El Contrato de Trabajo: Tipos, Características y Reforma Laboral


El Contrato de Trabajo


Es el acuerdo entre dos partes, empresario y trabajador, por el que este último queda obligado a prestar un servicio por cuenta y bajo la dirección y organización del empresario, a cambio de una retribución. Debe de respetar las normas de ordenamiento jurídico: leyes, convenios colectivos, reglamentos…

Validez del Contrato de Trabajo

  • Consentimiento: Manifestación de la voluntad libre y sin engaño o fraude de las partes para firmarlo, consentimiento sin intimidación, dolo, abuso de ley o fraude.
  • Objeto: Es la prestación para la que se celebra el contrato, que tiene que ser posible, lícita y determinada y nunca contraria a las normas jurídicas o a las buenas costumbres.
  • Causa: La razón última por la que se pacta es ceder fuerza de trabajo a cambio de un salario.
Si no se cumplen estos elementos se anula el contrato.

Características y Formalización del Contrato de Trabajo

Capacidad del Trabajador

  • Mayor de edad: (los incapacitados no)
  • Extranjeros de acuerdo con la legislación aplicable.
  • Menores de edad mayores de 16 años emancipados legalmente.
  • Entre 16 y 17 años con la autorización de padre, madre o tutor.

Capacidad del Empresario

  • Si es menor de edad es necesario que un juez conceda el beneficio de la mayoría de edad, o si no está emancipado contar con la representación del padre, madre o tutor.

Formas del Trabajo

El artículo 8.1 del Estatuto de los Trabajadores permite celebrar contratos por escrito o de palabra, también indica unas modalidades que tienen que ser por escrito.

Son:
  • Contrato Formativo: (en prácticas y para formación)
  • Fijo-Discontinuo, De Relevo, A Domicilio, Por Obra y Servicio, Para trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

Los contratos de trabajo por escrito siempre que así lo exija una disposición legal o cualquiera de las partes, en los casos en que se acuerden por tiempo determinado y con una duración superior a las 4 semanas.

La legislación permite concertar un periodo de prueba, se especifica en los convenios colectivos.

Características del Periodo de Prueba: Siempre por escrito, Duración Máxima:

  • 6 meses técnicos titulados,
  • 2 meses demás trabajadores,
  • 3 meses para no titulados si la empresa es

Durante el periodo de prueba tiene los mismos derechos y obligaciones, y en cualquier momento se puede rescindir la relación laboral por ambas partes sin justificación. Y el periodo de prueba computa para la antigüedad.

Contenido Mínimo del Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo tiene que ser firmado por ambas partes y registrado en el INEM antes de 10 días y rellenado con un mínimo:

  • Identidad de las partes,
  • Tipo de contrato,
  • Fecha comienzo y fin,
  • Categoría profesional,
  • Jornada laboral,
  • Periodo de prueba,
  • Domicilio social de la empresa,
  • Ubicación del trabajo,
  • Retribución,
  • Distribución de vacaciones,
  • Plazo de preaviso si se rescinde el contrato,
  • Convenio colectivo,
  • Fecha y lugar de la firma.

Obligaciones del Empresario

  • Con los representantes de los trabajadores: Copia básica del contrato de trabajo, 4 ejemplares del contrato.
  • Con el servicio público de empleo: Registro del contrato en el INEM antes de 10 días. Copia básica firmada por los representantes de los trabajadores si hay.

Modalidades de Contrato

  • Indefinidos: Contrato indefinido ordinario, De fomento de la contratación indefinida, Fijo-discontinuo.
  • Temporales: Formativos: En prácticas, Para la formación.
  • De Duración Determinada: Eventual por circunstancias del mercado o la producción, Obra o servicio, Interinidad, Sustitución, Relevo.
  • Otras Modalidades: En grupo, A domicilio, Puesta a disposición.

Las modalidades pueden ser a tiempo completo o parcial.

Contratos Indefinidos

Son los contratos que no tienen fecha de fin.

Contrato indefindo:La indemnizacion es 45 dias por año trabajado.Contrato de fomento de la contratacion indefinida:Indemnizacion es de 33 dias por años de antigüedad.Contrato indefinido fijo-discontinuo:Trabajos que no se repiten en fechas,siempre por escrito y con fecha de duracion y jornada laboral.

CONTRATOS TEMPORALES:FORMATIVOS:EN PRACTICAS:Objeto:practica adecuada al nivel de estudios,Requisitos:titulacion oficial obtenida en los ultimos 4 años(6 discapacitados)y la duracion del contrato no puede ser superior a 2 años.Duracion:Minimo 6 meses y maxiomo 2 años,para grado medio el periodo de prueba es como maximo 1 mes y de grado superior maximo 2 meses.Jornada:Completo o parcial.Retribucion:Durante el primer año 60% del slario fijo estipulado y el segundo año el 75%.PARA LA FORMACION:Objeto:Proporciona formacion teorica y practica necesaria para desempeñar un oficio o puesto de trabajo.Requisitos:Entre 16 y 21 años tambien sin titulacion,Limite de 24 años para desempleados,No hay limite de edad si son desempleados que se incorporan a talleres de empleo o de personas con discapacidad,No o haber realizado el puesto de trabajo  por un tiempo maximo de 12 meses.Duracion:Minimo 6 meses y maximo 2 años,por convenio puede llegar hasta 3 años y 4 para los discapacitados.Jornada:A tiempo completo,como minimo el 15% tiene que ser formacion teorica.Retribucion:la estipulada en convenio,como minimo el smi(salario minimo interprofesional)CONTRATOS TEMPORALES:.INTERINIDAD:Objeto:sustituir a un trabajador y la duracion es hasta que vuelva el sustituido,no tiene derecho a indemnizacion.EVENTUAL POR LAS CIRCUNTANCIAS DE LA PRODUCCION:Objeto responder a las exigencias del mercado,duracion maxima de 6 meses y un periodo de 12,tiene derecho a 8 dias de indemnizacion.POR OBRA Y SERVICIO:Objeto:una obra o servicio determinado,la duracion es la necesaria.tiene derecho a 8 dias de indemnizacion.SUSTITUCION:Objeto:para sustituir a trabajadores que anticipan la jubilacion de 65 a 64 años.duracion minima de un año.RELEVO:para sustituir de forma parcial a trabajadores que se anticipan a la pension de jubilacion.OTRAS MODALIDADES:Contrato a domicilio:se realiza donde el trabajador desee,no hay vigilacia,salario el mismo que otro trabajador,indemnizacion de 8 dias. Contrato en grupo:se realiza en la empresa y el jefe de un grupo de trabajadores considerado en su totalidad.CONTRATO PUESTA A DISPOSISCION:son los que realizan las ETT y la empresa,y el trabajador queda sometido bajo los casos de realizar una obra o servicio,para acumulacion de tareas o exceso de despidospara sustitucion de puestos de trabajos.duracion maxima:CIRCUNSTACIAS DE LA PRODUCCION:6 meses como maximo en un periodo de 12.PARA CUBRIR UN PUESTO DE TRABAJO:maximo 3 meses.

ELEMENTOS BASICOS DE LA REFORMA LABORAL:IMPULSO DE EMPLEO:mayor contratacion indefinida,pasar de temporales a fijos,reduccion de cotizacion empresariales.LIMITAR LA UTILIZACION DE CONTRATOS TEMPORALES:en contra del abuso de contratos temporales,refuerzo de la inspeccion de trabajo.OTRAS MEJORAS:mejorar la proteccion de lostrabajadores ante la falta de empleo

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