Derecho Mercantil: Conceptos Básicos y Tipos de Sociedades


1.1. CONTENIDO BÁSICO DEL DERECHO MERCANTIL

  • El derecho mercantil se ha ampliado para incluir la evolución del mercado, el derecho de la competencia y los bienes inmateriales (patentes, marcas).
  • Ya no se centra únicamente en el empresario, sino también en otros operadores económicos como las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro.
  • Presta especial atención a los derechos de los consumidores y usuarios.
  • La globalización requiere normas para resolver problemas en el intercambio internacional de bienes y servicios.

1.1. CONCEPTO DE EMPRESARIO

  • El empresario es la persona física o jurídica que realiza actividades de intermediación en el mercado de bienes y servicios.
  • Puede actuar directamente o a través de representantes.
  • Pueden ser empresarios menores, incapaces o ausentes, y personas jurídicas (sociedades).

1.1. EL EMPRESARIO PERSONA FÍSICA

  • No se exige inscripción en el Registro Mercantil, a excepción del naviero.
  • El Código de Comercio exige capacidad plena, pero el principio de conservación del negocio permite que personas sin capacidad continúen el comercio.

1.2. LA SOCIEDAD CIVIL

  • Contrato en el que dos o más personas aportan dinero, bienes o industria para compartir ganancias.
  • Responsabilidad ilimitada.
  • No requiere forma específica, salvo para bienes inmuebles.
  • No requiere capital mínimo ni inscripción en el Registro Mercantil.
  • Tiene personalidad jurídica propia.
  • Los socios tributan por separado en el IRPF.

1.2. LA COMUNIDAD DE BIENES

  • Acuerdo privado entre autónomos que comparten la propiedad de una cosa o derecho.
  • Responsabilidad ilimitada y solidaria.
  • No requiere forma específica, salvo para bienes inmuebles.
  • No requiere aportación mínima, pero no puede aportarse solo dinero o trabajo.
  • Carece de personalidad jurídica propia.
  • Los socios tributan por separado en el IRPF.

1.2. SOCIEDAD COLECTIVA (CONSTITUCIÓN Y CARACTERES)

  • Forma más simple de sociedad mercantil.
  • Responsabilidad personal, ilimitada, solidaria y subsidiaria de los socios.
  • Administración vinculada a la condición de socio.
  • Transmisión de la condición de socio sujeta al consentimiento de todos los socios.
  • Debe constar en escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil.

1.3. LA SOCIEDAD ANÓNIMA

1. Concepto y Constitución

  • Capital dividido en acciones, aportado por los socios.
  • Responsabilidad limitada de los socios a su aportación.
  • Capital mínimo de 60.000 euros.
  • Constitución mediante escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.

2. Las Acciones

  • Representan partes alícuotas del capital social.
  • El capital social debe estar íntegramente suscrito y desembolsado en una cuarta parte.
  • Las aportaciones no dinerarias deben ser evaluadas por expertos independientes.

3. Derechos que Confieren las Acciones

  • Participación en beneficios y patrimonio resultante de la liquidación.
  • Derecho de suscripción preferente.
  • Asistencia y voto en la junta general.
  • Derecho de información.

4. Junta General

  • Reunión de socios para decidir sobre la actuación de la sociedad.
  • Convocatoria por administradores o liquidadores.
  • Junta general ordinaria: censura de la gestión social, aprobación de cuentas y aplicación de resultados.

1.3. SOCIEDAD LIMITADA

1. Concepto

  • Capital dividido en participaciones sociales, aportado por los socios.
  • Responsabilidad limitada de los socios.
  • Capital mínimo de 3.000 euros, íntegramente suscrito y desembolsado.
  • Constitución mediante escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.

2. Constitución y Régimen de las Participaciones

  • La titularidad de las participaciones consta en un libro registro.
  • Transmisión libre entre socios, cónyuges, ascendientes o descendientes.
  • Transmisión a terceros requiere aprobación de la junta general.
  • En caso de transmisión mortis causa, el heredero o legatario se convierte en socio.

1.4. MERCADO DE BIENES

1. Concepto

  • Compraventa: contrato por el cual una parte entrega una cosa y la otra paga un precio.

2. Contrato de Compraventa: Obligaciones de Entrega y Saneamiento

  • Saneamiento por vicios:
    • Vicios aparentes: rechazo inmediato.
    • Vicios ocultos: reclamación en 30 días.
  • Paso del riesgo: determina quién soporta las consecuencias de la pérdida de la cosa por caso fortuito o fuerza mayor.

1.4. MERCADOS DE SERVICIOS (CONTRATOS INFORMÁTICOS)

  • Contrato de escrow: entrega de una copia del código fuente a un tercero para su custodia.
  • Contrato de back-up: depósito de una copia del sistema informático en un centro especializado.
  • Contrato de creación de web: diseño y desarrollo de una página web.
  • Contratos de hosting y housing: arrendamiento de espacio o servidor para la difusión de una web.

1.4. MERCADO FINANCIERO (CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE)

  • Técnica contable para registrar operaciones entre un banco y sus clientes.
  • Puede ser mancomunada (requiere consentimiento de todos los titulares para disposiciones) o indistinta (cualquier titular puede realizar disposiciones).

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