GESTIÓN DEL SISTEMA DE EMPLEO GSE publico:
se realiza por cada Administración y tiene como objetivo garantizar que la Administración cuenta con las personas necesarias con los perfiles adecuados y en el momento preciso. Para la gestión de los recursos humanos las Administraciones disponen de diversos instrumentos. Los instrumentos de ordenación de la gestión de recursos humanos son aquellos medios de los que se sirve el empleador para ordenar la gestión de su personal:
Así junto a la planificación están la oferta pública de empleo, el registro de personal, la plantilla y la relación de puestos de trabajos.
La planificación de los recursos humanos en las AdministracionesPublics tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad. tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad. Las Administraciones Públicas podrán aprobar Planes para la ordenación de sus recursos humanos, que incluyan, entre otras, algunas de las siguientes medidas:
A) Análisis de las disponibilidades y necesidades de personal, tanto desde el punto de vista del número de efectivos, como del de los perfiles profesionales o niveles de cualificación de los mismos.b) Previsiones sobre los sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos de trabajo.c) Medidas de movilidad, entre las cuales podrá figurar la suspensión de incorporaciones de personal externo a un determinado ámbito o la convocatoria de concursos de provisión de puestos limitados a personal de ámbitos que se determinen.
D) Medidas de promoción interna y de formación del personal y de movilidad forzosa
E) La previsión de la incorporación de recursos humanos a través de la Oferta de empleo público
La oferta pública de empleo sirve para hacer públicas con carácter anual las vacantes que se pretenden cubrir a lo largo de un ejercicio presupuestario porque las necesidades de la Administración no han podido ser satisfechas con los efectivos de personal existentes.Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
La Oferta de empleo público se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y deberá ser publicada en el Diario oficial correspondiente. Los Registros de Personal son el instrumento que tiene por finalidad proporcional a la Administración la información precisa sobre la situación e historial profesional de sus empleadosCada Administración Pública constituirá un Registro en el que se inscribirán los datos relativos al personal.Mediante convenio de Conferencia Sectorial se establecerán los contenidos mínimos comunes de los Registros de personal y los criterios que permitan el intercambio homogéneo de la información entre Administraciones, con respeto a lo establecido en la legislación de protección de datos de carácter personal.
Las Administraciones Públicas impulsarán la gestión integrada de recursos humanos.
Cuando las Entidades Locales no cuenten con la suficiente capacidad financiera o técnica, la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas cooperarán con aquéllas a los efectos contemplados en este artículo.
La plantilla de personal comprende la relación de todas las plazas reservadas a funcionarios, personal laboral, y eventual, debiendo responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia. Se aprueban junto a los Presupuestos.
Han de establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijen con carácter general poniendo así de manifiesto la estrecha vinculación entre política de personal y política presupuestaria.
Relación Puesto de Trabajo:
• Las relaciones de puestos de trabajo son el instrumento técnico a través del cuál se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto.
• Las relaciones comprenderán, conjunta o separadamente, los puestos de trabajo del personal funcionario de cada Centro gestor, el número y las características de los que puedan ser ocupados por personal eventual así como los de aquellos otros que puedan desempeñarse por personal laboral.
• Las relaciones de puestos de trabajo indicarán, en todo caso, la denominación, tipo y sistema de provisión de los mismos; los requisitos exigidos para su desempeño; el nivel de complemento de destino y, en su caso, el complemento específico que corresponda a los mismos, cuando hayan de ser desempeñados por personal funcionario, o la categoría profesional y régimen jurídico aplicable cuando sean desempeñados por personal laboral.
• La creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo.
• La provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario, así como la formalización de nuevos contratos de personal laboral fijo, requerirán que los correspondientes puestos figuren detallados en las respectivas relaciones.
• Este requisito no será preciso cuando se trate de realizar tareas de carácter no permanente mediante contratos de trabajo de duración determinada y con cargo a créditos correspondientes a personal laboral temporal o al capítulo de inversiones.
• Las relaciones de puestos de trabajo serán públicas.