Fundamentos del Comercio: Historia, Normativa e Instituciones


Reseña histórica

El intercambio de productos nace en el momento en el que el ser humano se vuelve sedentario con el llamado **trueque**, un sistema muy primitivo pero que fue el inicio del actual funcionamiento del comercio. Con el desarrollo de los diferentes imperios se desarrolló también el comercio: los primeros documentos comerciales, se utilizaban metales preciosos para establecer precios, surgieron los mercados y nació la profesión de mercader. El descubrimiento de América y su posterior colonización significaron el empujón definitivo del comercio que tomaría una dimensión mayor con la Revolución Industrial. Surge el área del libre comercio, la unión aduanera y el mercado común. El **mercantilismo** son doctrinas de política económica que aplicaban las doctrinas de política económica del siglo XVI y XVII en el que predominaba el intervencionismo casi total, el reino era el punto de referencia y la riqueza nacional el objetivo prioritario. El librecambismo es totalmente lo contrario.

Requisitos y normativa comercial

Los requisitos están en el Código de Comercio que establece el término comerciante. En el caso de entidades mercantiles o industriales estarán representadas por una persona física capacitada legalmente. Tendrán capacidad legal para el ejercicio del comercio los mayores de 18 con libre disposición de sus bienes, los menores podrán por mediación de tutores.

Incapacitaciones

Por cuestiones legales no podrán aquellas personas sentenciadas a penas de interdicción civil, aquellas declaradas en quiebra, las que no puedan comerciar por expreso dictamen legal. Por cuestiones profesionales no podrán desempeñar tareas de intervención directa los magistrados, jueces y funcionarios del ministerio fiscal en servicio, jefes gubernativos, económicos o políticos, empleados de Hacienda, etc.

Normativa comercial

Alta en Hacienda, mediante licencia fiscal, licencia municipal de apertura e inscripción del titular del establecimiento en el Registro General de Comerciantes y de Comercio, alta como empresa en la Seguridad Social, acreditar titulación, etc.

Instituciones comerciales

Entidades promotoras de la actividad comercial

Cuyas funciones son facilitar y promover la actividad comercial, informar y defender a los consumidores y velar por el buen cumplimiento de la legislación comercial vigente. Estas son la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa perteneciente al Ministerio de Economía y Hacienda y Las Cámaras Oficiales de Comercio Industria Y Navegación que defienden los intereses generales del comercio y colaboran con el mundo de la enseñanza profesional en las prácticas.

Instituciones que velan por el cumplimiento de la legislación comercial

Son el Servicio de Defensa de la Competencia, organismo encomendado para la resolución de expedientes incoados por el Tribunal de Defensa de la Competencia como *dumping*, reparto de mercados, abusos por posición dominante, limitaciones en producción o distribución. Por otro lado, se encargan los tribunales de justicia.

Protección del consumidor

Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios protegiendo mediante procedimientos eficaces la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. En España, las comunidades autónomas tienen competencia en este campo, también algunas administraciones locales o los principales ayuntamientos. Perteneciente a la Administración comunitaria encontramos la Dirección General XXIV de la Comisión Europea que fomenta e impulsa la cooperación e información entre administraciones de estados miembro. Pertenecientes a la Administración central está la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, el Instituto Nacional de Consumo, el Defensor del Pueblo, la Junta Arbitral Nacional de Consumo y el Consejo de Consumidores y Usuarios. Pertenecientes a la Administración autonómica están las Consejerías de Consumo y la Dirección General de Consumo. Pertenecientes a la Administración local los Servicios de Inspección de Consumo, las oficinas municipales de Información al Consumidor y las Juntas Arbitrales de Consumo.

Derechos del consumidor

El usuario tiene derecho a protección contra riesgos a la salud o seguridad, a la protección de los intereses económicos y sociales de los consumidores, a la información del consumo, a reparación de daños y perjuicios, a ser representado por asociaciones y a protegerse en situaciones así como a reclamar. Al reclamar se debe:

  1. Identificar a la persona que reclama
  2. Identificar la empresa a la que se reclama
  3. Exponer lo que se reclama
  4. Presentar documentación que demuestre la reclamación
  5. Estar dentro del plazo
  6. Se puede realizar por escrito, verbalmente o por teléfono
  7. Presentarse en los servicios creados por las administraciones locales para tal menester en el Instituto Nacional de Consumo e incluso en las asociaciones de consumidores.

Indemnización por daños y perjuicios

Derecho de consumidores a ser indemnizados por daños debido a uso o servicio defectuoso. Los fabricantes y los importadores serán responsables de los daños causados por defectos en los productos que fabriquen o importen. Se indemnizará lesiones corporales o muerte, daños en bienes patrimoniales, terceros que hayan sufrido daños.

Responsables

  1. Fabricantes
  2. Importadores
  3. Quienes presten su nombre o marca
  4. El suministrador del producto

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