Montesquieu (1689- 1755)
“Del espíritu de las leyes” 1748.Inicia el método sociológico.-
Ideas políticas:
Ppio d sep d pod:
(cap VI d lib XI d la descripx d Inglaterra).Tdo l q tne pder abusa d l hsta q encuentra 1 limite,x eso s partidario d la div d pod.
Teoría d ls gob:
(libs II y III). Frmas d gob:
República:
el poder recae sobre el soberano: si recae sobre unos pocos es una república aristócrata, si recae sobre la mayoría, es una república demócrata.
Monarquía:
gobierno de uno solo sujeto a leyes.
Despotismo:
gobierno de uno solo, no esta sujeto a normas ni a leyes.
Principios por los que actúan:
República democrática:
debe regirse por la VIRTUD.
República aristócrata:
debe regirse por la MODERACIÓN. Distribución de las desigualdadesMonarquía:
debe regirse por el HONOR. Principio por el que se rige cada persona.
Gobierno despótico:
debe regirse por el TEMOR. Trata a los súbditos como bestias.
Gobierno moderado:
el ejercicio de poder se modera mediante:-Principio de separación de poderes: distribuyendo el poder.-Creando cuerpos intermedios entre el Rey y los Súbditos: parlamento medieval y la propia nobleza.-La distribución territorial del poder: CCAA, provincias, municipios…-Mediante la costumbre: esta no se aplica actualmente.-
Libertad:
para un ciudadano la libertad consiste en la tranquilidad de ánimo procedente de su creencia en su seguridad. La libertad ante la ley consiste en hacer lo que la ley permite y no estas obligado a hacer lo que la ley no ordena.
Sieyès (1748-1836)
Llego a vivir la Revolución Francesa.
Estuvo en la asamblea Constituyente. Influyo mucho en la Revolución francesa. Sus obras no son mas que panfletos políticos, entre ellas destacan: “Ensayo sobre los privilegios” 1788 (se muestra contrario a los privilegios de la nobleza y el clero); y “¿Qué es el tercer estado?” 1789 (dos meses antes de la revolución francesa.Lo que el pretendía con la revolución es que se dejara de votar por estamentos, si no por persona, pues la nobleza y el clero se compinchaban contra el tercer estado.
Soberanía nacional
Para el es un poder que esta por encima de cualquier otro.
Nacíón:
es un cuerpo de asociados que viven bajo una ley común y están representados bajo una misma legislatura (bajo un mismo parlamento). Para él, la nacíón es la clase social productiva, la que es útil (Estado llano). Sieyes pretende un representante para el Estado llano.
Soberanía nacional:
la soberanía radica solo en la nacíón (estado llano). La soberanía nacional es algo abstracto, no se identifica con el pueblo, solo los que tengan capacidad económica dentro del Estado llano. Se restringe el derecho de voto. Esto se produce gracias a la distinción que el hace entre la nacíón y pueblo.
Democracia representativa:
Sieyès considera que la democracia directa era imposible por dos razones:-La enorme extensión territorial y poblacional del Estado Moderno.-La ignorancia del pueblo sobre los asuntos públicos (mayoría analfabeta).Solo es posible la democracia representativa, los ciudadanos eligen a unos representantes que deciden por ellos. Hay dos clases de asamblea representativa:
Extraordinaria:
elegida para hacer la Constitución (que recoge los derechos naturales y los organismos del Estado), una vez que la aprueben se disuelve.
Ordinaria:
sometida a la Constitución cuya función es legislativa. Es más permanente.
Mandato imperativo:
en la Edad Media los representantes elegidos para el Parlamento Medieval reciben instrucciones de los representados. Y tiene que seguir esas instrucciones, si no las cumplen los representantes podrán tomar represalias contra el representante. Incluso ser ejecutado.
Mandato representativo:
Sieyès piensa que los representantes no representan los intereses de quienes los han elegido. Sino que representan el interés general de la nacíón. No están sujetos a instrucciones de sus electores. Por tanto no podrán ser sancionados por los electores.
Poder constituyente / poder constituido
El poder constituyente
Es el que elabora la Constitución y la aprueba. Lo tiene la nacíón. Este poder es ilimitado, no hay ningún otro poder por encima de el.
El poder constituido
Es aquel que la constitución establece. Ej.: ejecutivo, legislativo, judicial… Estos poderes están subordinados al poder constituyente.
Concepto y contenido del Dº Constitucional
El Dº constitucional es el conjunto de normas jurídicas de rango superior a cualquier otra norma que regula la organización de los poderes de Estado, acudiendo al principio de separación de poderes, que regula los derechos fundamentales de los ciudadanos (que se consideran tan importantes por la comunidad política que los plasma en la norma mas fundamental, la constitución) que deben ser respetados por tales.
Aspecto formal:
se refiere a la forma de la Constitución. Se necesitan dos requisitos:-Que sea una autentica norma jurídica, por tanto que sea aplicable.-Que sea una norma jurídica de rango superior (que ninguna otra norma la pudiera contradecir, sino seria nula).Existen dos consecuencias:-Que el procedimiento de reforma de la Constitución es más difícil que el procedimiento de reforma de cualquier otra ley.-Para asegurar que la ley no contradiga a la Constitución se crea el Tribunal Constitucional.
Aspecto material:-
El poder no procede de un origen divino, procede el pueblo (soberanía popular). A través de sus representantes, el pueblo es el que modifica las leyes.-La limitación del poder del Estado. La organización de los poderes del Estado mediante la división de poderes para que no se abuse de esto.-El Estado debe respetar y garantizar los derechos fundamentales de las personas, para ello los recoge en la constitución.-El Dº Constitucional no solo es la Constitución, también cuentan otras leyes de rango inferior a la Constitución que la desarrollan. La Constitución es la cabecera de otras ramas del derecho. *
Rousseau (1712-1778)
“El contrato social o principios de derecho político” 1762.
Contrato social:
es pactista. Antes de crear un Estado, los hombres viven en un Estado de naturaleza con derechos naturales. Mediante el pacto, renuncian a todos sus derechos. Una vez formado el Estado los vuelven adquirir como derechos civiles. La finalidad del pacto es posibilitar la libertad y la igualdad: obedecer solo a la ley, que es la expresión de la voluntad general.
Soberanía popular:
la ley siempre recae en la comunidad política, pero para ello hay que distinguir entre ley y decreto.La ley es la expresión de la voluntad general: emana de todos y se refiere a todos.El decreto emana de todos pero no se refiere a todos, solo a grupos concretos.
Carácterísticas de la soberanía popular:
Es inalienable:
no se puede transferir de una persona a otra.
Es indivisible:
no se puede dividir en sociedades particulares. Y si lo hace es mejor que se divida en muchas partes, pues cuantas mas partes mas opiniones.
Es infalible:
nunca se equivoca.
Es absoluta:
no tiene límites pero tampoco es arbitraria porque va dirigida a todos.
Forma de gobiernos:
primero debemos distinguen entre:-Soberano: comunidad política (el pueblo)-Gobierno: órgano que ejecuta la ley.Según quien ejecute la ley, hay varias formas de gobierno:
Monarquía:
gobierno de uno solo.
Aristocracia:
gobierno de unos pocos: hereditaria o electiva (la mas natural).
Democracia:
todos ejecutan la ley. La forma de gobierno ideal para Rousseau depende de la población. Esta a favor de la democracia directa en los pueblos pequeños, pero para los pueblos más grandes prefiere una democracia indirecta.