Contrato de seguro de vida formato


CONTRATO DE SEGURO:


El contrato de seguros es el acuerdo por el cual una de las partes, el asegurador, se obliga a resarcir de un daño o a pagar una suma de dinero a la otra parte, tomador, al verificarse la eventualidad prevista en el contrato, a cambio del pago de un precio, denominado prima, por el tomador.  

De esta definición legal deducimos que el contrato de seguro:

Es bilateral:
obligaciones a favor de las dos partes. – Es oneroso:
ambos contratantes pretenden obtener una contraprestación de carácter patrimonial. -Tiene naturaleza aleatoria:
las prestaciones de una de las partes (asegurador) dependen del azar.

ELEMENTOS FORMALES:

El contrato de seguro se formalizará por escrito, así como las modificaciones o adiciones que se le hagan. El documento esencial que recoge los pactos de estos contrato se denomina póliza aunque, antes de suscribir la póliza pueden existir otros documentos como son la solicitud de seguro, el cuestionario previo o la propuesta de seguro. –

Solicitud:

es el documento mediante el cual se solicita la contratación de un seguro. –

Cuestionario previo:

Cuando se solicita un seguro, el asegurador puede requerir al tomador un cuestionario con preguntas sobre circunstancias que afectan al riesgo. No está obligado a comentar circunstancias si no se le ha preguntado. En caso de siniestro, el asegurador no podrá negarse a indemnizar. –

Propuesta de seguro:

conocidas las carácterísticas del riesgo, el asegurador realiza una oferta para suscribir el contrato de seguro con una determinada cobertura. –

La póliza:

conjunto de documentos en los que se plasman los términos del contrato de seguro. 


El contenido de la póliza se puede dividir en los siguientes apartados:
Las condiciones generales, que son un conjunto de cláusulas idénticas para todos los asegurados ante el mismo riesgo. –
Las condiciones particulares, que son las específicas para cada individuo. –
Las condiciones especiales, que son las condiciones que diferencian un contrato de otro de las mismas carácterísticas. –
Los apéndices
, que se incorporan en caso de modificación de las condiciones de riesgo posterior a la firma del contrato.

ELEMENTO DE LA PRIMA:

Prima pura:


cubre el valor teórico del riesgo asegurado evaluado. –

Prima de inventario:

es el resultado de sumar los gastos de gestión interna a la prima pura. –

Prima de tarifa o neto:

resultado de sumar los gastos de gestión externa a la prima de inventario. –

Prima total:

es el importe final obtenido tras sumar los impuestos y recargos.

ELEMENTOS PERSONALES



Asegurador (assegurador):


es la persona jurídica que se dedica profesionalmente a la asunción de riesgos ajena a cambio de la percepción de una cierta cantidad denominada prima. 

Obligaciones: –

pagar las indemnizaciones pactadas en caso de que suceda el siniestro. – Emitir y entregar la póliza de seguro al tomador. –

Tomador (Prenedor):

es la persona física o jurídica que contrata y suscribe la póliza de seguro, por cuenta propia o de un tercero. Es requisito que sea mayor de edad. –

Asegurado (Assegurat):

es la persona física o jurídica que está expuesta al riesgo. –

Beneficiario (Beneficiari):

es la persona físicas o jurídicas designada para percibir de parte del asegurador la prestación.

Perjudicado:


es la persona que sufre el daño.


ELEMENTOS MATERIALES


La prima:


aportación económica que realiza el contratante de un seguro a la compañía aseguradora. –

El riesgo:

es la posibilidad de que ocurra un siniestro. Si no existe riesgo, el contrato es nulo. –

Valoración económica:

el siniestro debe ocasionar un perjuicio económico que se pueda valorar en dinero. A la hora de valorar económicamente un seguro, hay dos elementos esenciales:
+ Suma asegurada:
Es el límite máximo por el que el asegurador indemnizará en caso de siniestro total al asegurado / tomador. + Valor del interés asegurado:
es el valor del bien asegurado en el momento inmediatamente anterior al siniestro. –

Indemnización:

importe que el asegurador se obliga a pagar o la prestación de servicios que se obliga a realizar en caso de que se produzca el siniestro cubierto por el seguro.
  • Intensidad, Probabilidad, Prima pura, Recargo, Prima pura, Prima de inventario, Prima de tarifa y Prima total.
  • Prima pura, Prima de inventario, Prima de tarifa, Prima total
  • Probabilidad de siniestro, Coste medio de cada siniestro, Prima pura
  • Valor asegurado, Valor real, Daños ocasionados, Proporción de cobertura, Importe de indemnización.
  • Indemnización 


ELEMENTOS MATERIALES


La prima:


aportación económica que realiza el contratante de un seguro a la compañía aseguradora. –

El riesgo:

es la posibilidad de que ocurra un siniestro. Si no existe riesgo, el contrato es nulo. –

Valoración económica:

el siniestro debe ocasionar un perjuicio económico que se pueda valorar en dinero. A la hora de valorar económicamente un seguro, hay dos elementos esenciales:
+ Suma asegurada:
Es el límite máximo por el que el asegurador indemnizará en caso de siniestro total al asegurado / tomador. + Valor del interés asegurado:
es el valor del bien asegurado en el momento inmediatamente anterior al siniestro. –

Indemnización:

importe que el asegurador se obliga a pagar o la prestación de servicios que se obliga a realizar en caso de que se produzca el siniestro cubierto por el seguro.
  • Intensidad, Probabilidad, Prima pura, Recargo, Prima pura, Prima de inventario, Prima de tarifa y Prima total.
  • Prima pura, Prima de inventario, Prima de tarifa, Prima total
  • Probabilidad de siniestro, Coste medio de cada siniestro, Prima pura
  • Valor asegurado, Valor real, Daños ocasionados, Proporción de cobertura, Importe de indemnización.
  • Indemnización 


CONTRATO DE SEGURO:


El contrato de seguros es el acuerdo por el cual una de las partes, el asegurador, se obliga a resarcir de un daño o a pagar una suma de dinero a la otra parte, tomador, al verificarse la eventualidad prevista en el contrato, a cambio del pago de un precio, denominado prima, por el tomador.  

De esta definición legal deducimos que el contrato de seguro:

Es bilateral:
obligaciones a favor de las dos partes. – Es oneroso:
ambos contratantes pretenden obtener una contraprestación de carácter patrimonial. – Tiene naturaleza aleatoria:
las prestaciones de una de las partes (asegurador) dependen del azar.

ELEMENTOS FORMALES:

El contrato de seguro se formalizará por escrito, así como las modificaciones o adiciones que se le hagan. El documento esencial que recoge los pactos de estos contrato se denomina póliza aunque, antes de suscribir la póliza pueden existir otros documentos como son la solicitud de seguro, el cuestionario previo o la propuesta de seguro. –

Solicitud:

es el documento mediante el cual se solicita la contratación de un seguro. –

Cuestionario previo:

Cuando se solicita un seguro, el asegurador puede requerir al tomador un cuestionario con preguntas sobre circunstancias que afectan al riesgo. No está obligado a comentar circunstancias si no se le ha preguntado. En caso de siniestro, el asegurador no podrá negarse a indemnizar. –

Propuesta de seguro:

conocidas las carácterísticas del riesgo, el asegurador realiza una oferta para suscribir el contrato de seguro con una determinada cobertura. –

La póliza:

conjunto de documentos en los que se plasman los términos del contrato de seguro. 


El contenido de la póliza se puede dividir en los siguientes apartados:
Las condiciones generales, que son un conjunto de cláusulas idénticas para todos los asegurados ante el mismo riesgo. –
Las condiciones particulares, que son las específicas para cada individuo. –
Las condiciones especiales, que son las condiciones que diferencian un contrato de otro de las mismas carácterísticas. –
Los apéndices
, que se incorporan en caso de modificación de las condiciones de riesgo posterior a la firma del contrato.

ELEMENTO DE LA PRIMA:

Prima pura:


cubre el valor teórico del riesgo asegurado evaluado. –

Prima de inventario:

es el resultado de sumar los gastos de gestión interna a la prima pura. –

Prima de tarifa o neto:

resultado de sumar los gastos de gestión externa a la prima de inventario. –

Prima total:

es el importe final obtenido tras sumar los impuestos y recargos.

ELEMENTOS PERSONALES



Asegurador (assegurador):


es la persona jurídica que se dedica profesionalmente a la asunción de riesgos ajena a cambio de la percepción de una cierta cantidad denominada prima. 

Obligaciones: –

pagar las indemnizaciones pactadas en caso de que suceda el siniestro. – Emitir y entregar la póliza de seguro al tomador. –

Tomador (Prenedor):

es la persona física o jurídica que contrata y suscribe la póliza de seguro, por cuenta propia o de un tercero. Es requisito que sea mayor de edad. –

Asegurado (Assegurat):

es la persona física o jurídica que está expuesta al riesgo. –

Beneficiario (Beneficiari):

es la persona físicas o jurídicas designada para percibir de parte del asegurador la prestación.

Perjudicado:


es la persona que sufre el daño.

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