El Contrato de Trabajo
Definición
Un contrato de trabajo es un acuerdo entre dos personas en el que el trabajador se compromete a prestar servicios bajo la dirección de la otra, recibiendo a cambio una retribución garantizada y ajena al riesgo de la empresa.
Elementos del Contrato
Forma
- Escrito: Deben estar por escrito según la disposición legal.
- Verbal: Solo en dos casos: contrato eventual (duración igual o inferior a 1 mes) y contrato indefinido ordinario, pero cualquiera puede exigirlo por escrito.
Duración
Contratos de Duración Determinada
- Para la formación
- Prácticas
- Por obra o servicio determinado
- Eventual o por producción
- Interinidad
- De relevo
- De inserción
Otros Contratos
- A tiempo parcial (número de horas o días semanales)
- De trabajos fijos discontinuos (todos los años durante un tiempo determinado)
Obligaciones de Seguridad Social
- Inscribir a la empresa en la Seguridad Social
- Afiliar a los trabajadores
- Dar de alta a los trabajadores
- Tramitar la baja y variación de trabajadores
- Cotizar a la Seguridad Social
Suspensión del Contrato de Trabajo
Se produce cuando no se trabaja o no se paga. Los efectos son la desaparición temporal de la obligación de trabajar y de remunerar el trabajo.
Causas de Suspensión
- Mutuo acuerdo
- Incapacidad temporal
- Maternidad
- Ejercicio de cargo público
- Privación de libertad
- Suspensión de empleo y sueldo
- Fuerza mayor
- Huelga
- Cierre legal
- Paternidad
- Violencia de género
La Excedencia
Es un caso especial de suspensión del contrato en el que se libera al trabajador de las obligaciones y al empresario de remunerar.
Tipos de Excedencia
- Forzosa
- Voluntaria
- Cuidado familiar
Extinción del Contrato
El contrato deja de existir y se eliminan las obligaciones de ambas partes.
Causas de Extinción
- Cumplimiento de su duración: Por el plazo establecido.
- Extinción por voluntad del trabajador: Da por terminada la relación laboral por cualquier causa.
- Dimisión (15 días de antelación)
- Abandono (no va al trabajo)
- Por incumplimientos graves del empresario
- Extinción por voluntad del empresario:
- Despido disciplinario (sin derecho a indemnización)
- Despido por causas objetivas: No se fundamenta en el incumplimiento del trabajador, sino en concurrencias objetivas (falta de adaptación, etc.)
- Despidos colectivos o por fuerza mayor: Con indemnización
- Otras causas: Muerte, jubilación, etc.
El Finiquito
Es un documento de liquidación que, al firmarlo, el trabajador declara extinguido el contrato y da por liquidados los derechos que pudieran corresponderle a la liquidación de haberes adeudados.
El Sistema de la Seguridad Social
Es un sistema público cuyo objetivo es proteger a las personas en su campo de aplicación y a sus familiares a su cargo frente a riesgos o contingencias que ocasionan situaciones de necesidad.
Tipos de Seguridad Social
- Contributiva: Para trabajadores y familiares a su cargo que cumplen requisitos y han cotizado.
- No contributiva: Para personas que no han cotizado nunca y son solidarias.
Obligaciones con la Seguridad Social
- Reconocer a las personas que están protegidas.
- Reconocer las prestaciones adecuadas a las diferentes contingencias.
- Recaudar los fondos que permiten hacer frente a la demanda de prestaciones.
Obligaciones del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
- Inscripción de la empresa: Cuando un autónomo contrata a un trabajador, debe formular una inscripción como empresario.
- Afiliación: Deberá proceder a la afiliación si no estaba con anterioridad en un plazo de 30 días desde el inicio de la actividad.
- Alta: Debe comunicar el alta en el RETA en un plazo de 30 días. Seguidamente, debe comunicar si quiere cubrir la contingencia de incapacidad temporal y a través de qué mutua desea recibir las prestaciones correspondientes.
- Cotización: El trabajador autónomo decide la base para cotizar, la máxima o la mínima.
Incapacidad Temporal (IT)
Situación en la que el sujeto se encuentra impedido para trabajar, de manera no permanente, debido a causas relacionadas con la salud.
Requisitos
- Afiliación y alta en la Seguridad Social.
Cálculo del Subsidio
- IT derivada de enfermedad común o accidente no laboral: 60% de la base reguladora (BR) desde el día 4 hasta el 20, y 75% desde el día 21 en adelante. Desde el día 4 hasta el 15 es a cargo del empresario, a partir del día 16 a cargo de la Seguridad Social.
Maternidad
Situación en la que el sujeto no asiste al trabajo por el disfrute de los descansos establecidos legalmente para la maternidad y los supuestos asimilados.
Cálculo del Subsidio
100% de la BR.
Incapacidad Permanente (IP)
Situación en la que se encuentra el trabajador con disminución o anulación de su capacidad laboral con carácter permanente.
Prestación
Pensión de carácter vitalicio.
Jubilación
Esta contingencia puede dar lugar a pensión contributiva o a pensión no contributiva.
Situación en la que, por causa de edad, el trabajador cesa voluntariamente en su trabajo.
Requisitos
- Edad: Cumplir los 65 años. En algunos casos se concede antes.
- Periodo de carencia: 15 años de cotización, de los cuales 2 deben estar comprendidos en los últimos 15 años.
Cálculo del Subsidio
- Primeros 15 años: 50% de la BR.
- Cada año adicional entre 16 y 25: un 3% más.
- 35 años cotizando: 100% de la BR.