Estructura del Conflicto
Para comprender un conflicto, es crucial analizar tres elementos clave:
- Personas: Identificar a los involucrados.
- Proceso: Comprender la dinámica del conflicto, incluyendo la fase de escalada y desescalada.
- Problema: Definir la cuestión central del conflicto.
Negociación
La negociación es un proceso fundamental en la resolución de conflictos. Existen dos tipos principales:
Negociación Posicional o Competitiva
Este tipo de negociación busca obtener la mayor ventaja posible. Sus elementos clave son:
- Objetivo real
- Punto de ruptura
- Oferta inicial
Conceptos importantes:
- ZOPA (Zona de Posible Acuerdo)
- MAPAN (Mejor Alternativa Posible a un Acuerdo Negociado)
Preguntas clave:
- ¿Cuáles son mis intereses con o sin acuerdo?
- ¿Cuáles son los intereses del otro con o sin acuerdo?
- ¿Cuál es la mejor alternativa?
- ¿Qué concesiones puedo hacer?
Negociación Integrativa o Colaborativa
Este enfoque busca que ambas partes se beneficien. Se desarrolla en cuatro pasos:
- Personas
- Intereses
- Opciones
- Criterios
Criterios para elegir el tipo de negociación:
- Simple o compleja
- A corto plazo
- Posición dominante
- Necesidad de acuerdo
- Tipo de relación
Tácticas para la Negociación
- Expectativas de futuro
- El farol
- El enlace de algo fuerte con algo débil
- Apuntar al corazón
- La pluma en el aire (retrasar la decisión para obtener más)
- Falta de autoridad
- Arriba y abajo (ofertas consecutivas)
Fases de la Negociación
- Preparación
- Exploración
- Debate o negociación
- Cierre
Mediación
La mediación es un proceso en el que un tercero imparcial ayuda a las partes a llegar a un acuerdo.
Fases del Proceso de Mediación
- Solicitud de inicio (Art. 16): Por acuerdo común o por una de las partes.
- Información y sesiones informativas (Art. 17)
- Sesión constitutiva (Art. 19):
- Identificación de las partes
- Designación del mediador
- Objeto del conflicto
- Programa de actuación y duración
- Información del coste
- Declaración de aceptación voluntaria
- Lugar de celebración y lengua
- Se levantará un acta.
- Terminación del procedimiento (Art. 22): Acuerdo o no, transcurrido el plazo, el mediador no ve posibilidad, renuncia del mediador sin nombrar otro. Firma del acta final de acuerdo.
- El acuerdo de mediación (Art. 23)
Conciliación
La conciliación puede ser:
- Judicial (preprocesal e intraprocesal)
- Extrajudicial
Tipos de Conciliación
- Preprocesal: LJV, LNOT, LHip.
- Intraprocesal: LEC.
Competencia objetiva: Secretario judicial (1ª instancia o de lo mercantil), 6000 euros juez de paz.
Competencia territorial: Domicilio del requerido, si es persona jurídica también puede ser el del solicitante. LJV 141.3 no es preceptivo abogado y procurador.
Proceso de Conciliación
- Solicitud por escrito: Datos de ambas partes y se fija el objeto de la conciliación.
- En 5 días se dicta resolución de admisión o no y se cita a las partes. Se paraliza la prescripción.
- Obligación de comparecer.
- La comparecencia se grava, fase réplica y contrarréplica.
- Hay avenencia o no, se refleja en el acta. Si es secretario judicial dicta un decreto, si es juez un auto. Lo convenido tiene fuerza ejecutiva 148 LJV. El notario levanta escritura pública. El registrador establece un certificado registral del acto de conciliación.
Conciliación Intraprocesal
Art. 414 y ss LEC: Audiencia previa, intentar un acuerdo o transacción que ponga fin al proceso.
Especialidades: 793 y 794 conciliación en materia de caudal hereditario y fijación de inventario. 810 liquidación del régimen económico matrimonial.
Conciliación Laboral
Ley JS art. 63 y ss.
Conciliación Penal
Injurias y calumnias.
Arbitraje
El arbitraje es un proceso en el que un tercero decide con carácter vinculante y definitivo.
Características del Arbitraje
- Voluntariedad
- Flexibilidad
- Extrajudicialidad
- Decisividad
- Confidencialidad
Principios Rectores del Arbitraje
- Igualdad entre las partes y armas en el arbitraje.
- Audiencia: Garantía de alegar y proponer pruebas.
- Contradicción: Garantía de defensa de la pretensión de cada parte.
Tipos de Arbitraje
- Institucional: (Más ventajoso que el Ad hoc) Administrado por una institución o corte, con sus reglamentos, medios y árbitros.
- Ad hoc: Sin intervención institucional, por árbitros de las partes y formas pactadas para cada caso.
- Por designación judicial: Ante la falta de acuerdo de las partes para designar.
- De derecho: Por aplicar para resolver normas legales y jurisprudencia.
- De equidad: Por aplicar en el laudo el leal saber y entender del árbitro, no la ley.
- Nacional: Entre partes de una nacionalidad.
- Internacional: Entre partes de dos o más nacionalidades.
- Especial: De consumo, de transporte…
- Ordinarios: Para resolución de conflictos generales.
Ventajas del Arbitraje
- Rapidez y mayor disponibilidad de quien resuelve: Solución en 6 meses, más disponibilidad y dedicación de los árbitros.
- Flexibilidad e inmediatez procedimental: Se evitan demoras, se reduce el deterioro de las relaciones comerciales o personales, menores daños para ambos.
- Economía: Es más económico y rentable en costes, el laudo es definitivo, firme y ejecutable sin apelación ni casación, no hay tasas judiciales, no es preciso abogado ni procurador.
- Confidencialidad: Esencial en el arbitraje, no publicidad en cuestiones como patrimonios familiares, propiedad industrial, este deber obliga a todas las partes.
- Especialidad: Los árbitros son especialistas en la materia jurídica o técnica arbitral, se garantiza calidad en los laudos.