El Sexenio Democrático: Revolución, Constitución de 1869 y la Monarquía de Amadeo I de Saboya
El llamado «sexenio democrático» o «revolucionario» se inició en 1868 hasta 1874.
Revolución «Gloriosa» de 1868
La caída de la monarquía de Isabel II se debió al progresivo monopolio del poder político que ejercía el partido moderado, negando la participación política a otros grupos (todo ello con la complicidad de la propia reina). Finalmente, esos grupos (progresistas y demócratas) terminaron firmando el pacto de Ostende (1866), al que se une después la Unión Liberal, por el que se comprometían a movilizarse para derrocar a Isabel II. La conspiración, que termina triunfando, fue preparada por el general Juan Prim. En Cádiz, en septiembre de 1868, un grupo de generales, entre ellos Prim y Serrano, a los que se une el almirante Juan Bautista Topete, se pronunciaba contra el régimen de Isabel II. Antes de terminar el mes, el día 28, el general Serrano triunfaba en la batalla de Alcolea (Córdoba) sobre las fuerzas gubernamentales. La reina, que se encontraba en San Sebastián, donde veraneaba, abandonaba con su corte el país, el día 30, en dirección a Francia.
Gobierno Provisional (1868-1870) y Convocatoria a Cortes Constituyentes
A comienzos de octubre se formó un gobierno provisional presidido por el general Serrano, con ministros progresistas y unionistas, en el que figuraban, entre otros, el General Prim.
Entre las primeras medidas se creó la «peseta» (moneda nacional hasta 2002) y una reforma fiscal más justa.
En enero de 1869 se celebraron las elecciones a Cortes constituyentes, aplicándose el sufragio universal para los varones mayores de 25 años.
La Constitución de 1869
Proclamaba la soberanía nacional e instauraba una monarquía “democrática” (sufragio universal masculino).
Incorporaba una amplia declaración de derechos y libertades: reunión, asociación, expresión, sufragio universal, libertad de cultos, autorizándose “el ejercicio público y privado de cualquier otro culto”. El Estado se obligaba al mantenimiento del culto y el clero católico.
Las Cortes eran bicamerales, Congreso y Senado, elegidos ambos por sufragio universal masculino.
La función legislativa, “hacer las leyes”, correspondía a las Cortes, mientras al rey solo le tocaba sancionarlas y publicarlas. Se estaba, por tanto, ante una monarquía democrática, que ejercía el poder ejecutivo (división de poderes).
Había que elegir un nuevo rey. El gobierno de Prim se decidió por Amadeo de Saboya, segundo hijo del Rey de Italia Víctor Manuel II, que unificó el país y tenía fama de buen monarca constitucional.
Reinado de Amadeo I de Saboya (1870-1873)
Nada más llegar a España en 1870, Amadeo I se encuentra con que es asesinado el General Prim, su principal apoyo.
Además, surgen dos conflictos: la rebelión en Cuba se inicia y también la III Guerra Carlista, que tuvo poca importancia limitada a zonas de Aragón.
Amadeo I tendrá pocos apoyos, ya que los carlistas no lo querían. Otros preferían al hijo de Isabel II, Alfonso (alfonsinos). La Iglesia Católica tampoco aceptó al Hijo del Rey de Italia (Víctor Manuel II) que derrotó al Papa y quitó a este sus territorios italianos. Tampoco lo querían los republicanos ni los movimientos de izquierda (marxismo y anarquismo). Fue un período de inestabilidad política; en dos años, en efecto, se suceden seis gobiernos.
Cuando el rey debe firmar una ley para reformar el cuerpo de artillería que perjudicaba al ejército, se da cuenta de que no es querido y renuncia al trono.
Ante esta renuncia, Las Cortes deciden votar la I República Española.
El Sexenio Democrático: El Primer Ensayo Republicano y su Fracaso
I República Española (1873-1874)
La República nacía en un momento lleno de dificultades: una Hacienda sin fondos y llena de deudas, dos guerras abiertas (la carlista y en Cuba), movilizaciones de obreros (en Cataluña) y campesinos (en Andalucía), es decir, con mucha inestabilidad. En un año hubo cuatro gobiernos diferentes.
- Estanislao Figueras fue nombrado presidente. Surge el debate de qué tipo de república se debía formar, federal (donde las regiones tienen autogobierno y el país está descentralizado) o «unitaria», es decir, centralista. Triunfó la opción federal.
- Pi y Margall, un federalista, es presidente tras la renuncia de Figueras. En este momento tuvo lugar la revolución cantonalista.
Varias ciudades se declaran independientes del poder central. El primero en proclamarse, el 12 de julio, fue el cantón de Cartagena. Días después el movimiento se extendía a Valencia y a diversas localidades de Andalucía. Pi y Margall se vio desbordado y decidió dimitir para facilitar la formación de un gobierno dispuesto a restablecer el orden.
- Nicolás Salmerón tuvo que emplear al ejército para restablecer el orden. Dimitió por cuestiones de conciencia al negarse a firmar sentencias de pena de muerte.
- Emilio Castelar. Reforzó al ejército, se enfrentó a los cantonalistas de Cartagena y a la Tercera Guerra Carlista. Cuando Castelar acababa de dimitir, al ser derrotado en una moción de confianza, y se procedía a votar al nuevo gobierno, las tropas del General Pavía, con fuerzas de la Guardia Civil, disolvían el Congreso de los Diputados. Con este golpe de Estado quedaban disueltas las Cortes constituyentes poniéndose fin a la I República. Se abría un período de transición, la dictadura del General Serrano (1874) que dará lugar a la Restauración Borbónica.
Implantación del Régimen de la Restauración: Características y Funcionamiento del Sistema Canovista
Tras el golpe del general Pavía (3 de enero de 1874), el general Serrano encabezó el gobierno y dedicó todos sus esfuerzos a poner término a la tercera guerra carlista.
Antonio Cánovas del Castillo, historiador, conservador (liberal moderado), que venía defendiendo la restauración de la monarquía constitucional en la persona del hijo de Isabel II, Alfonso XII.
Va a ser otro pronunciamiento militar del general Martínez Campos, el 29 de diciembre de 1874, que proclamó en Sagunto a Alfonso XII, acto que fue secundado por las demás guarniciones del país. Alfonso XII, desembarca en Barcelona en enero de 1875.
Los primeros meses que medían entre la formación del primer gobierno de Cánovas y la aprobación de la Constitución de 1876 constituyeron una etapa clave en la conformación del nuevo régimen. Cánovas buscaba asentar la monarquía; elaborar una Constitución que permitiera gobernar a partidos políticos distintos y que acabara, como medio para alcanzar el poder, con los pronunciamientos y las intervenciones militares.
Por decreto de 31 diciembre de 1875 se convocan elecciones a Cortes constituyentes, de acuerdo con la ley electoral de 1870, por tanto, por sufragio universal. Con ello, Cánovas, hábilmente, buscaba la aprobación de los progresistas a la futura Constitución.
Constitución de 1876
Tiene cierto eclecticismo al reunir las influencias de la Constitución moderada de 1845 (al mantener el principio de la soberanía compartida, planteamiento que lleva a dar al monarca un gran protagonismo en el sistema político) y la democrática de 1869 (al incorporar bastantes de los derechos individuales reconocidos por aquélla).
Predomina el carácter moderado, pero es lo suficientemente elástica como para ser aceptada por los progresistas. El derecho de sufragio quedó sin detallar. El artículo 28 se remitía en tal materia al “método que determine la ley”.
Cánovas, por una ley electoral de 1878 restableció el sufragio restringido y, más tarde, Sagasta, en 1890, recuperó el sufragio universal.
- División de poderes, aunque el rey tiene muchas atribuciones.
- Cortes bicamerales (congreso y senado).
- Estado confesional católico, pero se permiten otras religiones.
El Sistema Político de la Restauración (Turnismo, Sistema Canovista)
Se basaba en la existencia de dos grandes partidos, el conservador (liberales moderados) y el liberal (liberales progresistas), que coincidían ideológicamente en lo fundamental: defendían la monarquía, la Constitución de 1876, la propiedad privada y la consolidación del Estado liberal, unitario y centralista.
Para el ejercicio del gobierno se contemplaba el turno pacífico o alternancia regular en el poder entre las dos grandes opciones dinásticas, cuyo objeto era asegurar la estabilidad institucional mediante la participación en el poder de las dos familias del liberalismo. Cuando el partido en el gobierno sufría un proceso de desgaste político y perdía la confianza de las Cortes, el monarca llamaba al jefe del partido de la oposición a formar gobierno. Entonces, el nuevo jefe de gabinete obtenía también del monarca el decreto de disolución de la Cámara y la convocatoria de elecciones, con el objetivo de construirse una mayoría parlamentaria suficiente para ejercer el poder de manera estable. El fraude en los resultados y los mecanismos caciquiles aseguraban que estas elecciones fuesen siempre favorables al gobierno que las convocaba.
Se ponen fin a los dos conflictos existentes: La tercera Guerra Carlista y la Guerra de Cuba (paz del Zanjón 1878).
Las Desamortizaciones
La desamortización española fue un largo proceso histórico, económico y social iniciado a finales del siglo XVIII con la denominada «Desamortización de Godoy» (1798) y cerrado bien entrado el siglo XX. Consistió en poner en el mercado, previa expropiación forzosa y mediante una subasta pública, las tierras y bienes que hasta entonces no se podían enajenar (vender, hipotecar o ceder) y que se encontraban en poder de las llamadas «manos muertas», es decir, la Iglesia católica y las órdenes religiosas —que los habían acumulado como habituales beneficiarias de donaciones, testamentos y abintestatos— y los llamados baldíos y las tierras comunales de los municipios, que servían de complemento para la precaria economía de los campesinos. Las desamortizaciones no afectaron a los bienes de la nobleza.
Etapas de las Desamortizaciones
- Los ilustrados (mediados s.XVIII) mostraron una gran preocupación por el atraso de la agricultura española y prácticamente todos los que se ocuparon del tema coincidieron en que una de las causas principales del mismo era la enorme extensión que alcanzaba en España la propiedad amortizada en poder de las «manos muertas» —la Iglesia y los municipios, de un modo fundamental— porque las tierras que poseían estaban en general mal cultivadas, además de que quedaban al margen del mercado, pues no se podían enajenar —ni vender, ni hipotecar, ni ceder— con el consiguiente aumento del precio de la tierra «libre», y no tributaban a la Hacienda Real por los privilegios de sus propietarios.
El conde de Floridablanca, ministro de Carlos III, en su famoso Informe reservado de 1787 se quejaba de los «perjuicios principales de la amortización». Las tímidas medidas desamortizadoras acordadas durante el reinado de Carlos III hay que situarlas en el contexto de los motines que tuvieron lugar en la primavera de 1766 y que son conocidos con el nombre de motín de Esquilache. - Durante el reinado de Carlos IV tuvo lugar la llamada «Desamortización de Godoy». Fue iniciada en 1798 cuando Carlos IV obtuvo permiso de la Santa Sede para expropiar los bienes de los jesuitas y de obras pías que, en conjunto, venían a ser una sexta parte de los bienes eclesiásticos. En ella se desamortizaron bienes de la Compañía de Jesús, de hospitales, hospicios, Casas de Misericordia y de Colegios Mayores universitarios e incluía también bienes no explotados de particulares.
- Después de un intenso debate que tuvo lugar en marzo de 1811, los diputados de las Cortes de Cádiz reconocieron la enorme deuda acumulada en forma de vales reales durante el reinado de Carlos IV, el Secretario de Hacienda interino José Canga Argüelles. En el decreto de 13 de septiembre de 1813, en el que quedó plasmada la propuesta de Argüelles, se denominaba «bienes nacionales» a las propiedades que iban a ser incautadas por el Estado para venderlas en pública subasta. Se trataba de los bienes confiscados o por confiscar a los «traidores», como Manuel Godoy y sus partidarios, y a los «afrancesados»; los de la Orden de San Juan de Jerusalén y de las cuatro órdenes militares españolas Orden de Santiago, Orden de Alcántara, Orden de Calatrava y Orden de Montesa; los de los conventos y monasterios suprimidos o destruidos durante la guerra; las fincas de la Corona, salvo los Sitios Reales destinados a servicio y recreo del rey; y la mitad de los baldíos y realengos de los municipios. Este decreto de 13 de septiembre de 1813, que en cierto modo constituye la primera norma legal general desamortizadora del siglo XIX, apenas pudo aplicarse debido al retorno de Fernando VII y del Estado absoluto.
- Tras la restauración de la Constitución de 1812 en 1820, los gobiernos liberales del Trienio (Trienio liberal 1820-1823) tuvieron que hacer frente de nuevo al problema de la deuda que durante el sexenio absolutista (1814-1820) no se había resuelto. Y para ello las nuevas Cortes revalidaron el decreto de las Cortes de Cádiz del 13 de septiembre de 1813 mediante el decreto de 9 de agosto de 1820 que añadió a los bienes a desamortizar las propiedades de la Inquisición española recién extinguida. También fue abordada por las Cortes del Trienio en relación con los bienes del clero regular. Estas desamortizaciones acaban en 1823.
- La de Juan Álvarez Mendizábal junto con la de Pascual Madoz constituyen las dos desamortizaciones liberales más importantes.
Mendizábal pasó a ser presidente del Consejo de Ministros en septiembre de 1835. El 11 de octubre de 1835 se decretó la supresión de todos los monasterios de órdenes monacales y militares. Los siguientes decretos serían, simplemente, un desarrollo del Decreto del 11 de octubre de 1835. El 19 de febrero de 1836 se decretó la venta de los bienes inmuebles de esos monasterios y el 8 de marzo de 1836 se amplió la supresión a todos los monasterios y congregaciones de varones.
Como la división de los lotes se encomendó a comisiones municipales, éstas se aprovecharon de su poder para hacer manipulaciones y configurar grandes lotes inasequibles a los pequeños propietarios, pero pagables, en cambio, por las oligarquías muy adineradas que podían comprar tanto grandes lotes como pequeños.
Los pequeños labradores no pudieron entrar en las pujas y las tierras fueron compradas por nobles y burgueses urbanos adinerados, de forma que no pudo crearse una verdadera burguesía o clase media en España que sacase al país de su marasmo.
Los terrenos desamortizados por el gobierno fueron únicamente los pertenecientes al clero regular. Por esto la Iglesia tomó la decisión de excomulgar tanto a los expropiadores como a los compradores de las tierras, lo que hizo que muchos no se decidieran a comprar directamente las tierras y lo hicieron a través de intermediarios o testaferros. - Durante el bienio progresista (al frente del que estuvo nuevamente Baldomero Espartero junto a O’Donnell) el ministro de Hacienda Pascual Madoz realiza una nueva desamortización (1855) que fue ejecutada con mayor control que la de Mendizábal. El jueves 3 de mayo de 1855 se publicaba en La Gaceta de Madrid y el 3 de junio la Instrucción para realizarla.
Se declaraban en venta todas las propiedades principalmente comunales del ayuntamiento, del Estado, del clero, de las órdenes militares (Santiago, Alcántara, Calatrava, Montesa, y San Juan de Jerusalén), cofradías, obras pías, santuarios, del ex infante Don Carlos, de los propios y comunes de los pueblos, de la beneficencia y de la instrucción pública, con las excepciones de las Escuelas Pías y los hospitalarios de San Juan de Dios, dedicados a la enseñanza y atención médica respectivamente.
Fue ésta la desamortización que alcanzó un mayor volumen de ventas y tuvo una importancia superior a todas las anteriores. Sin embargo, los historiadores se han ocupado tradicionalmente mucho más de la de Mendizábal, cuya importancia reside en su duración, el gran volumen de bienes movilizados y las grandes repercusiones que tuvo en la sociedad española.