TEMA 2: LA EMPRESA Y SU ENTORNO.-
La empresa:
“ Unidad económica que a partir de la combinación organizada de los diferentes factores de producción (materiales y humanos) produce un bien o un servicio destinado a conseguir un beneficio económico.
También podemos definir la empresa “como un sistema abierto en permanente interacción con el entorno, del que recibe INPUTS (entradas) y al que ofrece OUTPUTS (salidas) una vez que las primeras han sido sometidas a un proceso de transformación.
LA FUNCIÓN ECONÓMICO-SOCIAL DE LA EMPRESA:
la empresa realiza una serie de funciones:
Identifica las necesidades de la sociedad
Detecta las demandas sociales y no solo las que le reportan beneficios.
Organiza los factores productivos
Crea y redistribuye la riqueza: crea empleo lo que supone un aumento de la riqueza colectiva
Mejora las condiciones laborales
En los últimos años algunas empresas han sido pioneras en medidas para conciliar la vida familiar y laboral.
Protege el medio ambiente
Las empresas deben velar por que se cumpla el artículo de la constitución que dice “todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo”, aunque en muchas ocasiones no es así produciendo residuos, gases, ruidos…
TIPOS DE EMPRESA:
SEGÚN EL SECTOR ECONÓMICO:
Primario:
las empresas que obtienen el producto de la naturaleza Ejemplo explotaciones agrícolas, ganaderas y pesca.
Secundario:
las empresas que transforman las materias primas en productos semielaborados Ejemplo automoción, construcción, el peso en la economía es elevado aunque tienden a decrecer en los países desarrollados.
Terciario:
las empresas que se dedican a prestar servicios a los consumidores, Ejemplo transporte, enseñanza, banco, comercio. Es el sector más importante tanto por el valor que genera como por la población que ocupa.
SEGÚN EL NÚMERO DE TRABAJADORES: pueden ser
Microempresas:
no superior a 10 trabajadores.
Pymes
No superior a 50 trabajadores
Gran empresa:
Más de 50 trabajadores
SEGÚN LA PROPIEDAD DE LA EMPRESA:
Privada:
las empresas cuyo capital está en manos privadas.
Mixta:
capital privado mayoritario y capital público.
Pública:
El capital pertenece al estado o a otras entidades que constituyen el sector público.
SEGÚN LA FORMA JURÍDICA:
Individual:
el empresario es una persona física.
Sociedad:
es una asociación de personas físicas a las que el derecho le confiere personalidad jurídica.
SEGÚN EL ÁMBITO TERRITORIAL:
Local:
su mercado es una población y zonas limítrofes
Regional:
El mercado es una región.
Nacional:
El mercado está establecido entre varias provincias de un país.
Internacional:
tiene relaciones con clientes y proveedores extranjeros.
Multinacional :
desarrolla su actividad en diferentes países.
Global:
su mercado abarca los cinco continentes.
2. EL ENTORNO DE LA EMPRESA:
El entorno de la empresa es todo lo que rodea a la empresa y se puede definir como “el conjunto de hechos y factores externos relevantes para la empresa con los que interacciona sobre los que puede influir pero no los puede controlar”.
La empresa debe indicar a tiempo las repercusiones que tiene el entorno:
Detectando a tiempo las oportunidades y amenazas que el entorno representa para su supervivencia, de forma que pueda aprovechar las primeras y transformar las segundas.
Identificar los cambios internos que debe poner en marcha para mejorar su relación con el entorno y su adaptación a él.
Los factores que afectan de forma general a todas las empresas se denominan MACROENTORNO (factores tecnológicos, jurídicos, demográficos, socioculturales, económicos…).Los factores que afectan de forma específica se denominan MICROENTORNO (proveedores, clientes, intermediarios, competidores…)
2.1 LA LOCALIZACIÓN DE LA EMPRESA
La localización de la empresa es una decisión fundamental y estratégica, pues es difícilmente modificable por su elevado coste y puede definir el éxito o fracaso de la empresa. Las principales variables a tener en cuenta el emprendedor para la localización son:
Tipo de actividad y normativa legal aplicable.
Buena accesibilidad y cercanía a clientes y proveedores.
Existencia de los servicios necesarios para el adecuado funcionamiento de la empresa.
Disponibilidad suficiente de mano de obra cualificada.
Coste de compra y alquiler de terrenos y edificaciones.
Posibles ayudas o subvenciones de las administraciones públicas.
2.2 EL NETWORKING:
Consiste en desarrollar y cuidar una red de contactos personales con el objetivo de ampliar nuestras posibilidades, de encontrar buenos socios, clientes y proveedores que ayuden a crecer nuestra empresa.
3. ANÁLISIS DEL ENTORNO: LA MATRIZ DAFO
Antes de tomar decisiones sobre las estrategias de comercialización de nuestra empresa, es preciso abrir un proceso de reflexión que permita determinar cuáles son los puntos fuertes y débiles.
El ANÁLISIS DAFO es un primer paso para analizar el entorno y formular los objetivos y estrategias de la empresa. Este análisis consiste en la elaboración de dos tablas, la 1ª es un listado de los factores internos que puede afectar a la empresa (fortalezas y debilidades) y la 2ª es la tabla de los factores externos (oportunidades y amenazas), una vez obtenidos todos los resultados y rellanado cada cuadrante, procederemos a su análisis, si las debilidades y amenazas superan a las fortalezas y oportunidades, el emprendedor deberá redefinir la idea inicial, incluso llegando a renunciar a ella o llevar a cabo estrategias que permitan sacar partido de las fortalezas y oportunidades.
Las diferentes tipos de estrategias que se podrían tomar son:
ESTRATEGIAS DE REORIENTACIÓN (cambio en la estructura de la empresa y en la actividad).
ESTRATEGIAS DE SUPERVIVENCIA (se utiliza para encontrar una salida a un grave problema).
ESTRATEGIAS DEFENSIVAS (surgen con el objeto de eliminar las debilidades de la empresa).
ESTRATEGIAS OFENSIVAS (Se orientan a la innovación y están muy relacionadas con el lanzamiento de nuevos productos).
4. LA CULTURA Y LA IMAGEN CORPORATIVA
En las empresas existen un conjunto de valores compartidos y asumidos por sus miembros, este conjunto de VALORES, CREENCIAS, PRINCIPIOS compartidos por todos sus integrantes es lo que se denomina CULTURA CORPORATIVA
Esta cultura construye la identidad de la empresa, cohesiona a todos sus miembros implicándolos en la organización y determina poderosamente el clima interno.
Por otro lado la empresa realiza un intercambio de información con el exterior y en ese intercambio transmite consciente o inconscientemente una determinada imagen, pues ese modo de percibir por el público a la compañía es lo que se denomina IMAGEN CORPORATIVA.
Existen signos identificativos que tienen gran influencia en la imagen dela empresa como:
el nombre comercial, el logotipo y la marca hasta el punto que la sola visión de estos da imagen de solidez y confianza.
La imagen de la empresa se crea y se transmite de dos formas:
INTENCIONADA: a través de un plan de promoción o campañas publicitarias.
ESPONTÁNEA: a través de los trabajadores, clientes y proveedores.
Lo más importante es que la difusión sea lo más amplia posible, porque a veces no coincide la imagen corporativa con la identidad real de la empresa, de ahí las enormes sumas de dinero que se invierten en campañas publicitarias.
5.LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA
Se define como “una nueva manera de hacer negocios en la que las empresas tratan de encontrar un punto de equilibrio entre la necesidad de alcanzar objetivos económicos, financieros y de desarrollo con el impacto ambiental o social de sus acciones” (conciliar los objetivos de la empresa con los de la sociedad)
.
Ventajas para las empresas que llevan acciones de R.S.C. : Mejora la imagen de la empresa , aumenta el grado de compromiso de los empleados, potencia la lealtad de los clientes, mejora la confianza de los accionistas…Estas acciones se aplican en todos los ámbitos de actividad de la empresa: Derechos humanos, derechos laborales, Medio Ambiente, Protección de la salud, Protección al consumidor, Lucha contra la corrupción….El instrumento de Gestión que sirve para medir las acciones en R.S.C. de una empresa en un periodo determinado es el BALANCE SOCIAL O INFORME DE SOSTENIBILIDAD, que debe ser claro, veraz, relevante, comparable, verificable y regular. El modelo de Balance social más reconocido internacionalmente está basado en el índice G.R.I.
TEMA 4: LA FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA.-
Según uno de los criterios de clasificación de empresas que vimos en el tema anterior
La empresa según la forma jurídica pueden ser: empresario individual ( autónomo y
Autónomo económicamente independiente) y sociedad ( Sociedad Colectiva, Sociedad
Comanditaria, Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, Sociedad Limitada Nueva
Empresa, Sociedad Cooperativa, sociedad Anónima laboral y Sociedad Limitada
Laboral
Existen una serie de características a tener en cuenta a la hora de elegir la forma que
Queremos para nuestra empresa:
* RESPONSABILIDAD: Limitada (los socios sólo responden de las deudas de la
Empresa con el capital que aportaron para crear la compañía), ilimitada (los
Socios responden con sus propios bienes frente a las deudas de la empresa),
Subsidiaria (Si no es suficiente el patrimonio de la sociedad el resto de la deuda
Se puede exigir a los socios), solidaria (las deudas de la sociedad pueden ser
Exigidas a todos y a cada uno de los socios)
* NÚMERO MÁXIMO Y MÍNIMO DE SOCIOS
* CAPITAL MÍNIMO NECESARIO PARA CONSTITUIR LA EMPRESA
* IMPUESTOS QUE PAGAN
EMPRESARIO INDIVIDUAL: Persona física que por su cuenta y riesgo, ejerce en nombre
Propio, por ella misma o a través de un representante una actividad económica o
Profesional. Según ley 20/2007 del Estatuto del trabajo Autónomo, el trabajador
Autónomo puede ser autónomo económicamente independiente
AUTÓNOMO ECONOMICAMENTE INDEPENDIENTE: Es aquel que trabaja de forma
Habitual, personal, directa y predominantemente para un cliente del que depende
Económicamente por recibir al menos el 75% de los ingresos. No puede tener a cargo
Trabajadores por cuenta ajena, ni contratar o subcontratar la actividad con terceros. El
Mismo organiza la actividad y asume el riesgo y ventura de su operación
QUIEN PUEDE SER AUTÓNOMO: Mayores de 18 años, menores emancipados o con
Libre disposición de sus bienes y menores o incapacitados a través de sus
Representantes legales
RESPONSABILIDAD: Ilimitada y Subsidiaria (No hay distinción entre el patrimonio de la
Empresa y el del empresario)
CAPITAL SOCIAL: No se exige capital mínimo
IMPUESTOS: IRPF (IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, liquidación
Trimestral y anual), IVA ( IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, pagos trimestrales y
Se presenta resumen anual) IAE (IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS existe
Obligación de estar dado de alta en el impuesto, pero no pagan los que tengan una
Facturación superior al millón de euros)
SEGURIDAD SOCIAL: Alta en el RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos de
La Seguridad social). Tienen derecho a bonificación en las cuotas de la Seguridad Social
Los autónomos con discapacidad, jóvenes menores de 30 años, mujeres hasta 35 años,
O dos años después del parto o que durante el descanso maternal la haya sustituido
Otro trabajador
NO PUEDEN SER AUTÓNOMOS: Personas declaradas en quiebra, Jueces, magistrados,
Fiscales, empleados de recaudación y administración en los lugares donde desempeñan
Funciones, y personas con cargo público sometidas al régimen de incompatibilidades
2.-LAS SOCIEDADES.-
Son asociaciones de personas físicas o jurídicas a las que la ley le confiere personalidad
Jurídica, propia, distinta e independiente de la de cada uno de sus miembros que
Deciden poner en común trabajo o recursos económicos. Pueden adoptar distintas
Formas jurídicas y cada una presenta una serie de diferencias que hay que tener en
Cuenta. Nacen en el momento de la inscripción de la escritura de constitución de la
Sociedad en el registro mercantil
SOCIEDAD COLECTIVA. Es un tipo de sociedad de las denominadas personalistas, que
Se caracterizan por la importancia de la persona de los socios y su relación de
Confianza. Tienen dos tipos de socios, los socios colectivos (aportan trabajo y capital y
Participan en la gestión de la sociedad, su responsabilidad es ilimitada, solidaria y
Subsidiaria) y los socios industriales Aportan trabajo y no participan en la gestión de la
Sociedad y no tienen responsabilidad si no se ha pactado otra cosa). Todos los socios
Tienen que darse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)
Para transmitir o vender la participación en la sociedad se necesita el consentimiento
De los socios. El nombre de la sociedad es el nombre y apellidos de uno o algunos de
Los socios seguida de la expresión “y compañía” o “y cía”, si se incluye el nombre de
Una persona que no pertenezca a la sociedad, este se convertirá en responsable
Solidario de todas las deudas
No se exige capital mínimo para su constitución y tributan por el Impuesto de
Sociedades
SOCIEDAD COMANDITARIA: Tienen dos tipos de socios, los socios colectivos (aportan
Trabajo y capital, participan en la gestión de la sociedad y su responsabilidad es
Ilimitada, solidaria y subsidiaria y deben darse de alta en el régimen de trabajadores
Autónomos de la seguridad social) y los socios comanditarios (aportan capital y no
Participan en la gestión de la sociedad, su responsabilidad queda limitada a la
Aportación que hicieron a la empresa y deben darse de alta en el régimen general de la
Seguridad social)
Existen dos tipos de Sociedad Comanditaria: la sociedad comanditaria simple a la que
No se exige capital mínimo y debe tener como mínimo dos socios y la sociedad
Comanditaria por acciones a la que se le exige un capital mínimo de 60.101,21 Euros
Que debe estar dividido en acciones y debe tener dos o más socios
Los socios colectivos necesitan el consentimiento de los demás para vender su
Participación en la sociedad. La transmisión de las participaciones de los socios
Comanditarios es libre. La participación en los beneficios de la sociedad es
Proporcional al número de acciones de los que es poseedor
El Impuesto que pagan es el Impuesto de Sociedades. El nombre está compuesto por
El nombre de los socios colectivos, nunca por el nombre de los socios comanditarios y
Seguidos de la expresión S. en Comandita o S. Comanditaria
SOCIEDAD LIMITADA S.L. o SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:
En las sociedades personalistas (colectiva y comanditaria) los socios o gran parte de
Ellos responden ilimitadamente, lo que supone un gran inconveniente en el caso que la
Empresa cierre con deudas superiores al patrimonio de la empresa porque ponen en
Peligro su propio patrimonio; este problema no existe en la sociedad limitada al ser su
Responsabilidad limitada. La característica principal de la sociedad limitada es
Precisamente que el capital aportado por cada socio fija el límite de su
Responsabilidad
SOCIOS: el límite es uno (sociedad limitada unipersonal), aunque la norma general es
Que existan más
CAPITAL SOCIAL: se divide en participaciones iguales, indivisibles y acumulables,
Nunca podrán convertirse en acciones. El capital social mínimo exigible es 3.005,06
Euros que totalmente suscrito y desembolsado
La transmisión de las participaciones es libre entre los socios, y entre el socio y su
Cónyuge, ascendientes y descendientes. La venta a terceras personas ajenas de la
Empresa hay que comunicarlo al resto de los socios, el consentimiento de los socios
Sólo es necesario si así se ha acordado en los estatutos de la sociedad. La sociedad
Deberá tener un libro registro de los socios en el que se hará constar la titularidad de
Las participaciones y sucesivas transmisiones
La posesión de participaciones en la sociedad de responsabilidad limitada implica
Diversos derechos:
* Derecho a la compra preferente de las participaciones de los socios que deseen
Abandonar la sociedad frente a personas ajenas
* Derecho a la participación en los beneficios de la sociedad proporcional a las
Participaciones que tenga
* Derecho a influir en las decisiones de la junta general de forma proporcional al
Valor de las participaciones
* Derecho a participar en el reparto del patrimonio de la empresa en caso de
Disolución de sociedad
* Derecho de información
ÓRGANOS DE GOBIERNO: tiene dos órganos de gobierno, LA JUNTA GENERAL DE
SOCIOS constituida por el conjunto de todos los socios y se encarga de regir la vida de
La sociedad, y EL ADMINISTRADOR/ES que se encarga de gestionar y representar a la
Sociedad y es nombrado por la junta
SEGURIDAD SOCIAL: los socios trabajadores eligen entre el régimen general de la
Seguridad social o el régimen especial, los socios no trabajadores no tienen que estar
Dados de alta, el administrador debe estar dado de alta como autónomo si es un socio
Que posee el control directo o indirecto
IMPUESTOS QUE PAGAN: el impuesto de Sociedades
DENOMINACIÓN: es libre y seguida de las siglas S.L. S.R.L
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA:_
Se concibió con la idea de reducir los trámites, se puede crear en 48 horas por medios
Telemáticos y evitando desplazamientos, a través del SISTEMA de TRAMITACIÓN
TELEMÁTICA del CENTRO de INFORMACIÓN y RED de CREACIÓN DE EMPRESAS
(CIRCE), que es un sistema informático de tramitación de expedientes electrónicos. Se
Tramita el Documento único electrónico (DUE) a través de internet, si el emprendedor
No tiene internet, puede acudir físicamente a un punto de asesoramiento e inicio de
Tramitación (PAIT), de forma automática se concede cita con el notario y se inicia el
Resto de los trámites
Su régimen jurídico es prácticamente igual al de la sociedad limitada, las diferencias
Son:
1. que el número socios es 1 como mínimo y 5 como máximo en el momento de
Constitución de la sociedad. Y no es necesario llevar un libro registro de los
Socios
2. El capital social mínimo es 3.012 y el máximo 120.202 euros
3. La denominación de la sociedad es dos apellidos de uno de los socios
Fundadores más un código alfanumérico seguido de la expresión S.L.N.E
4. Tiene una serie de ventajas fiscales como el aplazamiento en el pago de varios
Impuestos (IRPF, IS, ITPAJD), más la posibilidad de abrir una cuenta ahorro
Empresa para constituir la sociedad que permite deducir un 15% en el IRPF
LA SOCIEDAD ANÓNIMA.-
La sociedad anónima permite una mayor facilidad a la hora de captar nuevos
Socios, porque elimina las dificultades existentes para la venta de las
Participaciones que exigía la sociedad limitada. Las aportaciones de los socios
Se incorporan al capital social dividido en ACCIONES, una acción es una parte
Alícuota del capital social (igual y proporcional). Cada socio posee un número
De acciones en función del capital aportado. La transmisión de las ACCIONES
ES LIBRE Y ÉSTAS PUEDEN SER NOMINATIVAS O AL PORTADOR, lo que
Garantiza el anonimato del socio si este así lo desea. Tienen mucha importancia
En nuestra economía pues las empresas más importantes de nuestro país
Tienen esta forma jurídica
SOCIO: mínimo 1, se garantiza el anonimato al no ser necesario libro de
Registro. La condición de socio implica diversos derechos: influencia en las
Decisiones tomadas por la junta de forma proporcional al número de acciones,
La participación en los beneficios es proporcional a las acciones, derecho de
Compra preferente de nuevas acciones en el caso de que la sociedad quiera
Ampliar el capital
CAPITAL SOCIAL: 60.101,21 Euros dividido en acciones, un 25% deberá estar
Desembolsado en el momento de constitución de la sociedad
ÓRGANOS DE GOBIERNO: La junta General de Accionistas que es la reunión
De todos los socios donde se decide por mayoría y el Consejo de
Administración que es nombrado por la junta y gestiona y representa a la
Empresa
SEGURIDAD SOCIAL: igual que en la sociedad limitada
IMPUESTOS: pagan el Impuesto de Sociedades
DENOMINACIÓN: es libre seguida de las siglas S.A
LA SOCIEDAD LABORAL.-
Nacen del deseo del artículo 129.2 de la Constitución para que los trabajadores
Participen de forma mayoritaria en la empresa en calidad de socios y así
Puedan acceder a los medios de producción
Pueden adoptar la forma de S.L.L. o S.A.L. Para adquirir la condición de laboral
Se debe pedir la calificación al Ministerio de Trabajo. El capital social está
Integrado por aportaciones de los socios y dividido en acciones o
Participaciones con la limitación que ningún socio puede poseer más de 1/3 del
Capital social
Existen dos tipos de socios: los socios trabajadores son los que aportan dinero
Y trabajo, son los que tienen contratos indefinidos y a jornada completa. El
Conjunto de los socios pueden poseer el 51% del capital social y cada uno no
Más de 1/3, salvo las administraciones públicas que no deben poseer más del
50%. Y los socios no trabajadores que sólo aportan dinero y no tienen ninguna
Relación con la empresa
Los trabajadores no pueden trabajar más del 15% de las horas que al año
Trabajan los socios trabajadores, excepto en las empresas con menos de 25
Trabajadores en las que el porcentaje máximo será del 25%, no se incluyen en
Este porcentaje a los trabajadores con contrato temporal
SOCIOS: mínimo 3, de los que 2 deben ser socios trabajadores
RESPONSABILIDAD: Los socios trabajadores y no trabajadores es limitada al
Capital aportado subsidiaria y solidaria. Los trabajadores asalariados no tienen
Ninguna responsabilidad
DENOMINACIÓN: es libre seguida de S.L.L. o S.A.L
TRANSMISIÓN DE ACCIONES: se debe comunicara la sociedad para que puedan
Ofrecer las acciones a los trabajadores
SEGURIDAD SOCIAL: Socios trabajadores y asalariados será el régimen general
De la Seguridad Social. Los socios que no trabajan no tienen porqué darse de
Alta en la Seguridad Social. El administrador estará en el régimen especial de
Autónomos
ÓRGANOS DE GOBIERNO: los mismos que la S.A. y S.L
LA COOPERATIVA.-
Los socios de una cooperativa pueden ser: Socios cooperativistas (aportan
Trabajo y capital y no pueden poseer más de 1/3), socios adherido o
Colaboradores (aportan dinero y el conjunto de los votos de estos socios no
Puede superar el 30% y pueden ser personas físicas y jurídicas) y asalariados
(no pueden ser más del 10% y en ningún caso más de 50)
TIPOS DE COOPERATIVAS Y NUMERO DE MÍNIMO DE SOCIOS: cooperativas de
Primer grado mínimo3 socios, las de 2º que son las integradas por personas
Jurídicas mínimo2 socios
RESPONSABILIDAD: socios cooperativistas y adheridos limitada solidaria y
Subsidiaria, responden durante 5 años desde la pérdida de la condición de
Socio. Los asalariados no tienen responsabilidad
CAPITAL SOCIAL: el que establezca los estatutos
DENOMINACIÓN: libre más la denominación sociedad cooperativa o S.Coop
SEGURIDAD SOCIAL: pueden elegir entre el régimen general y el de
Trabajadores autónomos
ÓRGANOS DE GOBIERNO: Asamblea General (conjunto de socios para adoptar
Acuerdos en el que se decide por mayoría), Consejo Rector (órgano de
Gobierno y representación) e Interventor (órgano de fiscalización)
TRANSMISIÓN DE ACCIONES: el socio que causa baja tiene que avisar en el
Plazo como máximo de 1 año. La admisión de nuevos socios se tiene que
Solicitar por escrito al consejo rector