Evolución del Constitucionalismo Español: De la Pepa a la II República


El Constitucionalismo.

Sistema político en el que el Estado se organiza a través de un conjunto de normas en una ley escrita. Es la norma suprema; recoge los principios y reglas que definen y regulan. Son las normas que definen el estado y las normas que sirven como base.

Comienza, para los españoles con la Pepa en 1812, aunque en realidad podemos fijar como fecha 1833, muerte de Fernando VII ya que una vez que este regresó al poder anularía en 2 ocasiones esta constitución y hasta su fallecimiento no podemos decir que acabase el Antiguo Régimen

1. El Estatuto de Bayona

Napoleón convoca en Bayona una asamblea de notables para fijar las bases de una nueva Constitución, que debía gobernar la monarquía. Contemplaba una declaración de derechos, el reconocimiento de la igualdad jurídica y la supresión de los privilegios, la unidad de códigos… no tiene la consideración de Constitución en sentido estricto ya que su origen era otorgado e impuesto por los invasores franceses.

2. La Constitución de 1812

Respecto a sus influencias, es destacada la ejercida por la declaración de los derechos del hombre y la constitución francesa, sin olvidar la propia tradición jurídica española. Características; origen popular, extensión considerable y difícil reforma. Establece el principio de soberanía nacional, separación de poderes y la representatividad política que afectaba al conjunto de la nación. Se reconocen los principios de unidad de códigos y de jurisdicción. Entre los derechos individuales: libertad personal, inviolabilidad de domicilio, libertad de expresión, propiedad privada e igualdad ante la ley.

3. Estatuto Real de 1834

Carta otorgada por la Corona el cual introduce el principio de la soberanía no nacional, sino compartida entre cortes y el rey, reconoce un sistema de dualidad representativa distinguiendo entre estamento de próceres y de procuradores. Contentó a los sectores liberales moderados pero no a los progresistas, por lo que fueron constantes las conspiraciones que reivindicaban la vuelta a la constitución de 1812. Se hizo para conseguir reservar el trono para Isabel ante las pretensiones de los tradicionalistas a favor de Carlos María Isidro.

4. Constitución de 1837

Surge al creer necesario introducir ciertas reformas tras la vuelta de la Constitución de 1812. Origen popular, extensión media, completa, sistemática y flexible. Recoge principios progresistas y moderados, como la soberanía nacional o la división de poderes, reconoce el derecho de libertades fundamentales como libertad de imprenta sin censura o el derecho de petición a las cortes y al rey. Orgánicamente las cortes se dividen en dos Cámaras, un senado electivo por sistema mixto y el congreso de los diputados, electivo por vía directa. El rey aparece como el jefe del poder ejecutivo.

5. Constitución de 1845

Fue más una reforma a la anterior que un texto nuevo. Se centró en negar la soberanía nacional y del poder constituyente del pueblo, sustituido por el principio de la soberanía compartida por el rey y las cortes y el incremento de poder de la corona. Se volvió a declarar la confesionalidad del Estado o modificar las competencias del ayuntamiento para reforzar el poder central.

6. Constitución de 1869

Surge por la revolución de septiembre del 1868, las causas profundas venían de tiempo atrás. Se inspira en las constituciones precedentes, common law inglés y la constitución belga del 1831, considerada la primera democrática de nuestra historia. Es de origen popular. Entre los principios consagrados están el de la soberanía nacional y la división de poderes, cuenta con una amplia relación de derechos; libertad de prensa, culto, residencia…. Se reconoció el bicameralismo con un poder igual para ambas cámaras y el poder legislativo esta más reforzado que el ejecutivo.

7. Constitución de 1876

Se elabora al ser preciso superar los errores ocurridos tanto en la República como el sistema monárquico de los años anteriores. Es de signo moderado fruto del acuerdo entre las Cortes y la Corona. Aparece como un texto completo y flexible y capaz de servir a la política de uno o de otro partido en el poder. Consagra el carácter inviolable del rey el cual comparte con las cortes el poder de legislar, sanciona y promulga leyes las cuales obliga a cumplir, manda a las fuerzas armadas… La constitución sirvió a la alternancia política de los partidos conservador y liberal duran más de dos décadas. Pero una serie de sucesos determinaron las primeras quiebras en la vigencia de esta constitución y los intentos de reformarlas, como la intervención del ejército de nuevo en la vida política o la huelga revolucionaria de 1917.

8. Constitución de 1931

Reconoce un sistema unicameral y confiere autonomismo al poder legislativo, en su condición de depositario de la soberanía nacional. Se proclama la soberanía popular y contiene una declaración de derechos sociales, económicos. Se consagró la separación entre la Iglesia y el Estado, la aconfesionalidad de éste y la libertad de cultos. Se conjugó la unidad política con las tendencias autonómicas regionales.

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