El contrato de


Definición de contrato De trabajo y elementos

Es el acuerdo entre el trabajador y el empresario por el Cual el trabajador se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena Cambio de una retribución.

Elementos


El consentimiento: Debe ser de mutuo acuerdo entre los portes, de manera que ninguna de ella haya Sido obligada a realizar el contrato o haya sido llevada a engaño y tiene que Ser presentado por personas que tengan capacidad laboral. El objeto del Contrato debe ser posible y determinado. Intercambiar trabajo por salario. La Causa real: es el modo por el que el empresario necesita al trabajador y se Tiene que corresponder con el tipo de contrato que se le haga.

Sujetos de contrato de Trabajo y capacidad necesaria

Los sujetos son el trabajador y el empresario

Trabajador: persona física que presta sus servicios De manera personal y voluntaria para otra persona llamada empresario. Empresario: Persona física o jurídica que recibe la prestación de servicios de los Trabajadores. 

La capacidad laboral necesaria es: – ser mayor de 18 o Desde 16 si legalmente esta emancipado. – los mayores de 16 pueden tener Contrato con consentimiento de los padres menos en trabajos nocturnos, Peligrosos o insalubres. – los menores de 16 años no pueden tener contrato excepto Para espectáculos públicos y con autorización de los padres.

Periodo de prueba

Es un periodo de tiempo que pueden pactar el empresario y el Trabajador para que ambas partes comprueben si es conveniente la contratación. Pacto: Para que exista periodo de prueba debe ser pactado en contrato, debe figurar Antes de iniciar el trabajo. Duración: suele venir reflejada en el Convenio colectivo. El estatuto de los trabajadores señala que será: para técnicos Un máximo de 6 meses, para el resto de trabajadores es de 2 meses, salvo en Empresas de menos de 25 trabajadores que es 3 meses. En prácticas, 1 mes en Grado medio y 2 meses en grado superior. Si el contrato es indefinido o de Apoyo al emprendedor su duración será de 1 año.
Derechos: el trabajador Tiene los mismos derechos. Cualquiera de las partes puede finalizar el contrato En el periodo de prueba sin necesidad de avisar y sin dar motivos. Le paga los días De trabajo realizado pero no la indemnización por despido.

Tipos de contrato, Esquema, explica contratos formales/causales y carácterísticas de esos Contratos

Tipos de contrato:
C. De duración determinada: * temporales/causales: -obra o servicio. –eventual Por circunstancias de producción. –de interinidad.
*fomentos de empleo: -contrato en formación. –en prácticas. –de relevo. –de sustitución por anticipación De edad de jubilación. – de discapacitados. * Contratos indefinidos: -indefinido ordinario. –de apoyo a emprendedores. –para discapacitados.

Temporal/causal


El trabajador solo trabaja cuando el empresario lo necesita.

Obra y servicio:


objeto: Realizar una obra o servicio concreto, duración incierta pero limitada. Duración: Se establece un máximo de tres años, si la duración es superior a 1 año el Empresario deberá preavisar 15 días antes de su finalización. Indemnización: 12 días por año trabajado o su parte proporcional.

Eventual por circunstancias de la producción:

objeto: hacer Frente al incremento de trabajo por acumulación de tareas, exceso de pedidos de Circunstancias del mercado. Duración e indemnización: no puede ser Superior a 6 meses en un periodo de 12 meses, salvo que el convenio lo amplié a 12 meses en un periodo de 18 meses.

Interinidad:

objeto: sustituir a otro trabajador que tiene reservado el puesto de Trabajo por baja laboral, maternidad/paternidad, etc… duración e indemnización: Por sustitución;hasta que se reincorpore el otro trabajador y Siempre mientras que este tenga reservado su puesto.



Explica que tipo de contrato es el de prácticas y sus carácterísticas

Es el contrato cuyo objetivo es realizar un Trabajo retribuido que facilite la práctica profesional. Requisitos: es Un título de FP o universidad, certificado de profesionalidad, grado medio o Grado superior. Realizar el contrato en los 5 años siguientes y determinar los Estudios. Para los jóvenes menores de 30 años no existirá el límite de 5 años Desde el título. Duración: un mínimo de 6 meses un máximo de 2 años. El periodo De prueba es un mes para grado medio y dos meses para grado superior. Retribución: El primer año al 60% del salario de un trabajador de la misma categoría o el Segundo año al 75%. El trabajador que haga 2 años de prácticas ya no puede ser Contratado en ninguna empresa con estecontrato, por escrito y oficial.

El contrato a tiempo parcial

Es aquel contrato que tiene por objetivo Realizar una prestación a un número de horas al día, a la semana, al mes, al Año, inferior a las que realiza un trabajador. Carácterísticas horas Complementarias: debe pactarse por escrito en el contrato o bien después pero De forma escrita, además de forma añadida a las pactadas, las empresas podrán ofrecer Horas complementarias, voluntarias hasta un 15%. Solo se ofrecerán a los Indefinidos. El preaviso de el día y la hora al trabajador será con una antelación Mínima de 3 días, salvo que el convenio establezca otra inferior.

Encadenamiento de contratos

Cuando un trabajador realiza un Encadenamiento de distintos contratos temporales, de obra y servicio, de Eventual por circunstancias de la producción, ya sea continua o discontinua, Durante 24 meses en un periodo de 30 meses, llega un momento en el que adquiere La condición de fijo en la empresa. El trabajador también puede acudir al Servicio público de empleo para que este le certifique los contratos temporales Realizados y así acreditar la condición de fijo en la empresa

Empresas de trabajo temporal (ETT)


Son empresas que contratan a Trabajadores para cederlos temporalmente a otras empresas llamadas empresas Usuarias, donde realmente se realiza la prestación de trabajo. Relación ETT – Empresa usuaria: se firma un contrato mercantil entre las dos empresas llamado Contrato de puesta a disposición, por el cual la ETT le cede trabajadores a la Empresa usuaria y esta le paga una cantidad a cambio. Solo pueden cederse Trabajadores contratados temporalmente. Relación ETT – trabajador: se Firma un contrato de trabajo por escrito. La ETT es la responsable de pagar los Salarios y la seguridad social, así como la indemnización. Debe dar formación en Materia de prevención de riesgos laborales. El trabajador tiene derecho a Cobrar la misma cantidad que otro trabajador. La ETT abonara a la finalización una Indemnización de 12 días por año trabajado. El trabajador no paga nada a la ETT. Relación empresa usuaria – trabajador: la empresa usuaria tiene la Facultad de dirección y control sobre el trabajador. La empresa usuaria debe Informar sobre los riesgos laborales concretos de un trabajo. El trabajador puede Usar el transporte de la empresa usuaria y sus instalaciones. Los trabajadores Pueden acudir a los representantes de la empresa.

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