Derecho Comercial: Tipos de Sociedades y sus Características


Sociedad Comercial

Formas Jurídicas

Empresas Individuales

Persona natural que se dedica a la actividad mercantil.

Constitución

  • Por escritura pública.
  • Extracto y registro de comercio. Publicarlo (antes de los 60 días).

Razón Social

Incluir el nombre del constituyente o un nombre de fantasía más la expresión EIRL.

Responsabilidad

Hasta el monto del aporte.

Término de EIRL

  • Por voluntad del empresario.
  • Por la llegada del plazo previsto.
  • Muerte del constituyente.
  • Por quiebra.

Empresas Colectivas: Sociedades

Personas: Se constituyen en atención a las personas que la integran y la entrada y la salida de estas requiere modificación al contrato social.
Capitales: Se constituyen en razón de aportes.

Tipos de Sociedades

Sociedades de Personas

  • Colectivas de comercial.
  • Responsabilidad limitada.

Sociedades de Capitales

  • Abiertas.
  • Cerradas.

Sociedades Mixtas

  • Gestor (administración).
  • Comanditaria (capital).

Sociedad Colectiva Comercial

Incumplimiento de las Formalidades: No nace a la vida del derecho.

Administración

  • Por todos los socios.
  • Delegar en uno o más socios.
  • Delegar en un tercero.

Facultad de los Administradores

Solo pueden ejecutar actos de giro u objeto de la sociedad.

Razón o Forma Social

Se forma con el nombre de todos o alguno de los socios y esta termina con el nombre de COMPAÑÍA.

Responsabilidad de los Socios por el Cumplimiento de las Obligaciones Sociales

La sociedad queda obligada a las obligaciones mientras se obliguen respecto al giro u objeto de la sociedad.

Los acreedores buscarán responsabilidad en:

  • En la sociedad y en los socios o quien responda en forma solidaria e ilimitada.

Disolución de las Sociedades

  • Cumplimiento plazo fijado de duración.
  • Término del negocio por el cual se constituyó.
  • Pérdida total de los bienes.
  • Muerte de uno de los socios.
  • Incapacidad de sobrevivencia.
  • Insolvencia o quiebra de uno de los socios.
  • Renuncia de uno de los socios.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

La constitución es la misma que la colectiva comercial solo que sus responsabilidades son hasta el monto dado y la administración es por todos los socios, delegar en uno o más socios o delegar en un tercero.
Razón o Firma Social: Pueden realizar cualquier acto de comercio excepto bancos, financieras y AFP.
Disolución: Las mismas que la colectiva.
Formalidades: Las mismas colectivas comerciales.
Prohibiciones: Las mismas colectivas.

Sociedades de Capitales

Las sociedades anónimas son una persona jurídica formada por la reunión de fondo común sumistrado por accionistas responsables solo de sus respectivos aportes. Son siempre mercantiles.

Características

  • Son limitados por sus aportes.
  • La administración tiene un directorio.
  • Capital suministrado por accionistas.

Sociedades Abiertas y Cerradas

Sociedades Abiertas

Hacen ofertas públicas, tienen más de 500 accionistas, directorio al menos de 5 integrantes, quedan sujetas a la fiscalización.

Sociedades Cerradas

No se aplican las hipótesis descritas para las sociedades anónimas abiertas sin perjuicio de que voluntariamente apliquen dichas condiciones.
Directorio al menos de 3 integrantes.
Constitución: La misma escritura pública, extracto y publicación diario oficial.
Para modificar el contrato de sociedad requiere aprobación de la junta extraordinaria de accionistas.
Administración: Directorio con miembros totalmente revocables, gerente general y junta de accionistas.

Sociedad Anónima

Administración

Razón o firma social.

Capital

Es necesario para crear una empresa.

Acciones

Capital de la anónima se divide en acciones de igual valor y las acciones representan en títulos.

Responsabilidad

Limitan su responsabilidad según su aporte.

Clases de Acciones (Ley 18046)

  • Preferidas: Consisten en distribuir dividendos, en el pago del resultado final de la liquidación, en ambas preferencias.
  • Acciones de Pago: Se emiten para nuevas descripciones.
  • Acciones de Capitalización: Emite para capitalizar utilidades y reservas.
  • Son Acciones Liberadas: Las que están totalmente integradas.
  • Acciones con Valor Nominal: El establecido en la escritura social.

Tipos de Capital

  • Nominal.
  • Suscrito.
  • Pagado.

El nominal consta en los estatutos o en la escritura social, el suscrito es colocado al público y el pagado entra efectivamente a la caja social.

Valorización de Acciones

  • El nominal.
  • El real.
  • El bursátil.

El nominal es el capital representado, el real es la estimación actual del patrimonio y el bursátil es el que determina y transa en la bolsa.

Dividendos

Parte de las utilidades que es distribuida a los accionistas y son el 30% de las utilidades líquidas de la sociedad.

Sociedad en Comandita Simple

Derechos

  • Derecho a opinar en asambleas.

Disolución

La misma que las colectivas.

Constitución

La misma que las colectivas.

Razón Social

La misma que la colectiva.

Limitación

Comandatario: Responde por las obligaciones y pérdidas sociales hasta concurrencia de sus aportes.
Gestor: Son indefinida y solidariamente responsables de las obligaciones contraídas por la sociedad.

«El que no puede lo que quiere, quiera lo que pueda» (José Ortega y Gasset)

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