Cooperación económica


PRINCIPALES DOCTRINAS

La sofística postuló dos doctrinas, una en la que defendía el carácter relativo de todo conocimiento y otra en la que afirmaba el carácter convencional (es decir, cultural, artificial y no natural)
De las leyes e instituciones sociales.

RELATIVISMO EPISTEMOLÓGICO

1º Carácter relativo del conocimiento: los sofistas consideraban que no hay conocimiento objetivo posible ya que todo conocimiento es subjetivo (conforme a la afirmación de Protágoras de que “el hombre es la medida de todas las cosas”) y está sometido a las vicisitudes de la historia y las circunstancias. Por todo ello, para la sofística el saber se diluye en una perpetua discusión o erística, en la que triunfa no la opinión más verdadera, sino la más fuerte, convincente y persuasiva, aunque sea falsa y contradictoria.

CONVENCIONALIDAD DEL NOMOS (contraposición physis/nomos)

2º Descubrimiento del carácter convencional de las leyes e instituciones sociales y políticas, esto es, descubrimiento de un ámbito distinto y ajeno a la naturaleza (al reino de la physis), al que la sofística denominará el reino del nomos: para los sofistas en general, los valores ético-políticos (las ideas acerca de qué es lo justo y bueno) al igual que las leyes e instituciones que sobre ellos se sustentan no pertenecen al reino de la physis, no son realidades naturales, absolutas e inmutables y por lo tanto incuestionables, sino meras convenciones sociales, acuerdos que establecen entre sí los ciudadanos y que responden siempre a un interés de éstos:

I – para los sofistas de la primera generación entre los que cabe destacar a Protágoras, los pactos que los miembros de la ciudad logran alcanzar acerca de lo que es justo y bueno tienen como finalidad el beneficio de la comunidad entera ya que las leyes e instituciones sociales y políticas hacen posible la convivencia pacífica y la cooperación social.

II – para los sofistas de la segunda generación, el nomos de la Ciudad no sólo es convencional, sino también antinatural. Entendían que, en el ser humano, aun viviendo dentro de la sociedad y por lo tanto sometido a las convenciones y artificialidades del nomos, seguía existiendo una dimensión no convencional, no cultural ni artificial, sino estrictamente natural y por ello perteneciente al reino de la physis: sus impulsos e instintos naturales. Al conjunto de esos instintos lo denominaron la naturaleza o physis humana.

Para ellos, lo único absoluto e inmutable era esa naturaleza o physis humana, naturaleza que se caracteriza por dos grandes impulsos: la irrefrenable búsqueda del placer y del dominio. Pues bien, el nomos es una traba y freno indeseable de dichos impulsos y por ello, en la confrontación (que dentro de sí experimenta el individuo) que se produce entre los dictados de la naturaleza (la ley de la physis) y las convenciones sociales (la ley del  nomos), esta segunda generación de sofistas se inclina por la prevalencia de la primera, esto es, que el interés egoísta individual se anteponga siempre al interés de la colectividad, de la polis.


I – para los sofistas de la primera generación entre los que cabe destacar a Protágoras, los pactos que los miembros de la ciudad logran alcanzar acerca de lo que es justo y bueno tienen como finalidad el beneficio de la comunidad entera ya que las leyes e instituciones sociales y políticas hacen posible la convivencia pacífica y la cooperación social.

II – para los sofistas de la segunda generación, el nomos de la Ciudad no sólo es convencional, sino también antinatural. Entendían que, en el ser humano, aun viviendo dentro de la sociedad y por lo tanto sometido a las convenciones y artificialidades del nomos, seguía existiendo una dimensión no convencional, no cultural ni artificial, sino estrictamente natural y por ello perteneciente al reino de la physis: sus impulsos e instintos naturales. Al conjunto de esos instintos lo denominaron la naturaleza o physis humana.

Para ellos, lo único absoluto e inmutable era esa naturaleza o physis humana, naturaleza que se caracteriza por dos grandes impulsos: la irrefrenable búsqueda del placer y del dominio. Pues bien, el nomos es una traba y freno indeseable de dichos impulsos y por ello, en la confrontación (que dentro de sí experimenta el individuo) que se produce entre los dictados de la naturaleza (la ley de la physis) y las convenciones sociales (la ley del  nomos), esta segunda generación de sofistas se inclina por la prevalencia de la primera, esto es, que el interés egoísta individual se anteponga siempre al interés de la colectividad, de la polis.

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *