Empresa mercantil


1. Salario mínimo interprofesional (SMI)
– Mensual 900 €
– Anual 900 x 14
– Diario 900/30
– Hora SMI diario / 8
2. Fogosa (fondo de garantía salarial)
– Salario impago: tiempo como máximo garantiza 180dias y cantidad garantiza máximo 2 veces el salario
mínimo internacional por cada día
– Límite de indemnización:
Tiempo máximo de 360 días, cantidad máximo 3 veces x SMId/ cada día
3. Despido
Procedimiento: por escrito →carta de despido (casual, fecha efectiva del despido) si no esta de acuerdo: denuncia
15 días → privada → SMAC (servicio de modificación arbitraje conciliado) tiene 22 días hábiles, si pasan esos
22 días hábiles desde el despido se denuncia en el juzgado de lo social
Publico → recursos administrativos 15 días naturales, la administración y la empresa publica tiene 30 días naturales
para contestar, si no ir al juzgado de lo social
● Tipos
– Despido por causa técnicas u objetivos (despido objetivo)
o Causa
✓ Mala situación económica de la empresa (tiene que haber 3 trimestres consecutivos de
perdida o menos ingresos)
✓ Por amortización del puesto de trabajo por reorganización de la empresa (despido causa
organizativa
✓ Por falta de adaptación a cambios
✓ Perdida de rendimientos sobrevenida y no dolorosa
o Clasificación
✓ Procedente → cuando el trabajador acepte”, halla seguido correctamente el
procedimiento de despido (en la ficha efectiva de indemnización) si las causas son
demostrables.
Consecuencias → pagar indemnización por 20 días trabajado ¿?
✓ Improcedencia → cuando no se halla seguido correctamente el procedimiento de
despido. Cuando no se puede demostrar las causas del despido ni lo contrario y cuando
la empresa reconozca las imprudencias en la carta de despido y pague la indemnización
correspondiente. Consecuencia → la empresa tiene 5 días naturales para decidir entre 2
opciones: la readmisión (el trabajador devuelve la indemnización) mantener el despido
tendrá que pagar una indemnización.
Indemnización → 33 días de salario por año trabajado por un límite máximo 720 días, si se ha
trabajado antes de Febrero del 2012 la indemnización será 45 días de salario por año
trabajado por un límite máximo de 1260 días trabajado.
✓ Nulo → cuando se aprecia un tipo de discriminación, cuando se demuestre que la causa
es falsa por lo tanto se presume que hay discriminación, cuando el representante de los
trabajadores y no sea procedente. Consecuencia → el trabajador tiene 15 días para
decidir; readmisión (devolver la indemnización, pero le tiene que pagar el salario de
tramitación) aceptar irse readmisión improcedente pagan salario readminizacion
– Disciplinario
o Causa
✓ Incumplimiento muy grave de las obligaciones por parte del trabajador cualquier
incumplimiento supone una falta grave y muy grave
✓ Las faltas prescriben (solo se pueden sancionar por un tiempo) leve (15 días) graves (1
mes) muy graves (6 meses)
o Obligaciones
✓ 1º deber de obediencias
✓ 2º deber de colaboración
✓ 3º deber de diligencias
✓ 4º debes de buena fe
o Clasificación
✓ Procedente→ igual que el despido objetivo, salvo que no hay indemnización.
✓ Improcedente → igual que el despido objetivo
✓ Nulo → igual
– Colectivo
o Causa
La empresa decide el ERE, lo comunica a los representantes de los trabajadores con 15 días de
antelación y es el tiempo que va a pasar negociando. Se negociará en qué condiciones se
despide, si la negociación llega a un acuerdo, se ejecutan el ERE que había decidido la empresa.
4. Incapacidad temporal → bajas medicas
1. Por enfermedad común o accidente no laboral
✓ El periodo de carencia es de 6 meses en los últimos 10 años.
✓ La prestación económica del primer dia al tercer dia no prestación, del dia 4 al dia 20 se cobra el
60% BR y lo paga la mutua, de 21 al final 75% lo paga BR y la seguridad social. Los días de baja
son cotizados, pero no devengan pagas extras ni vacaciones. La duración de 6 meses se podría
prolongar hasta 6 meses mas
2. Accidente de trabajo o enfermedad
✓ Periodo de carencia no tiene
✓ BR = ∑ ¹² BCCP / 12
✓ Prestaciones económicas del dia 1 al 15 cobra el 75% BR y paga la mutua, del dia 16 al final cobra
el 75% BR paga la seguridad social.
✓ La duración es máxima son 6 meses y se puede llegar a prorrogar 6 meses mas si el equipo
medico cree que puede recuperarse otros 6 meses
5. Subsidios
1. Que no haya cotizado lo suficiente, no prestación
✓ Sin carga familiares solo puede cobrar la gente que tiene mas de 45 años el 80% de IPREM
(537,84) y tiene que haber cotizado mínimo 180 días
✓ Con cargos familiares→ si ha cotizado 90 días -119 días se tiene derecho a 3 meses de subsidio,
si se ha cotizado 120 – 149 días tiene 4 meses de subsidio, si ha cotizado 150- 179 días tiene 5
meses de subsidio, si ha cotizado 180 – 359 días tiene 21 meses de subsidio
2. Haber agotado la prestación
✓ Cuantía 80% IPREM 430,27 €
✓ Duración→ sin cargas familiares menores de 45 años no cobran y mayores de 45 años
prestación de 6 meses o mas. Con cargas familiares menores de 45 años si la prestación
adecuada 4 meses el subsidio será de 18 meses, si ha durado 6 meses o más el subsidio será de
24 meses. En los mayores de 45 años prestación si es 4 meses el subsidio será 24 meses y si ha
durado 6 meses el subsidio será de 30 meses
3. Para mayores de 55 años
✓ Requisito → ser mayor de 55 años y haber agotado prestación por desempleo y otros subsidios
posibles
✓ Duración → hasta la edad de jubilación
4. Para reos librados
✓ 6 mese de subsidios
5. Para emigrantes retornados (no entran los que han trabajado en el espacio económico europeo )
✓ 6 mese de subsidio
6. Para los que han perdido invalidez permanente
✓ 6 meses de subsidio

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