Recursos Administrativos
Características
- Interés legítimo del recurrente
- Dirigido contra resoluciones administrativas
- Presentado ante el mismo órgano o superior jerárquico
- Fundamentado en razones legales y de hecho
Recurso de Reposición
- Se interpone ante órganos sin superior jerárquico, poniendo fin a la vía administrativa.
- Se presenta ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de 1 mes.
- Es resuelto por el mismo órgano que dictó el acto recurrido.
- Es potestativo, es decir, se puede optar por interponerlo o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa.
Recurso de Alzada
- Se interpone contra actos dictados por órganos con superior jerárquico, no pone fin a la vía administrativa.
- Se presenta ante el órgano superior jerárquico al que dictó la resolución, en el plazo de 1 mes.
- Es resuelto por el órgano superior jerárquico, en el plazo de 3 meses.
- Es obligatorio interponerlo antes de acudir a la vía contencioso-administrativa.
- Si no se interpone, el acto administrativo adquiere firmeza.
Recurso Extraordinario de Revisión
- Se interpone contra actos firmes.
- Motivos:
- Error de hecho, plazo de 4 años.
- Documentos esenciales descubiertos con posterioridad.
- Testimonios falsos.
- Resolución administrativa obtenida por medios fraudulentos (cohecho, violencia, etc.).
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Agotamiento de la vía administrativa.
Contratación del Sector Público
La contratación del sector público impulsa la economía privada y garantiza la prestación de servicios a la ciudadanía.
Concepto y Características
Comprende la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de contratos onerosos donde al menos una parte es una entidad del sector público, incluyendo contratos subvencionados. Se rige por la Ley de Contratos del Sector Público.
Características
- Búsqueda de la mejor relación calidad-precio.
- Principios de igualdad, transparencia y libre competencia.
Clasificación de los Contratos del Sector Público
Según su Objeto o Prestaciones Materiales
Contratos de Naturaleza Administrativa
- Obras
- Concesiones de obra pública (autopistas, aparcamientos, etc.)
- Gestión de servicios a los ciudadanos (exposiciones, ferias, eventos culturales)
- Suministros (material de oficina, teléfono, luz, etc.)
- Servicios (limpieza, mantenimiento, etc.)
Por su Cuantía y Objeto
Contratos Menores
- Adjudicación directa a empresarios con capacidad de obrar y habilitación.
- Se requiere aprobación del gasto y factura.
- Duración máxima de 1 año.
- Importes máximos:
- Obras: inferior a 40.000€
- Resto de contratos: inferior a 15.000€
Contratos Sujetos a Regulación Armonizada (SARA)
- Origen en la Unión Europea, fomentan el libre comercio.
- Publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
- Sin obstáculos a la libre contratación, no se especifican marcas o patentes.
- Regulación específica armonizada de la UE:
- Obras: valor superior a 5.538.000€
- Suministros y Servicios: valor superior a 143.000€ para la Administración General del Estado (AGE)
Elementos de los Contratos Públicos
Elementos Personales
Órgano de Contratación
- Administración General del Estado
- Otras entidades del sector público estatal
- Comunidades Autónomas
- Entidades Locales
Empresario o Contratista
Requisitos:
- Plena capacidad de obrar:
- Empresarios individuales
- Personas jurídicas españolas
- Empresarios de otros estados miembros de la UE
- Empresarios extranjeros de fuera de la UE
- Uniones Temporales de Empresas (UTE)
- No estar incurso en una prohibición de contratar:
- Condenas penales
- Sanciones por infracciones graves o muy graves
- Falsedad u omisiones en la comunicación de datos obligatorios
- Situación concursal
- Incumplimiento de obligaciones tributarias o de seguridad social
- Acreditar solvencia económica, financiera, técnica y profesional. Este requisito puede ser sustituido por la clasificación como contratista del Estado e inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLEC) del Sector Público.
Contratos que exigen clasificación en el ROLEC:
- Obras: valor estimado igual o superior a 500.000€
Elementos Reales
- Identificación de las partes
- Objeto del contrato
- Precio
- Plazo de duración
- Garantías exigibles
Elementos Formales
La formalización implica la suscripción del contrato por el adjudicatario, perfeccionándolo y dotándolo de validez.
Procedimiento de Contratación
Normas de Contratación
- Anuncio y publicación de la licitación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y/o DOUE.
- Presentación de propuestas por parte de las empresas o licitadores.
- Apertura de propuestas en acto público, 1 mes después de finalizar el plazo de presentación.
- Selección basada en el precio más bajo que garantice el cumplimiento de las condiciones.
- Comunicación de la adjudicación.
- Presentación del certificado de estar al corriente de pago (10 días).
- Formalización de la adjudicación del contrato (5 días).
Fases del Procedimiento
- Preparación del contrato
- Selección del contratista y adjudicación del contrato
- Ejecución del contrato
Preparación del Contrato: Tramitación del Expediente de Contratación
La celebración de contratos públicos requiere la tramitación de un expediente administrativo, que se inicia y culmina con la aprobación del órgano de contratación.
Contenido del Expediente
- Motivación de la necesidad del contrato
- Pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas
- Certificado de existencia de crédito presupuestario
- Justificación del procedimiento y criterios de adjudicación
Tipos de Pliegos
- Pliegos de Cláusulas Administrativas: Definen el objeto del contrato, presupuesto de licitación, plazo de ejecución, plazo de garantía e información sobre las garantías a aportar.
- Pliegos de Prescripciones Técnicas: Describen las características técnicas, calidades, precio, número, requisitos, modalidades y características de las variantes.
Tipos de Tramitación del Expediente de Contratación
- Ordinaria: Iniciada por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato. El expediente abarca la totalidad del objeto contractual y finaliza con la resolución motivada del órgano de contratación aprobando el expediente, el gasto y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación.
- De Urgencia o Abreviada: Sigue el mismo procedimiento que la ordinaria, pero con plazos reducidos para la licitación, adjudicación y formalización. Requiere una declaración de urgencia motivada por el órgano de contratación.
- De Emergencia: Se utiliza en situaciones que requieren una actuación administrativa inmediata (catástrofes, peligros, defensa nacional). No se requiere expediente administrativo ni el cumplimiento de los requisitos formales de contratación.
Selección del Contratista y Adjudicación del Contrato
En los procedimientos ordinarios y urgentes, la aprobación del expediente da paso al procedimiento de adjudicación.
Procedimientos Ordinarios
- Abierto: Cualquier empresario puede presentar una proposición, sin negociación de los términos del contrato. El plazo para abrir las proposiciones es de 1 mes desde la finalización del plazo de presentación, en acto público. Se establece un plazo de adjudicación.
- Restringido: Solo pueden presentar propuestas los empresarios seleccionados por el órgano de contratación en base a su solvencia, sin negociación de los términos del contrato.