El Proceso de Integración y Ampliación de la UE


TEMA 11:El proceso de integración. Los tratados: Los tratados fundacionales: en el Tratado de Roma (1957), los Estados de la CECA firmaron los tratados constitutivos de la CEE y el EURATOM. La CEE (Comunidad Económica Europea) establecía el mercado único o libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales entre los Estados miembros. El EURATOM (Comunidad Europea de Energía Atómica) pretendía desarrollar la investigación y la industria nuclear con fines pacíficos. La CECA, la CEE y el EURATOM constituyeron las Comunidades Europeas. Las modificaciones de los tratados funcionales:

  1. El Acta Única Europea (1986) aumentó los poderes del Parlamento Europeo.
  2. El Tratado de la Unión Europea (TUE) o Tratado de Maastricht (92-93) incorporaba como principal novedad la idea de alcanzar una unión económica y monetaria (creando el euro). Los otros dos pilares incluían los temas más políticos en los que los Estados solo se comprometían a cooperar: la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), y los asuntos de Justicia e Interior (JAI).
  3. Tratado de Ámsterdam (1997) y Tratado de Niza (2001).
  4. El Tratado de Lisboa (2007) reformó el Tratado de la Unión Europea (TUE), y es más importante desde entonces, decidiendo asuntos como: dotar de personalidad jurídica única a la UE, es decir, de capacidad internacional para firmar tratados o convenios con terceros países. Incrementa la democracia al reforzar el poder legislativo del Parlamento Europeo y favorecer la participación a través de la iniciativa ciudadana (si un millón de ciudadanos pide a la Comisión Europea que proponga una medida legislativa, esta tendrá la obligación de impulsarla). Contempla la posibilidad de abandono negociado de la Unión por un Estado miembro.

****El proceso de ampliación****: Las sucesivas ampliaciones: los requisitos para entrar, fijados en 1993 (criterios de Copenhague), son poseer un sistema democrático, una economía de mercado en funcionamiento y la capacidad para asumir sus obligaciones como miembros. En 1951 y 1957, los seis países fundadores fueron Francia, República Federal de Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo. En 1973, Dinamarca, Reino Unido e Irlanda. Entre 1981 y 1986 se amplió por el sur con la incorporación de Grecia (1981), Portugal (1986) y España (1986), que retrasaron su entrada por venir de regímenes dictatoriales. En 1995 entraron Suecia, Finlandia y Austria. En 2004 tuvo lugar la mayor ampliación con las tres repúblicas bálticas (Estonia, Lituania, Letonia), Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría y Eslovenia, y dos Estados insulares mediterráneos: Chipre y Malta. En 2007, se incorporaron Rumanía y Bulgaria. Actualmente, y ante la crisis económica, se ha paralizado el proceso de ampliaciones.

Las consecuencias de la ampliación:

  1. Consecuencias políticas: por una parte, las ampliaciones tienen efectos positivos sobre la paz, al enterrar definitivamente la Europa de dos bloques y la Guerra Fría, y sobre la democracia, al exigirse a los nuevos miembros.
  2. Consecuencias socioeconómicas: el mercado único se ensancha dando lugar a grandes oportunidades de inversión económica para empresas y particulares. Las actividades económicas se diversifican, pero las desigualdades internas han aumentado, pues los nuevos miembros tienen un PIB per cápita muy inferior a la media comunitaria.
  3. Consecuencias culturales y medioambientales: en el terreno cultural, supone un enriquecimiento cultural. En cuanto al medio ambiente, es obligatorio aplicar la legislación de la UE, lo que aminora el riesgo de desastres ecológicos.

****Las instituciones de la UE****:

  1. El Consejo Europeo es el máximo órgano político de la UE. Está formado por los jefes de Estado o de Gobierno que, según cada país, deben ser quienes ostentan el poder ejecutivo. La función principal del Consejo Europeo es determinar los objetivos y las prioridades generales de la UE en reuniones o cumbres celebradas dos veces por semestre.
  2. El Consejo de la UE representa a los Estados miembros, está integrado por un ministro de cada Estado, que varía según el tema tratado. Su presidencia es rotatoria, cada seis meses. Sus funciones, compartidas con el Parlamento (codecisión), son aprobar las leyes y el presupuesto europeo, además de definir y coordinar las políticas económicas, la política exterior y de seguridad común, y firmar acuerdos internacionales.
  3. El Parlamento Europeo está formado por parlamentarios elegidos por sufragio universal cada cinco años, que se agrupan por grupos ideológicos y no por países. El número de parlamentarios está fijado en 750 más el presidente. Cada Estado tiene un número proporcional a su población, aunque se garantiza un mínimo de 6 a los países pequeños y un máximo de 96 a los grandes, de modo que se beneficia a los pequeños. Las funciones del Parlamento, compartidas con el Consejo de la UE, son aprobar la legislación y el presupuesto europeos. Hay dos tipos de normas comunitarias: el reglamento comunitario (ley que hay que cumplir con los 27 Estados sin cambiar una coma) y la directiva (ley europea que fija una intención pero deja a cada Estado la forma y los detalles para cumplirla).
  4. La Comisión Europea representa los intereses de la UE, está compuesta de un presidente, un vicepresidente y comisarios encargados de las diferentes áreas.
  5. Los tribunales de justicia.
  6. El Tribunal de Cuentas.
  7. El Banco Central Europeo: está formado por un presidente, un vicepresidente y los gobernadores de los bancos centrales de la zona euro y de los demás miembros de la UE. Su función es diseñar y ejecutar la política monetaria de la Unión, así como los tipos de interés y el precio del dinero. Además, la UE cuenta con diversos organismos y cargos como el Comité de las Regiones, el Defensor del Pueblo (que investiga las denuncias de particulares y empresas sobre la mala gestión de las instituciones europeas), etc.

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *