Elementos del IRPF


1.¿Quiénes están obligados a presentar Declaración del IRPF 2017?

A Título de ejemplo, están obligados a declarar, entre otros, los siguientes Contribuyentes:

·Los contribuyentes que hayan percibido Rendimientos íntegros del trabajo procedentes de un mismo pagador por importe Superior a 22.000 euros anuales.

·Los contribuyentes que hayan percibido Rendimientos íntegros del trabajo por importe superior a 12.000 euros en los Siguientes supuestos:

-Cuando procedan de más de un pagador, si la suma De las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de Cuantía, supera la cifra de 1.500 euros anuales.

-Cuando se trate de pensionistas con varias Pensiones cuyas retenciones no se hayan practicado de acuerdo con las determinadas Por la Agencia Tributaria, previa solicitud del contribuyente al efecto, por Medio del modelo 146.

-Cuando se perciban pensiones compensatorias del Cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

-Cuando el pagador de los rendimientos del Trabajo no esté obligado a retener.

-Cuando se perciban rendimientos íntegros del Trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

·Los contribuyentes que hayan sido titulares de Bienes inmuebles de uso propio distinto de la vivienda habitual y del suelo no Edificado, cuyas rentas imputadas junto con los rendimientos derivados de Letras del Tesoro y el importe de las subvenciones para la adquisición de Vivienda de protección oficial o de precio tasado sea superior a 1.000 euros Anuales.

·Los contribuyentes titulares de actividades Económicas, incluidas las agrícolas y ganaderas, sea cual sea el método de Determinación del rendimiento neto de las mismas, siempre que los rendimientos íntegros junto con los del trabajo y del capital, así como el de las ganancias Patrimoniales sea superior a 1.000 euros anuales.

·Los contribuyentes que hayan obtenido ganancias Patrimoniales no sujetas a retención o ingreso a cuenta, cuyo importe total, o Conjuntamente con los rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de Actividades económicas, sea superior a 1.000 euros anuales.


·Los contribuyentes que hayan obtenido pérdidas Patrimoniales en cuantía igual o superior a 500 euros anuales.

·Los contribuyentes que hayan realizado Aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes De pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social Empresarial, seguros de dependencia, o mutualidades de previsión social con Derecho a reducción de la base imponible y que deseen practicar la Correspondiente reducción.

2.¿Quiénes no están obligados a presentar Declaración del IRPF 2017?

En ningún caso tendrán que Declarar el IRPF los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos Del trabajo, del capital (mobiliario o inmobiliario), de actividades económicas Y ganancias patrimoniales, sometidas o no a retención, cuando la suma de todos Ellos no exceda de 1.000 € brutos anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía Inferior a 500 €.

3.¿Cuál es el plazo para obtener el borrador De la declaración?

Desde El 5 de Abril hasta el 30 de Junio de 2017.

4.¿Cuál es el plazo de presentación de las Declaraciones del IRPF?

Será el comprendido entre los días 5 de Abril y 30 de Junio de 2017, ambos inclusive.

5.¿Cuál es la forma de presentación de las Declaraciones del IRPF?

·Presentación electrónica por Internet.

·Presentación mediante el papel impreso.

·Presentación a través de los Servicios de Ayudas

6.Pago de la deuda tributaria del IRPF

Si como resultado Final de la declaración del IRPF se obtiene una cantidad a ingresar, el Contribuyente deberá efectuar el ingreso de dicho importe en el Tesoro Público.

Sin embargo, para Realizar el ingreso de la deuda tributaria del IRPF el contribuyente podrá Optar por efectuarlo de una sola vez, o bien por fraccionar su importe, sin Interés ni recargo alguno, en dos plazos:

A) El primero, del 60 por 100, en el momento de presentar la Declaración

B) El segundo, del 40 por 100 Restante, hasta el día 6 de Noviembre de 2017, inclusive


7.¿Lugar de presentación e ingreso de las Declaraciones del IRPF?

Si como resultado final de la Declaración del IRPF se obtiene una cantidad a ingresar, el contribuyente Deberá efectuar el ingreso de dicho importe en el Tesoro Público.

8.¿Cómo se devuelve?

El pago de la cantidad a devolver se realizará mediante transferencia Bancaria a la cuenta bancaria que el obligado tributario o su representante Legal autorizado indiquen como de su titularidad en la autoliquidación tributaria.

9.¿Cuándo se devuelve?

La Administración dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la Declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación Provisional que confirme, o rectifique, el importe de la devolución solicitada Por el declarante. 

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *