Casino: 10% de la ganancia Bruta
Bingo: 12% de los ingresos No destinados a la premiación (ingreso-lo pagado) sin descontar lo que no ha entregado como el carro (ejemplo)
Ganancia Bruta de Casinos= net win: Toma en cuenta la diferencia entre lo que la persona aposto y lo realmente Pagado.
Tesoro Nacional: De 10% o 12% de la Ganancia bruta (net win)
Comisión de Casino: de 0,20mil a 0,30mil del valor de los activos
Artículo 10: BASE IMPONIBLE Y ALÍCUOTAS
Explotación de Casinos: Entre 120 unidades tributarias y 340 unidades tributarias por mesa instaladas En el casino durante la imposición y por puesto de las mesas.
HECHO IMPONIBLE: La explotación y Organización del juego
1.
JUEGOS DE ENVITE Y AZAR: Acción mediante la cual se apuestan y arriesgan
Cantidades de dinero u otros bienes, con la oferta incierta de una ganancia o
Premio expresado igualmente en dinero o especie, cuya obtención depende entera
O casi enteramente del lance, suerte o probabilidad.
2. Casino: Establecimiento abierto al público donde se realicen juegos de envite y azar Con fines de lucro
3. Sala De Bingo: Establecimiento abierto al público donde sólo se realicen juegos De Bingo en sus diferentes modalidades, con fines de lucro.
4. Máquinas Traganíqueles: Todo aparato o artefacto manual, mecánico, eléctrico, electromagnético, Electrónico o virtual que siendo activado por el empleo o introducción de Monedas, fichas, billetes de bancos o mediante cualquier otro dispositivo Interno o externo, ejecute o lleve a cabo cualquier juego programable de envite O azar.
5. Explotación De Juegos de Lotería: Actividad que permite obtener utilidad de los juegos de envite y azar a los Institutos de Beneficencia Pública y Asistencia Social creados por el Estado Para tal fin, con el propósito de recaudar fondos destinados a la beneficencia Pública y social.
6. Operación De Juegos de Lotería: Actividad realizada por personas naturales o jurídicas y entidades económicas De carácter privado, mediante la cual se gestiona, administra y comercializa Juegos de loterías y similares, propios o patrocinados por las instituciones Oficiales de beneficencia pública creados para la explotación de dichos juegos.
7. Explotación De Espectáculos Hípicos: Actividades realizadas por personas jurídicas, Debidamente autorizadas por la Superintendencia Nacional de Actividades Hípicas, relacionadas a los sistemas mutualistas dentro de cada hipódromo y al Sistema nacional mutualista de juegos y apuestas hípicas.
8. Explotación De Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles: Actividad realizada Por personas jurídicas o entidades económicas, autorizadas por la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles.
¿QUÉ SON LAS ADUANAS?
Las
Aduanas son un punto de control para regular el ingreso y egreso de bienes o
Personas, estas se encuentran en las fronteras del país.
Toda Mercancía que ingrese al país pasa por la aduana
Esta Puede ser marítima, fluvial, terrestre, aérea y la lacustre (lago de Maracaibo)
Clases de aduanas:
- Según la Actividad: personas-bienes
- según la
Ubicación: lacustres (lagos), fluviales (ríos), marítimos, terrestres y
Aéreos.
Según la Importancia:
üPrincipal: la que tiene
Jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones
Fiscales y administrativas de las aduanas subalternas adscritas a ella.
üSubalterna: la adscrita a una Aduana principal, habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras Dentro de la respectiva circunscripción
Hecho imponible: Gravabilidad
Operación | ¿Cuál Es el hecho imponible? | ¿Qué significa? |
Importación | Importación definitiva a consumo | Son ingresos de mercaderías |
Exportación | Exportación definitiva a consumo | Son egresos de mercaderías por |
Sujeto activo
Estado (Ministerio de minas)
Hecho imponible
Explotación
Base imponible
VALOR COMERCIAL EN LA MINA DEL MINERAL 3%. (Nunca será la cantidad)
Sujeto pasivo
Explotador.
Valor comercial en la mina= Precio de mercado – costos
Sujeto activo:
“Es sujeto activo de la obligación tributaria el
Ente público acreedor del tributo”.
Sujeto pasivo:
Es el deudor de la obligación tributaria, ya sea
Por deuda propia (contribuyente)
O por deuda ajena (responsable)
CONTRIBUYENTES OCASIONALES:
son aquellos que realizan un solo tipo de
Actividad, son aquellos que se dedican la importación no habitual de bienes
Muebles corporales.
CONTRIBUYENTES FORMALES:
Son
Contribuyentes formales los sujetos que realicen exclusivamente actividades u
Operaciones exentas o exoneradas del impuesto.
Sólo están obligados a cumplir con los deberesformales que Corresponden a loscontribuyentes ordinarios, Pudiendo la Administración Tributaria, mediante providencia, establecer Carácterísticas especiales para el cumplimiento de tales deberes o simplificar los Mismos.
CONTRIBUYENTES ORDINARIOS
Contribuyentes Especiales
Son los contribuyentes, sujetos pasivos, a los cuales
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
Haya calificado como especiales.
Contribuyentes normales:
Son los
Contribuyentes, sujetos pasivos, a los cuales el Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) no haya calificado como
Especiales
CONTRIBUCIONES PARAFISCALES
Son los pagos
Que deben realizar los contribuyentes o sujetos pasivos a organismos públicos,
Mixtos o privados, para asegurar el financiamiento de estas entidades de manera
Autónoma.