Derechos y Obligaciones Laborales Clave en Argentina


El aguinaldo, o Sueldo Anual Complementario, es un derecho de todos los trabajadores. Equivale al mejor salario percibido en el último semestre y su cálculo varía según el convenio colectivo. Se paga en dos cuotas, junto con los sueldos de junio y diciembre.

Jornada Laboral y Descanso

La jornada laboral no debe exceder las 8 horas diarias o 48 horas semanales, tanto en entidades públicas como privadas. Este límite es máximo, permitiendo jornadas menores. El descanso es fundamental para la recuperación física y mental del trabajador. La legislación contempla tres tipos de descanso:

  • Entre jornadas
  • Semanal
  • Licencias (ordinarias y especiales)

También existen días feriados, con pagos especiales si el trabajador asiste.

Licencias Ordinarias

Las licencias ordinarias son interrupciones prolongadas del trabajo para el descanso y la desconexión. Los periodos mínimos varían según la antigüedad:

  • Menos de 5 años: 14 días corridos
  • Entre 5 y 10 años: 21 días corridos
  • Entre 10 y 20 años: 21 días corridos
  • Más de 20 años: 35 días corridos

El descanso anual debe ser retribuido y abonado antes de su inicio. En caso de enfermedad, las vacaciones se interrumpen y se reanudan tras el alta. Se procura que los trabajadores tomen vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. Los cónyuges que trabajan juntos tienen derecho a vacaciones conjuntas.

Licencias Especiales

La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece licencias especiales para contingencias:

  • Nacimiento de hijo: 2 días corridos (para el padre)
  • Matrimonio: 10 días corridos
  • Fallecimiento de cónyuge, hijos o padres: 3 días corridos
  • Fallecimiento de hermano: 1 día
  • Exámenes en enseñanza media o universitaria: 2 días por examen, máximo 10 días por año

Contrato de Trabajo

Existe contrato de trabajo cuando una persona se obliga a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios bajo dependencia de otra, a cambio de una remuneración.

Obligaciones del Empleado

La principal obligación del empleado es trabajar, poniendo su esfuerzo y creatividad al servicio del empleador. Debe acatar las instrucciones y órdenes de su superior y conservar los elementos de trabajo, siendo responsable por daños causados por dolo o culpa.

Obligaciones del Empleador

La principal obligación del empleador es mantener indemne al trabajador, evitando daños a su salud o patrimonio. Esto incluye:

  • Deber de seguridad: Cumplir las normas de higiene y seguridad, protegiendo la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores.
  • Reintegro de gastos y resarcimiento de daños: Cubrir los gastos necesarios para el trabajo.
  • Deber de ocupación: Asignar al empleado la tarea para la que fue contratado.
  • Cumplir con las obligaciones previsionales y de seguridad social: Actuar como agente de retención de aportes y entregar el certificado de trabajo al finalizar la relación laboral.
  • Deber de trato igualitario y no discriminatorio: No hacer distinciones por sexo, religión o etnia.
  • Reconocer la propiedad del trabajador sobre inventos y descubrimientos realizados en el trabajo.

Remuneración

La remuneración es la contraprestación por el trabajo, determinada por la escala salarial del convenio colectivo. Se debe pagar mediante una cuenta sueldo bancaria.

Edad Mínima

La edad mínima para trabajar es de 16 años. Los mayores de 14 y menores de 15 pueden trabajar en empresas familiares, sin realizar trabajos de riesgo.

Principios del Derecho Laboral

Los principios fundamentales del derecho laboral son:

  • Principio protector: Anula cualquier norma que viole la legislación vigente.
  • Principio de continuidad: Busca la conservación del contrato de trabajo.
  • Principio de primacía de la realidad: Prioriza la conducta de las partes sobre lo pactado por escrito.
  • Principio de razonabilidad: Limita posibles arbitrariedades en las relaciones laborales.
  • Principio de buena fe: Exige honestidad y confianza en las relaciones laborales.

Tipos de Contrato de Trabajo

Contrato a Plazo Fijo

El plazo máximo es de 5 años. Ambas partes deben preavisar la extinción del contrato con una anticipación de entre 1 y 2 meses. El despido sin justificación da derecho a indemnizaciones. Si la extinción es legal y con preaviso, el trabajador recibe una suma equivalente a la indemnización.

Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado

No tiene un término de finalización. Concluye con la jubilación, renuncia, muerte o despido del trabajador. Debe ser pactado por escrito. Se entiende que el contrato es por tiempo indeterminado, salvo prueba en contrario.

Contrato a Tiempo Parcial

Se acuerda la prestación de servicios por un número de horas inferior a la jornada completa. Puede ser por tiempo indefinido o determinado. Debe formalizarse por escrito, indicando el número de horas y su distribución. De no cumplirse, se presume que es a jornada completa.

Contrato de Trabajo por Temporada

La actividad del trabajador se presta en épocas predeterminadas del año. Se considera un contrato permanente desde la primera temporada, si las necesidades de la empresa lo requieren.

Contrato de Trabajo Eventual

Se usa para cubrir puestos en períodos específicos por necesidades especiales de la empresa. Debe celebrarse por escrito, detallando la situación extraordinaria. Si contiene plazo, será un contrato a plazo fijo; si no, será por tiempo indeterminado.

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