El Acto Administrativo en Derecho: Tipos, Procedimientos y Recursos


El Acto Administrativo

2. ¿Cómo puede ser un acto administrativo objeto de recurso judicial?

Los actos administrativos pueden ser objeto de recurso judicial debido a sus características:

  • Unilateralidad: El acto administrativo se dirige a una persona concreta, sin la concurrencia de dos o más voluntades.
  • Declaración de voluntad: Impone consecuencias jurídicas (favorables o desfavorables) al administrado.
  • Ejecutividad directa: La administración puede imponer el cumplimiento forzoso sin necesidad de acudir previamente al juez, si el particular se opone al cumplimiento.

3. Clases de actos administrativos y concepto

Los actos administrativos se clasifican según diferentes criterios:

Según el origen:

  • Actos simples: Provienen de un solo órgano.
  • Actos complejos: Provienen de dos o más órganos.

Según los efectos:

  • Actos favorables: Crean una situación jurídica nueva por la que se reconoce, otorga o declara un derecho o por la que se le exime de una obligación.
  • Actos de gravamen: Limitan derechos.
  • Actos constitutivos: Modifican o extinguen relaciones jurídicas.
  • Actos declarativos: Acreditan una situación jurídica.
  • Actos expresos: La Administración tiene que notificar por escrito.
  • Actos reglados: La Administración se limita a aplicar una norma que determina el contenido del acto.
  • Actos no reglados: La Administración puede optar entre varias soluciones.

Según el destinatario:

  • Actos de carácter singular: El destinatario es una persona individual.
  • Actos de carácter general: Los destinatarios son una pluralidad indeterminada.

4. Tipos de actos favorables y de gravamen

Actos favorables:

  • Concesiones: El acto administrativo permite a los particulares construir, explotar o aprovechar bienes o servicios de la Administración.
  • Admisiones: Se adjudica un estatus a una persona; por ejemplo, se admite a un lector en una biblioteca.
  • Autorizaciones: La Administración autoriza a una persona un derecho preexistente.
  • Aprobaciones: La Administración aprueba un acuerdo entre particulares.
  • Dispensas: Situación que exime a una persona de unas obligaciones.

Actos de gravamen:

  • Prohibiciones: Impiden realizar algo; por ejemplo, circular en una calle peatonal.
  • Sanciones: Castigo a una conducta incorrecta; por ejemplo, una multa.
  • Expropiaciones: Desposeer de un bien o un derecho a su legítimo propietario, por motivos de utilidad pública y mediante una indemnización legalmente fijada.

7. ¿Cuáles son los sujetos del acto administrativo? Concepto

Los sujetos del acto administrativo son:

  • Administración (sujeto activo): Emite el acto administrativo. Su competencia puede ser por razón del territorio, la materia o la jerarquía.
  • Administrado y/o interesado (sujeto pasivo): Destinatario del acto administrativo.

10. ¿Cuáles son los principios del procedimiento administrativo? Concepto

  • Principio de unidad: Es un único proceso con un comienzo y un fin.
  • Principio de contradicción: La resolución del procedimiento se basa en los hechos y en los fundamentos de derecho.
  • Principio de imparcialidad: Actuación imparcial sin someterse a favoritismos o enemistades.
  • Abstención: Funcionarios y autoridades no participan en el procedimiento si tienen algún conflicto de interés.
  • Recusación: El interesado puede solicitar la sustitución de la autoridad si considera que no es imparcial.
  • Principio de oficialidad: El procedimiento debe ser impulsado de oficio en todos sus trámites.

20. Fases del procedimiento administrativo y concepto

Iniciación:

Puede ser de oficio o a instancia de parte. La solicitud debe incluir:

  • Nombre y apellidos
  • Exposición de los hechos, razones y petición
  • Lugar, fecha y firma del solicitante
  • Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige

Ordenación:

Establece los pasos que ha de seguir el expediente administrativo. Los documentos se ordenan según llegan y no se pueden cambiar sin un motivo previo.

Instrucción:

Conjunto de actos que aportan al órgano decisorio los elementos necesarios para dictar resolución.

Terminación:

La Administración está obligada a dictar resolución y a notificarla. La resolución indicará los recursos que se pueden presentar, el plazo y el órgano administrativo ante el cual se debe presentar la interposición del recurso. Formas de terminación:

  • Desistimiento: Los interesados deciden no continuar.
  • Renuncia: Dejar el procedimiento definitivamente.
  • Caducidad: Transcurridos tres meses sin que el interesado actúe, se archiva el expediente.
  • Imposibilidad de continuar: Forma anormal de terminar el procedimiento, por ejemplo, en caso del fallecimiento de la única persona interesada.

22. ¿Cómo se puede imponer la ejecución forzosa en un procedimiento administrativo?

Se podrá imponer la ejecución forzosa a través de:

  • Apremio sobre el patrimonio: Cuando la persona obligada a ingresar una cantidad de dinero a la Administración no lo hace, la Administración puede recaudar esa cantidad por vía ejecutiva.

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