clave en Educación y Protección Infantil

Educación Formal

Se imparte dentro del sistema educativo, con carácter obligatorio o no obligatorio. Abarca desde la educación infantil hasta la universidad. Se caracteriza por estar estructurada en niveles educativos que se imparten en centros específicos y en un tiempo definido por la ley, dando derecho a un título con validez oficial.

Educación No Formal

Comprende todas las actividades con un contenido educativo organizadas fuera del sistema escolar. Está sistematizada y tiene una actuación planificada con la que se pretende alcanzar unos objetivos definidos previamente. Se puede impartir en lugares diversos.

Emancipación

Se produce cuando el joven se desprende de la patria potestad, lo cual sucede generalmente al alcanzar la mayoría de edad. El derecho español permite al menor emanciparse también por matrimonio, o si es mayor de diecisiete años, por concesión paterna o por decisión judicial.

Guarda

Es una situación temporal de acogimiento de un menor desamparado. En estos casos, el menor puede ser atendido por una institución o por una familia. La guarda obliga a velar por el menor, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral.

Perspectivas Humanistas

Destacan la libertad personal, la elección, la autorrealización, etc. Enfatiza la Motivación Intrínseca.

Intervención

Actuación que se realiza para evitar o corregir circunstancias personales, individuales y/o colectivas insatisfactorias, es decir, procurando la satisfacción de las necesidades.

Intervención Educativa

Aquella encaminada a conseguir que los niños y niñas vayan incorporando progresivamente nuevas habilidades, hábitos y contenidos en general que contribuyan a la adquisición de su propia autonomía y conocimiento.

Modalidad de Atención a la Infancia

Tratan de ofrecer a los niños y niñas diversos ámbitos donde favorecer su aprendizaje y desarrollo, así como la posibilidad de satisfacer sus necesidades, compensando las carencias y desigualdades sociales, económicas o culturales. Toman como punto de partida las necesidades concretas de la población infantil y procuran su inserción en el medio, complementándose con la acción familiar.

Motivación

Algo que activa y orienta la conducta.

OMEP (Organización Mundial para la Educación Preescolar)

Surge a partir de la UNESCO en 1948. Promueve la educación y trabaja en los problemas de la primera infancia con el fin de satisfacer las necesidades de protección, educación y de respetar los derechos fundamentales.

Organizaciones No Gubernamentales (ONG)

Son asociaciones de ciudadanos sin ánimo de lucro que atienden a colectivos marginales. Tienen carácter vocacional, voluntario y gratuito. Sus objetivos principales son:

  • Sensibilizar y concienciar sobre la protección de los Derechos de los Niños.
  • Investigar casos en los que se incumplan los derechos.
  • Proponer o modificar cambios legislativos.
  • Proporcionar medios y recursos técnicos, personales y económicos.

Patria Potestad

Es la obligación que tienen el padre y la madre de dotar de protección y asistencia a sus hijos mientras sean menores de edad, a no ser que estén emancipados o se haya declarado judicialmente su privación.

Protocolo

Documento internacional en el que se recogen planes de actuación.

Tutela

Es el poder otorgado por la ley a personas determinadas, que tiene como objetivo la protección y defensa de los menores de edad, huérfanos, incapacitados y de su patrimonio. Sustituye a la patria potestad en caso de que esta no se pueda ejercer, ya sea por fallecimiento de los padres o por incumplimiento de sus deberes.

Ratificación

Aprobación de un tratado por parte de un organismo competente. Se refiere a un país cuyo gobierno se ha adherido a un tratado y está obligado a respetar sus contenidos. La firma sería la expresión de intención de un estado de no realizar actos contrarios a los objetivos del tratado y de adherirse en un futuro.

UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura)

Organismo oficial y gubernamental. Su objetivo principal es la contribución a la paz y seguridad promoviendo la colaboración entre todas las naciones mediante la Educación, la Cultura y la Ciencia. El fin será fomentar el respeto universal y las libertades de todos los pueblos sin distinción de raza, idioma y religión. Además, pretende la erradicación del analfabetismo, el fomento de la enseñanza obligatoria y el respeto a los Derechos Humanos.

UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia)

Organismo oficial y gubernamental creado en 1946 (originalmente como Fondo Internacional de Emergencia para la Infancia) para atender a los niños europeos afectados por la Segunda Guerra Mundial. En 1953 adoptó un carácter permanente y cambió su nombre por el actual. UNICEF se dirige a los países subdesarrollados o en vías de desarrollo y dedica actividades de asistencia, promoción social, atención y educación a la infancia.


Figuras de Protección y Ámbitos de Intervención

Acogimiento Familiar

Es la figura que otorga la guarda de un menor a una persona o núcleo familiar con carácter temporal. Su finalidad es integrar al menor en una vida familiar que complemente temporalmente a la suya.

Adopción

Figura jurídica que, por decisión judicial, produce entre adoptantes y adoptado un vínculo de filiación. Desaparecen los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia anterior. La adopción es irrevocable y solo puede extinguirse dentro de los dos años siguientes a su constitución, siempre que no perjudique al menor, y lo solicite el padre o madre que, sin culpa, no hubieren dado su asentimiento o no hubieren sido oídos según lo que la ley establece.

Atención Asistencial

Se limita a proporcionar las ayudas necesarias y suplir las necesidades que los niños no pueden satisfacer por sí mismos.

Ámbito No Formal o Intervención Socioeducativa

Son actividades no solo de corte educativo, sino también social. Estas actividades no se realizan en instituciones escolares, sino que son llevadas a cabo por la población civil para atender necesidades y demandas de niños y familias que no encuentran respuestas completas en el sistema educativo. Esto es lo llamado Intervención Socioeducativa: cubre aspectos educativos y necesidades sociales. Las actividades aquí realizadas no son regladas por el sistema educativo. Ejemplos: aulas hospitalarias, ludotecas, bibliotecas, etc.

Ámbito Formal o Intervención Educativa

Estas intervenciones están dentro del sistema educativo o educación reglada, sean obligatorias o no. Se caracterizan por:

  • Estar estructuradas en niveles educativos.
  • Darse en lugares concretos (centros educativos).
  • Tener un tiempo definido por la ley.
  • Dar derecho a un título oficial.

Perspectivas sobre la Conducta y Motivación

Perspectivas Conductistas

La conducta es iniciada por estímulos tanto externos como internos. El aprendizaje y los hábitos pueden modificar la conducta. Se relaciona con la Motivación Extrínseca: determinada por acontecimientos externos que nada tienen que ver con la situación de aprendizaje (ej.: empleo de calificaciones, puntos o premios para lograr un aprendizaje).

Perspectivas Cognitivistas

Las personas no responden automáticamente a los acontecimientos externos o internos (como el hambre). Se relaciona con la Motivación Intrínseca: satisfacción derivada del propio aprendizaje o de la realización de la tarea (ej.: elecciones, decisiones, planes, intereses, cálculos sobre la probabilidad de éxito o fracaso).


Instrumentos y Declaraciones Internacionales

Convención

Acuerdo entre estados. Tiene fuerza jurídica y es de obligado cumplimiento. Sinónimos: pacto, tratado.

Convenio

Acuerdos internacionales promovidos por la OIT (Organización Internacional del Trabajo), organismo internacional especializado en los derechos y condiciones laborales, en los que participan gobiernos, empresas y trabajadores.

Convención sobre los Derechos del Niño

Aprobada el 20 de noviembre de 1989, entró en vigor al año siguiente (en España en 1991). Es el conjunto de normas y reglas que dan a los niños un papel fundamental en la construcción de una sociedad justa, respetuosa y pacífica. Contiene 54 artículos y es un tratado con 4 categorías de derechos:

  • Derecho a la Supervivencia.
  • Derecho al Desarrollo pleno.
  • Derecho a la Protección contra influencias perniciosas, abusos o explotación.
  • Derecho a la Participación plena en la vida familiar, cultural y social.

Declaración

Documento en el que hay una serie de derechos, pero que no obliga jurídicamente a los estados a respetar sus principios, aunque sí tiene un fuerte valor moral y político.

Declaración de Ginebra (1924)

Los efectos causados tras la Primera Guerra Mundial impactaron sobre la conciencia colectiva, haciendo que la Sociedad de Naciones en Ginebra celebrara su V Asamblea el 5 de septiembre de 1924. Aquí se aprobaría la Primera Declaración de los Derechos del Niño, describiendo la necesidad que surge en cualquier menor abandonado de recibir una protección o atención especial. Los contenidos de esta declaración son:

  • Derecho al desarrollo moral, físico y mental.
  • Principio referido a la alimentación de niños hambrientos.
  • Cuidado de niños enfermos.
  • Cuidado de niños marginales.
  • Cuidado de niños huérfanos o abandonados.

A estos contenidos se sumarían la atención e intervención asistencial, la prohibición de su explotación y el derecho a recibir una educación.

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

Proclamada el 10 de diciembre de 1948. Después de la Segunda Guerra Mundial, los estados miembros de la ONU vieron la necesidad de proteger los Derechos Humanos fundamentales, siendo reconocidos a todos los miembros de la familia humana, y siendo su base la libertad, paz, igualdad y justicia, haciendo referencia a la obligación de asegurar y promover el respeto de los Derechos y Libertades. Esta declaración hace referencia a la Infancia en su artículo 25.2 diciendo: «La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.»

Declaración de los Derechos del Niño (1959)

Proclamada el 20 de noviembre de 1959. Tras la resolución 1386 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se proclaman los Derechos del Niño. El objetivo principal es el bienestar del niño, y los derechos enunciados son 10 principios clave:

  1. Igualdad (no discriminación).
  2. Protección especial para su desarrollo.
  3. Identidad y nacionalidad.
  4. Calidad de vida (alimentación, vivienda, atención médica).
  5. Integración (para niños con impedimentos).
  6. Amor y comprensión familiar.
  7. Educación y juego.
  8. Ser los primeros en recibir ayuda (prioridad en socorro).
  9. Protección contra el abandono, crueldad y explotación.
  10. Protección contra la discriminación (educación en solidaridad, comprensión y tolerancia).

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