¿Qué es la Nación?
La nación es un conjunto de individuos que, al habitar en determinado territorio y estar unidos por una misma cultura, lengua, raza o religión, reconocen un mismo origen y persiguen un mismo destino. Es un concepto netamente sociológico (no político) compuesto por:
Elementos Objetivos
- La población (elemento humano).
- El territorio (elemento geográfico).
- La circunstancia de reconocer un mismo origen, compartir una misma idiosincrasia, cultura, raza, lengua o religión (elemento que unifica).
Elemento Subjetivo
La convicción y el deseo de vivir juntos, de formar una gran familia, de perseguir un mismo objetivo y un mismo destino.
¿Qué es el Nacionalismo?
El nacionalismo es la voluntad, el ánimo y la convicción de estar juntos para siempre con el fin de forjar un destino común. Los nacionalismos tienen formas de constituir una nación y pueden organizarse y provocar el nacimiento del Estado.
¿Qué es el Estado?
La palabra “Estado” fue utilizada por primera vez en el siglo XVI por Nicolás Maquiavelo (político, pensador y escritor renacentista), quien usó el término “stato” (vocablo que deriva del latín status), que a su vez significa “orden”, para referirse al “orden u organización política de una Nación”.
Elementos del Estado
- Población: Es el elemento humano del Estado. Es el conjunto de habitantes que existen en un determinado territorio.
- Territorio: Es el elemento geográfico del Estado. Es el lugar geográfico en el que habita una población determinada y delimita el ámbito dentro del cual los habitantes están sometidos al poder del Estado al que pertenece ese territorio.
- Poder: Es la “capacidad de mando” o la “facultad para mandar, para imponerse”. Es el que tienen los gobernantes para llevar a cabo su cometido.
- Gobierno: Es la manifestación de la organización política de la Nación. Es el conjunto de órganos que ejercen el “poder” del Estado, para conducir los destinos de una Nación.
Derecho
Derecho Objetivo
Es el conjunto de normas que sirven para regular la relación entre los hombres en una sociedad y para ordenar el funcionamiento de los órganos de gobierno.
- Derecho Natural: Es un conjunto de principios o normas no escritas, creadas por Dios o por el orden natural, y universalmente aceptadas como válidas por el hombre. Se acepta como válido desde nuestra conciencia.
- Derecho Positivo: Es el que ha sido creado por el hombre. Son creados por los órganos de gobierno correspondientes para regular la vida en sociedad y el funcionamiento de las instituciones. Por lo general, es escrito (Constitución, ley, decreto). También existen derechos vigentes no escritos o consuetudinarios, fundados en la costumbre.
Derecho Subjetivo
Es el conjunto de facultades o atribuciones que cada hombre tiene asignadas por las normas que integran al Derecho objetivo.
¿Qué es una Ley?
Análisis de la ley desde los puntos de vista material y formal:
- Enfoque Material u Objetivo (Ley en sentido material): Ley es toda norma general y obligatoria. No importa qué órgano dicte la norma. Interesan las características de la misma: generalidad y obligatoriedad.
- Enfoque Formal o Subjetivo: Ley es toda norma que emane del Congreso. No importa aquí que sea general y obligatoria, o que tenga un alcance limitado, ya que se define a la ley según el órgano que la dicta.
¿Qué forma de gobierno adopta la Constitución Nacional Argentina?
Adopta la forma representativa, republicana y federal.
- Representativa: Se refiere a un sistema democrático indirecto o representativo.
- Republicana: Significa “cosa pública”.
- Federal: Implica la descentralización territorial del gobierno, coexistiendo un Estado Nacional o central con varios Estados locales o provinciales.
Iniciativa Popular (Ley 24.747)
La iniciativa popular consiste en la posibilidad de presentar proyectos de ley sobre cualquier cuestión. La ley 24.747 reglamenta, entre otras, cuestiones tales como:
- La forma de presentación del proyecto: por escrito, en forma de ley, con términos claros, exponiéndose los fundamentos de la iniciativa, el origen de los fondos, y los datos de los promotores y firmantes.
- La cantidad de firmas necesarias: el uno y medio por ciento del padrón electoral.
- La forma de control de las firmas: la justicia nacional electoral verificará la autenticidad por muestreo (0,5% del total). Si el 5% o más son falsas, el proyecto se desestima.
Tipos de Consultas
- Vinculante u Obligatoria: El pueblo está obligado a votar y las autoridades deben respetar la opinión del pueblo. Solo la Cámara de Diputados puede convocar a consultas vinculantes.
- No Vinculante u Optativa: El pueblo puede no concurrir a las urnas y las autoridades pueden no acatar la decisión popular.
Defensa del Orden Constitucional y Sistema Democrático
La Constitución fue pensada para periodos de normalidad, pero se contempló la posibilidad de emergencias institucionales, instituyendo el “estado de sitio”.
La Constitución sanciona:
- A quienes ejecuten actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático.
- A quienes usurpen funciones de autoridades legítimas.
La sanción corresponde a los “traidores de la patria” (tomar armas contra la nación o ayudar a sus enemigos):
- Inhabilitación de por vida para ocupar cargos públicos (con facultad presidencial de indulto o conmutación de penas).
- Exclusión de beneficios en un eventual indulto y 10 años de prisión a cadena perpetua.