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Derechos y Deberes
Derechos: Son garantías que las personas pueden exigir al Estado.
Derechos Civiles: Protegen al ser humano, aseguran su libertad e integridad.
Derechos políticos: Garantizan la participación igualitaria de los ciudadanos.
Derechos económicos, sociales y culturales: Aseguran las condiciones para la satisfacción de las necesidades básicas de la población.
Ej: – A seguridad social.
A la educación.
A la protección de la salud.
Deber: Son preceptos que obligan a la persona a realizar cierta acción específica.
El incumplimiento trae consigo una sanción.
Deberes de todo habitante: Respetar a Chile y a sus emblemas.
Chilenos : Honrar a la patria, defender la soberanía nacional, contribuir a preservar la seguridad nacional, y cumplir con el servicio militar.
Poderes del Estado
La separación de ellos es un requisito para la existencia de un Estado de Derecho.
El Poder Ejecutivo → Presidente (Jefe de Gobierno)
Responsable del gobierno y administración del Estado.
Vela por los intereses de la nacíón → Representar a Chile en el extranjero. (Jefe de Estado)
Ejerce la conducción política nacional y se encarga de conservar el orden público.
Facultades y atribuciones
Concurrir a la formación, la sanción y la promulgación de leyes.
Convocar a plebiscito en los casos que establezca la Constitución.
Declarar los estados de excepción constitucional.
Nombrar y remover a ministros de Estado, subsecretarios, intendentes y gobernadores.
Otorgar indultos particulares según la ley. (perdón)
Conducir las relaciones internacionales.
Asumir, en caso de guerra, la jefatura suprema de las Fuerzas Armadas.
Designar y remover a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad.
Nombrar al contralor general de la república con acuerdo del Senado.
Decretar decretos con fuerza de ley.
El Poder Legislativo → Congreso Nacional
Crea, derroca y modifica leyes.
Fiscaliza los actos del gobierno.
Ejerce la representación de la ciudadanía.
El Congreso: Bicameral, compuesto por dos cámaras, la de Diputados (baja) ( 120 miembros y se renueva cada 4 años) y la de Senadores (alta)( 38 miembros y son escogidos cada 8 años). Ambos pueden optar a la reelección inmediata.
Atribuciones del Congreso Nacional
Aprobar o rechazar los tratados internacionales.
Pronunciarse respecto de los estados de excepción constitucional.
Atribuciones de la Cámara de Diputados
Fiscalizar los actos del gobierno.
Adoptar acuerdos o sugerir observaciones.
Citar a un ministro para formularle preguntas relativas a ejercicio de su cargo.
Crear comisiones investigadoras para informarse respecto de determinados actos del gobierno.
Acusar políticamente por las causales que establece la Constitución al presidente, ministros judiciales, contralor general, generales, almirantes, intendentes y gobernadores.
Atribuciones del Senado
Conocer las acusaciones realizadas por la cámara de Diputados y actuar como jurado.
Conocer las contiendas de competencia entre las autoridades políticas y los tribunales superiores de justicia.
Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía.
Declarar la inhabilidad del presidente de la república en caso de impedimento físico o mental.
Aprobar las declaraciones de inconstitucionalidad del Tribunal Constitucional.
Aprobar la designación de los ministros y fiscales judiciales de la Corte Suprema y del fiscal nacional, mediante una sesíón convocada para ello.
Poder Judicial
Imparte justicia.
Resuelve conflictos legales.
Aplica leyes.
Principios fundamentales:
Independencia.
Legalidad.
Inamovilidad.
Inexcusabilidad.
Responsabilidad.
Estructura:
1° Corte Suprema → Procesos judiciales de única instancia.
→ Tribunal supremo de justicia (21 ministros)
2° Cortes de apelaciones → 17 tribunales.
→ Procesos judiciales de segunda instancia.
3° Tribunales de primera instancia → Procesos judiciales de primera instancia.
→ Tribunales en lo civil. Penal, de protección social (laboral y familiar), juzgados de garantía y juzgados de confianza.
Organismos autónomos del Estado
-Instituciones gubernamentales, fiscalizan las acciones del Gobierno.
-Cada una tiene sus propias atribuciones, establecidas por la Constitución y sus respectivas leyes orgánicas.
Carácterísticas:
–Autonomía: Son independientes de los Poderes del Estado.
–
Función
Controladora: Fiscalizan el correcto ejercicio de la función pública.
–Capacidad resolutiva: Tienen facultad para tomar decisiones-
Tribunal Constitucional
10 miembros, 3 designados por el Pdte, 4 por el Congreso Nacional y 3 por la Corte Suprema. Son inamovibles y duran 9 años en el cargo.
Vela por la sujeción de las normas legales a la Constitución.
Función controladora, fiscalizan el correcto ejercicio.
Las decisiones son inapelables.
Tribunal Calificador de Elecciones
5 miembros, 3 ex/ministros de la Corte Suprema, 1 abogado elegido por la misma y 1 expresidente del Senado o Cámara de Diputados. 4 años en el cargo.
Garantiza y lleva a cabo el proceso electoral a nivel nacional.
Proclama a los candidatos elegidos.
Tribunales electorales regionales.
Contraloría General de la República
Encabezada por el contralor gral de la república (10 o + años de título de abogado), designado por el Pdte y ⅗ de los miembros del Senado. Dura 8 años y a los 75 años se jubila. También la compone el subcontralor, una serie de departamentos y subdepartamentos.
Controla la legalidad de los actos en la admin del Estado.
Fiscaliza ingresos e inversión de fondo del fisco.
Examina, lleva contabilidad general.
Banco Central
5 miembros → 10 años / Pdte Banco Central → 5 años
Vela por la estabilidad de la moneda, evita su deterioro de su valor debido a la inflación.
Fija tasa de interés.
Regula el dinero en circulación y crédito.
Sistema de representación política
Sufragio: Derecho a voto. (como ciudadano)
Carácterísticas
-Personal → individual
-Igualitario → = valor
-Secreto
-Universal → Para todo ciudadano ( No pena aflictiva)
-Voluntario (desde 2013) (inscripción automática)
Tipos de voto
Válidamente emitido
Nulo
Blanco
Objetado → mal hecho
Elección de representantes políticos
Elecciones presidenciales→ Presidente
Votación directa.
Mayoría absoluta (50% + 1), de sufragios válidamente emitidos
Segunda vuelta: Si ninguno de los candidatos alcanza la mayoría absoluta, los más altos.
Elecciones parlamentarias → Diputados y Senadores
Sistema binominal/por arrastre (cada distrito y circunscripción se eligen 2 candidatos) → Antiguo
D’Hont, con porcentajes (representativo) → Nuevo
Electos con mayor votación de las 2 listas más votadas.
Elecciones municipales
Alcaldes, Concejales, CORES ( FNDR)
Mayoría simple
No hay segunda vuelta