Constitución 45 sufragio restringido


de esta forma, se evitaba que la monarquía se identificase con un solo partido, al tiempo que se garantizaba la continuidad del régimen al alejar del poder a las fuerzas políticas obreras y republicanas, que comenzaron a asomar en el período anterior.

En la práctica, el turnismo no pasa de ser una ficción de democracia parlamentaria, que ha de recurrir al fraude electoral para sobrevivir.

El mecanismo del turno era el siguiente: cuando uno de los partidos se desgastaba mucho en el poder, el Rey encargaba la formación de un nuevo gobierno al otro quien, tras la disolución de las Cortes por el Rey, convocaba unas elecciones que sistemáticamente ganaba gracias a su falseamiento;
elMinisterio de Gobernación preparaba el “encasillado o listas de diputados que debían salir elegidos en cada distrito, reservando siempre algunos escaños a la oposición dinástica;

ese encasillado se entregaba a los gobernadores civiles para que lo impusieran en la provincia y los ayuntamientos, a través del poder Se basaba en la utilización de la administración del Estado), Recurriendo si era preciso a la manipulación de censos de electores (voto de muertos) y actas, al pucherazo, La compra de votos y la violencia. Dicho de otro modo, en la Práctica el Gobierno no dependía de las Cortes, sino que más bien Era el Gobierno el que fabricaba las Cortes.El Resultado final del Sistema era la formación De una oligarquía de Miembros de la alta Burguésía y de la aristocracia, que monopolizaban los cargos Político-administrativos y los escaños de las Cortes, Excluyendo del poder al resto de la población; de hecho, ni las Clases medias ni las capas populares se sintieron representadas por El sistema, por lo que se distanciaron de los asuntos políticos

2.3.- LA CONSTITUCIÓN DE 1876.-


El Mecanismo político canovista tuvo su formulación Legal en una nueva Constitución aprobada en 1876, Tras la convocatoria de unas elecciones a Cortes Constituyentes por sufragio universal, manipuladas por el gobierno conservador.

Su Contenido Supone, básicamente, un retorno a las normas de la Constitución de 1845, pero Incorpora algunos aspectos de la de 1869, En especial en lo que respecta al reconocimiento de derechos y Libertades.

Las Carácterísticas más Destacadas de este texto constitucional son:


La Soberanía era compartida por las Cortes y el Rey


Las Cortes eran Bicamerales, con un Senado elitista que garantizaba el control del poder legislativo por Las minorías privilegiadas.

El Rey era inviolable Y sus poderes fueron Acrecentados:le Corresponde el poder Ejecutivo, que ejerce a Través del Gobierno, a cuyo presidente nombra y destituye, y:tiene La iniciativa Legislativa, con derecho De veto y capacidad para convocar, suspender o disolver las Cortes, Además de:el Mando directo supremo Sobre el ejército

.La Constitución no se define sobre el tipo de sufragio, Remitíéndose a una ley electoral posterior; en la práctica,

 se Restablece el sufragio censitario, Que otorgaba el derecho de voto A los propietarios y a las personas con alto nivel de instrucción o Títulos académicos (en 1881, el cuerpo electoral ascendía a poco más del 5% de la Población). El sufragio universal masculino no volvíó a utilizarse Hasta 1890, gracias a una ley electoral del partido liberal

.La Libertad religiosa se recorta, Reconociendo a la religión Católica como la Religión oficial del Estado, aunque se Admite una cierta Tolerancia, al Permitirse otros cultos aunque exclusivamente en el ámbito Privado.Un Reconocimiento formal de los derechos y libertades Individuales, aunque de hecho Quedaron limitados o Aplazados, Producíéndose así un retroceso Con respecto a la situación legal de 1869.

3.- LA REGENCIA DE MARÍA Cristina (1885-1902).-

A La muerte de Alfonso XII, Su segunda esposa, Mª Cristina de Habsburgo, Asumíó la regencia Con el apoyo de los partidos dinásticos, que firmaron el Pacto Del Pardo, según el cual se Comprometían a:- Mantener la monarquía, – respetar los turnos políticos y conservar Las medidas legislativas aprobadas por los respectivos gobiernos.

Mª Cristina, Respetando las funciones que le asignaba la Constitución, otorgó El poder a los liberales, que, Presididos por Sagasta, Gobernaron el país entre 1885 y 1890 (Parlamento Largo), realizando Las reformas más avanzadas del período:- Aprobación del Código De Comercio (1885); – aprobación del Código Civil (1889);- Ley de Asociaciones (1887) y; sufragio Universal masculino (1890).

La vuelta de los Conservadores al poder en la Década de los noventa supone una menor atención a los Problemas sociales y el recrudecimiento de las medidas represivas Contra los brotes de agitación social protagonizados, sobre todo, Por los anarquistas.

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