Movilidad Funcional:
Cuando a un trabajador se le asignan funciones distintas a las inicialmente
Asignadas o firmadas.No debe suponer perdida de categoría professional o
Disminución del salario.
Tipos:
Descendente:Funciones de un Puesto inferior, debe ser por un tiempo indispensable y tienen que estar los representantes De los trabajadores.Asecendente: Por razones técnicas u organizativas cibir el sueldo Correspondiente.Se puede reclamar el puesto si esta 6 meses en un plazo de 1 año o de 8 en 2 años.Horizontal: El empresario puede hacer este cambio sin alegar Causa.No hay limitaciones mas que las exigidas por las titulaciones académicas O profesionales requeridas.
Movilidad geográfica:Temporal
Cuando sea mas
De 3 meses, el preaviso debe de ser de al menos 5 días. Cada 3 meses el
Trabajador tiene derecho a 4 días laborables de permisoen el domicilio de
Origen. Debe conservar como mínimo, la misma categoría y salario. Los
Trabajadores cobraran gastos de viaje y dieta que el desplazamiento ocasione.
Traslado
Superior a 12 Meses en un periodo de 3 años. Antelación mínima de 30 días.La aceptación del traslado implica `percibir una compesacion por gastos. El trabajador puede Solicitar el fin de su relación contractual generando su derecho a indemnización.(20 Días de salario por año trabajado con un limite de 12 mensualidades)
Modificación Sustancial
El empresario tiene la capacidad para modificar las condiciones de trabajo
Ya que posee el denominado poder de dirección y organización del trabajo.Pero
Existen una serie de condiciones de trtabajo que no pueden ser modificadas sin
Que se den unos determinados motivos:
Razones
Económicas, técnicas, organizativas, de producción.
Afecta a:
JOrnanda de trabajo, horario, trabajo a turnos, sistema De remuneración, sistema de trabajo y rendimiento, funciones.
Modificación Individual
1 trabajador o en numero reducido ( menos de 10% plantilla)
Modificación Colectiva
Mas de 10% plantilla. Previo a la notificación al trabajador: periodod de Consulta con los representantes. Mínimo 30 días antes. 1- Aceptar la modificación 2-Extinguir su contrato de trabajo, cuando la modificación es referente a Jornada de trabajo, horario o turnicidad, indemnización.3-Solicitar extinción por Causa justificada si puede alegar ante el juzgado de lo Social;que la modificación Supone un perjuicio para su formación profesional o menosprecia su dignidad.45 Días por año de servicio. A partir de 2012 33 días.4-Solicitar la extinción ante El juzgado de lo social alegando modificación no justificada. Si es así, no se Pueden aplicar nuevas modificaciones.
Suspensión del Contrato
El trabajador
No trabaja
.El empresario
No remuneran eses
Trabajo lo que no significa que no asuma otros costes.
Derivadas de la voluntad de ambas partes
Mutuo acuerdo, clausulas
Consignadas en el contrato de trabajo
.Derivadas De la voluntad del empresario
Suspensión disciplinaria, cierre patronal.
Derivadas de la voluntad del trabajador:Ejercicio
De cargo publico, ejercicio de funciones sindicales, adopción de menores de 6
Años, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, huelga ilegal,
Excedencia, necesidad de abandonar el puesto de trabajo de las victimas de la
Violencia de género.
Causas Independientes de la voluntad de las partes
Fuerza mayor temporal, causas económicas, Técnicas, mientras no existe sentencia condenatoria, incapacidad temporal.
Suspensión por Excedencia
Se trata de situaciones de suspensión del contrato de trabajo, pero con
Unas carácterísticas especiales en cuanto a su solicitud, requisitospara poder
Solicitarla, duración… El trabajador, sin necesidad de alegar causa alguna,
Puede ejercitar el derecho a solicitar dicha excelencia, siempre y cuando
Concurran los siguientes requisitos:
Tener
Al menos una año de antigüedad, solicitarla por un periodo no inferior a 4
Meses ni superior a 5 años, que hayan trancurrido mas de 4 años, desde el
Disfrute de una excedencia anterios.Al finalizar el periodo de excedencia, el
Trabajador tendrá solo un derecho preferente de reingreso en la Empresa, para
Ocupar las vacantes de igual o similar categoría, que existan en la empresa.Si
No existen vacantes, la excedencia se prorrogara indefinidamente hasta que se
Produzca.Excedencia por cuidados familiares:
Hijos:
No superior a 3 años, Desde la fecha de nacimiento o resolución judicial o
Administrativa.
Otros familiares
No Superior a 2 años, hasta el segundo grado de consanguinidad, por razones de Edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puede valerse por si mismo, no Desempeñe actividad retribuida, durante el primer año se reserva el puesto de Trabajo, transcurrido dicho plazo,la reserva quedara para un puesto similar.