Evolución del Sistema Sanitario Español: De la Caridad a la Atención Primaria


Sistema Sanitario Español: Historia y Evolución

Orígenes y Primeros Pasos

A principios del siglo XIX, el Estado español se ocupaba de los problemas sanitarios que afectaban a las colectividades, mientras que los ciudadanos recurrían a la medicina privada para sus necesidades individuales. La caridad y las organizaciones religiosas o gremiales asistían a quienes no podían pagar atención médica.

En 1900, la Ley de Accidentes de Trabajo reconoció la responsabilidad patronal por los trabajadores, permitiendo la cobertura mediante pólizas de seguros voluntarias. En 1919, el Instituto Nacional de Previsión (INP) se convirtió en el gestor de estos seguros y se introdujo el Retiro Obrero Obligatorio, el primer seguro de previsión social obligatorio en España.

Consolidación y Universalización

En 1942, se creó el Seguro Obligatorio de Enfermedad (SOE), que brindaba cobertura sanitaria a trabajadores, sus familias y pensionistas. La Ley General de Seguridad Social de 1963 estableció un sistema de asistencia sanitaria con libre elección de médico general, pediatra y ginecólogo, contribución del asegurado en el gasto por medicamentos, jerarquización de las instituciones sanitarias e inversión en grandes hospitales y tecnología.

En 1978, la Conferencia sobre Atención Primaria de Salud en Alma-Ata cuestionó los sistemas de salud existentes y propuso que la atención primaria de salud dirigida a las comunidades fuera el núcleo de los nuevos sistemas sanitarios. Ese mismo año, el INP desapareció, dando lugar a tres organismos actuales:

  • El Instituto Nacional de Salud (INSALUD), encargado de gestionar las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social.
  • El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), encargado de gestionar y administrar las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
  • El Instituto Nacional de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), responsable de dirigir los servicios sociales complementarios y gestionar las pensiones de invalidez y jubilación.

Constitución Española y Sistema Nacional de Salud

La Constitución Española de 1978, en su artículo 43, recoge el derecho a la protección de la salud y la obligación de los poderes públicos de organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones de los servicios necesarios.

El Sistema Nacional de Salud (SNS) es el conjunto de los servicios de salud de la Administración del Estado y de las comunidades autónomas. Sus características fundamentales son:

  • Extensión de sus servicios a toda la población.
  • Atención integral a la salud.
  • Coordinación e integración de todos los recursos sanitarios.
  • Financiación mediante recursos de las administraciones públicas, cotizaciones y tasas por la prestación de determinados servicios.

Organización del Sistema Sanitario

El sistema sanitario se organiza en dos niveles administrativos:

  • Administración central del Estado: encargada de la propuesta y ejecución de las directrices generales del gobierno sobre políticas de salud.
  • Administración autonómica: cada comunidad autónoma tiene un espacio territorial destinado a áreas de salud, que se dividen en zonas básicas de salud donde se llevan a cabo las actividades sanitarias de atención primaria.

El Consejo Interterritorial de Salud es un órgano de coordinación del SNS, integrado por un representante de cada comunidad autónoma y por miembros de la Administración del Estado.

Niveles de Atención Sanitaria: Atención Primaria de Salud

Dos fenómenos han tenido una incidencia decisiva en la conformación de la estructura de los servicios de atención médica:

  • El avance tecnológico de la medicina, que ha generado servicios con estructuras progresivamente más complejas.
  • Los cambios políticos y sociales, que han aumentado las demandas de mayor justicia e igualdad en la distribución de los recursos y servicios.

Estos fenómenos han llevado a la necesidad de extender los servicios de salud y a la declaración de la XXX Asamblea Mundial de la Salud en 1977 de «Salud para todos en el año 2000», cuya base es la atención primaria de salud (APS).

Definición de Atención Primaria de Salud

La atención primaria de salud es la asistencia sanitaria esencial puesta al alcance de todos los individuos de la comunidad. Es el primer nivel de asistencia dentro del área de salud.

La Zona Básica de Salud

La zona básica de salud es el marco territorial de la APS, donde se desarrollan las actividades sanitarias en los centros de salud. En su delimitación se deben tener en cuenta factores como las distancias, la concentración de la población, las características epidemiológicas y los recursos disponibles.

Los Centros de Salud

El centro de salud es el centro integral de la APS. Sus funciones son:

  • Albergar la estructura física de consultas y servicios asistenciales.
  • Albergar los recursos materiales para las exploraciones complementarias.
  • Servir como centro de reunión entre la comunidad y los profesionales sanitarios.
  • Facilitar el trabajo en equipo de los profesionales sanitarios.
  • Mejorar la organización administrativa de la atención de la salud.

Prestaciones Sanitarias

El Sistema Nacional de Salud, financiado por la Seguridad Social, facilita las siguientes prestaciones sanitarias:

Atención Primaria

  • Asistencia sanitaria en consultas, servicios y centros de salud.
  • Asistencia domiciliaria.
  • Realización de pruebas y medios diagnósticos básicos.
  • Vacunación y prevención de enfermedades.

Atención Especializada

  • Asistencia ambulatoria en consultas y hospitales de día.
  • Asistencia en régimen de hospitalización (médica, quirúrgica, pediátrica, etc.).
  • Atención de la salud mental y asistencia psiquiátrica.

Prestaciones Farmacéuticas

  • Especialidad farmacéutica: medicamento de composición e información definidas, preparado para su uso medicinal inmediato.
  • Fórmula magistral: medicamento destinado a un paciente individualizado, preparado por el farmacéutico.
  • Especialidad farmacéutica genérica: con la misma fórmula y composición que la especialidad de referencia.
  • Efectos y accesorios: productos sanitarios de fabricación seriada para tratamiento terapéutico.

Prestaciones Complementarias

  • Ortoprótesis, prótesis quirúrgicas, prótesis ortopédicas y vehículos para inválidos.
  • Transporte en ambulancia.
  • Tratamiento dietético.
  • Oxigenoterapia a domicilio.

Servicios de Información y Documentación Sanitaria

  • Información a pacientes y familiares sobre sus derechos y deberes.
  • Tramitación de procedimientos.
  • Expedición de partes de baja y alta.

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