Obligaciones civiles y comerciales
Obligación
Relación jurídica en virtud del cual un deudor debe satisfacer una presentación:
- de da
- de hacer
- de no hacer
Elementos
- Sujetos: activo o acreedor/pasivo o deudor (puede ser uno o muchos)
- Objetos: cosas o hechos determinados o determinables.
- Causa: es el hecho al cual el derecho le da la aptitud suficiente para crear el vinculo entre las partes.
Derecho:
Causas
- contrato:
Acuerdo de voluntades que regulan derechos - Cuasicontrato:
Hecho voluntario licito y unilateral que crea obligaciones para una de las partes sin que haya habido acuerdo expreso. Delito
Hecho ilícito realizado con dolo y del que surge la obligación de reparar los daños causados- Cuasidelito:
Hecho ilícito realizado con culpa (por negligencia o imprudencia) y del cual surge la obligación. La ley
Norma jurídica de carácter general y obligatoria.
Según su objeto:
De dar:
Causas directas- individual-determinado
- conservar hasta la entrega
- entregar en tiempo y forma
- Causas inciertas:
no individualizadas desde el principio. Cantidades de cosas
Cosas fungibles (pueden ser remplazadas por otras iguales) ejemplo cien bolsas de trigo- Sumas de dinero:
Se cumple la obligación dando la especie - De hacer :realización de una de las actividades o de un hecho si no cumple no es posible que obligar mediante la fuerza física, pero si obligar a pagar daños.
- De no hacer: Abstención. El obligado no debe hacer tal cosa.
- De objeto conjunto: Se debe una pluralidad de objetos:
- De objeto disyunto: Comprenden una pluralidad de objetos pero qu8eda cumplida con la entrega de uno solo de ellos. La opción puede establecerse a favor del deudor/acreedor o de la tercera persona.
Según el sujeto
Sujeto simple
Un solo deudor y un solo acreedor- Sujeto múltiple:
- varios acreedores y un solo deudor/ un solo acreedor varios deudores
/varios deudores y varios acreedores
Conjuntas:
la pluralidad de sujetos aparece vinculada por la palabra(“y”)Disyuntas
Se los une con la letra(“o”) (la deuda la salda uno u otro)Mancomunado:
una sola prestación divisible y pluralidad de los acreedores y deudores- Simplemente mancomunadas:
cuando el crédito de la deuda se divide en tantas partes como acreedores o deudores que se hayan. Cada uno de los deudores esta obligado por su parte y cada uno de los acreedores solo puede demandar la suya la obligación debe ser visible - Mancomunada solidaria:
cualquiera de los acreedores puede demandar a cualquiera de los deudores en su totalidad, el deudor que paga puede reclamar a los otros el reintegro de las partes de la deuda que les correspondía.
Según posibilidad de cumplimiento:
- divisibles: pueden cumplirse en forma fraccionada
- indivisible: por su naturaleza no es posible cumplirla sino de una sola vez y totalmente
Según su independencia:
- principales: autónomos; independientes, no son afectadas, por la extinción de las obligaciones accesorias
- accesorias: siguen la suerte de la principal. Si estas se extinguen, desaparecen
Según su fuente de origen:
- contractuales: se originan en un contrato/cuasicontrato
- extracontractuales: derivan de la comisión de un delito o cuasidelito
- legales: deriven de la ley ej.: obligaciones alimenticias
Según tengan o no modalidad:
- Simples: cuando el cumplimiento de una obligación no depende de la condición/plazo o cargo ninguno
- modales
- condición: la adquisición/ extinción de un derecho depende de la realización de un acontecimiento de un futuro incierto
- plazo: cuando el ejercicio del derecho está subordinado a un término de tiempo.(cierto: fijado determinado /incierto: depende del acontecimiento que va a ocurrir no se sabe cuando).
- cargo: obligación excepcional al adquiriente de un derecho
Según su exigibilidad:
- civiles: el acreedor puede exigir judicial el cumplimiento
- naturales: no se puede exigir judicial su cumplimiento depende de un acto moral o judicial.
Efectos de las obligaciones: consecuencia jurídicas que de ellas derivan:
Con relación al acreedor:
- Cumplimiento voluntario de la buena fe por el deudor
- ejecución forzada:
el acreedor podrá a través de la justicia recurrir a la fuerza publica para obligarlo a entrar la cosa debida.
- clausulas penales: penas o multas en caso de retardar o no ejecutar la obligación.
- sanciones conmentarias: penas de dinero por cada dia de retardo en el cumplimiento.
Sentencia:
ejecución por un terreno a costa de deudor: si el deudor no cumple con lo que debe hacer, el acreedor podrá contratar la ejecución de la obligación con otra persona, pero el deudor desea pagar los costos de esa ejecución.- indemnización por daños y perjuicios:
- cuando el deudor se encuentra en mora
- cuando el incumplimiento se haya producido por culpa/dolo del deudor
- indemnización comprende:
- daño emergente: el efectivo sufrido lucro cesante: las ganancias dejadas de recibir
- daño moral= el sufrimiento afectivo con relación del deudor:
- el deudor tiene derecho a que el acreedor colabore con el para que pueda cumplir con su obligación
Con relación al deudor:
- El deudor tiene derecho a que el acreedor colabore con el para que pueda cumplir con su obligación.
- cuando cumple: tienen derecho a librarse definitivamente de la obligación exigiendo un recibo escrito que impida que se la reclame nuevamente
Prescripción:
perdida del derecho del acredor a reclamar ya paso el tiempo que la ley le daba para hacerlo
Extinción de las obligaciones
1
Pago:
cumplimiento de la prestación
2
. Novación
Se extingue una obligación y surge una nueva. Por cambio de objeto/sujeto
3
. Compensación
Cuando 2 personas reúnen recíprocamente la calidad de deudor y acreedor
4
. Transacción
Las partes haciéndose concesiones reciprocas, extinguen obligaciones dudosas
5
. Confusión
Es la reuníón de una misma persona de la calidad de deudor y acreedor
6
. Renuncia
El acreedor desiste de su derecho contra el deudor y este acepta
7
. Remisión de la deuda:
cuando el acreedor entrega voluntariamente al deudor el documento original en el que consta la deuda
8
. Imposibilidad de pago
Cuando la prestación viene a ser física/legalmente imposible sin culpa del deudor
9
. Prescripción
Perdida de un derecho por el transcurso del tiempo.