Contratos Mercantiles: Suministro, Afianzamiento y Préstamo


Contrato de Suministro

El contrato de suministro permite satisfacer necesidades periódicas y repetitivas de una persona. Es un contrato único, no un conjunto de contratos sucesivos, y su objetivo es que las partes se sirvan de él sin necesidad de celebrar nuevos acuerdos.

Contenido

  • Prestaciones delimitadas o fijadas según las necesidades del administrado.
  • Cláusulas exclusivas que obligan al suministrador o al suministrado.
  • Precio determinado en función de la prestación aislada o del conjunto.

Incumplimiento

El incumplimiento de una prestación no necesariamente origina el incumplimiento de todo el contrato. Sin embargo, si el incumplimiento supone una pérdida de confianza en el cumplimiento futuro, puede dar lugar a la resolución del contrato.

Contrato de Afianzamiento Mercantil (CDC)

El contrato de afianzamiento mercantil es un contrato formal que debe ser siempre por escrito. La fianza debe ser expresa y puede ser gratuita u onerosa.

La obligación del fiador es solidaria y puede tener el beneficio de excusión.

Contrato de Préstamo Mercantil

El contrato de préstamo mercantil es un contrato consensual en el que una persona (prestatario) recibe de otra (prestamista) una cosa fungible y se compromete a devolverle otra de la misma especie o calidad.

Características

  • Real (unilateral): el prestatario recibe la cosa y se obliga a devolverla.
  • Consensual (bilateral): las partes acuerdan la cuantía, los plazos y los intereses.
  • El prestatario adquiere la propiedad de la cosa y puede usarla.
  • El prestamista pierde la cosa pero adquiere un derecho de crédito.

Obligaciones

Prestamista

  • Entregar la cosa fungible al prestatario.
  • Entregar la cosa es el presupuesto de la ejecución del préstamo.

Prestatario

  • Devolver otra cosa de la misma especie y calidad más intereses.
  • Obligación de restitución: el prestatario está obligado a pagar con otra cosa de la misma especie (obligación de cumplimiento aplazado).
  • Obligación de pagar intereses: solo si se pacta por escrito.

Vencimiento

El vencimiento es una obligación a plazo para el prestatario. Si no se fija, será a partir de 30 días del requerimiento notarial.

Cuantía

Si es dinero o títulos valores, se devolverá la misma cantidad. Si son cosas fungibles, se devolverán otras de la misma especie y calidad o dinero.

Obligación de pagar intereses

El CDC establece que los préstamos tendrán intereses en favor del acreedor, pero también engloba las formas indirectas de fijarlos.

El CDC considera nulos los contratos usurarios, los que tienen condiciones lesivas o ventajas para el acreedor y los que reciben una cantidad mayor a la anteriormente entregada.

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