Concepto
El procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin. La elaboración de un acto administrativo está sujeta a una forma prescrita en el ordenamiento jurídico, designada como procedimiento administrativo.
Tipos de Procedimientos Administrativos
Según su finalidad:
- Procedimientos de gestión: La actividad normal de la administración.
- Procedimientos de reclamación o recurso: Se llevan a cabo tras una impugnación por parte de los administrados.
- Procedimientos ejecutivos o de apremio: Se inician para la plena efectividad de un acto administrativo previo.
- Procedimientos sancionadores o correctivos: Se sanciona a un particular por la infracción de una disposición administrativa.
- Procedimientos disciplinarios: Se sanciona a un funcionario.
Según su forma de inicio:
- De oficio: Iniciados por la propia administración.
- A instancia de parte: Iniciados por el ciudadano o administrado.
Según las normas que se aplican:
- Estatales: Regulados por la Ley 39/2015 del 1 de octubre, la Ley del Procedimiento Administrativo Común, aplicable a la administración del estado y a las administraciones que no tengan su propio procedimiento administrativo.
- Locales, Militares, Institucionales
Principios Informadores del Procedimiento Administrativo
- Tendencia a la unidad: Busca la uniformidad de los procedimientos.
- Respeto y deferencia hacia el administrado:
- Elección de lengua oficial por parte de los administrados.
- Compatibilidad de las obligaciones del administrado con sus obligaciones administrativas.
- Garantías de los administrados:
- Posibilidad de contradicción.
- Igualdad entre todos los interesados.
- Riguroso orden de despacho.
- Seguridad.
- Igualdad: Todos los administrados son iguales ante la ley.
- Eficacia y rapidez: Prioriza la celeridad en la tramitación.
- Riguroso orden de despacho: Los expedientes se tramitan en orden.
- Eficacia en la resolución: Obligatoriedad de resolver de manera expresa o presunta (silencio administrativo), celeridad, impulso de oficio y congruencia entre lo solicitado y lo resuelto.
- Antiformalismo: Facilitar la gestión al administrado.
- Transparencia y responsabilidad.
Fases del Procedimiento Administrativo
Existen cuatro fases:
1. Iniciación
- De oficio:
- Por acuerdo del órgano competente.
- A iniciativa propia.
- Por orden de un órgano superior jerárquico.
- A petición.
- Por denuncia.
- A instancia de parte: El interesado inicia el procedimiento mediante un escrito o petición con contenido mínimo: identificación, hechos y razones, petición concreta, lugar, fecha, firma y órgano al que se dirige.
2. Ordenación
Fase de trámite, notificaciones a los interesados. Abarca todas las fases.
3. Instrucción
Fase de pruebas, la más importante. Proporciona al órgano decisor los elementos de juicio necesarios para una resolución acertada. Se pueden practicar pruebas válidas en derecho: documentos, manifestaciones de interesados, declaraciones de testigos e informes periciales (facultativos u obligatorios).
4. Terminación
- Normal: Resolución expresa o presunta (silencio administrativo).
- Anormal: No se produce una resolución:
- Desistimiento: Se puede reiniciar el procedimiento.
- Renuncia: No se puede reiniciar el procedimiento.
- Caducidad: El expediente caduca por incumplimiento de plazos.