Fundamentos del Derecho: Principios, Normas y su Aplicación


Introducción al Derecho y su Ordenamiento

  • ¿Por qué surge el Derecho?

    El Derecho surge para regular el comportamiento entre los humanos. En toda comunidad humana existen normas que atribuyen poder y autoridad, y que establecen medios para solucionar los conflictos generados por la convivencia social.

  • Concepto de Ordenamiento Jurídico

    Conjunto de normas vigentes en una sociedad.

  • Principios del Ordenamiento Jurídico

    a) Democrático b) Legalidad c) Seguridad jurídica d) Valores materiales

  • Principio Democrático

    El poder emana del pueblo y las reglas jurídicas también emanan de la propia comunidad.

  • Principio de Legalidad

    Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución Española (CE) y al resto del ordenamiento jurídico (art. 9.1 CE).

  • Principio de Seguridad Jurídica

    La certidumbre del derecho. Las normas deben ser claras y seguras, para que los destinatarios puedan conocerlas y saber a qué atenerse, facilitando la resolución de conflictos sociales.

  • Caracteres del Ordenamiento Jurídico

    Coherencia, plenitud y unidad.

  • Grandes Ramas del Ordenamiento Jurídico

    Derecho público y derecho privado.

  • Derecho Público

    Protege el interés público.

  • Ramas del Derecho Público

    Derecho administrativo, fiscal, penal y procesal.

  • Derecho Privado

    Protege los intereses particulares o privados.

  • Ramas del Derecho Privado

    Derecho civil, mercantil y laboral.

La Norma Jurídica y su Aplicación

  • Concepto de Norma Jurídica

    Conjunto de reglas que buscan dar solución a distintos problemas sociales.

  • Diferencia entre Norma Jurídica y Disposición Normativa

  • Caracteres de la Norma Jurídica

    1. Abstracción 2. Generalidad 3. Obligatoriedad 4. Coactividad

  • Estructura de la Norma Jurídica

    Consta de dos elementos: 1. Supuesto de hecho o hipótesis: realidad social a la que se refiere la norma. 2. Tesis o consecuencia jurídica: el derecho impone consecuencias determinadas.

  • Clases de Normas Jurídicas

    1. Generales o particulares: las generales se aplican a todo el territorio nacional y las particulares a las CCAA, comarcas…
    2. Comunes y especiales: las comunes regulan situaciones jurídicas que pueden ser protagonizadas por cualquier persona, las especiales regulan una materia concreta.
    3. Imperativas y dispositivas: las imperativas integran el derecho absoluto y las dispositivas el derecho voluntario.

  • Diferencia entre Normas Generales y Particulares

    Las generales se aplican a todo el territorio nacional y las particulares a límites territoriales como las CCAA, comarcas.

  • Diferencia entre Normas Comunes y Especiales

    Las normas comunes regulan situaciones jurídicas que pueden ser protagonizadas por cualquier persona, y las especiales aquellas que regulan una materia concreta o determinada.

  • Diferencia entre Normas Imperativas y Dispositivas

    Las normas imperativas integran el llamado derecho absoluto y las dispositivas el derecho voluntario, facultativo.

  • Interpretación de las Normas

    Es la indagación y esclarecimiento de la norma jurídica.

  • Criterios de Interpretación de las Normas

    1. Gramatical 2. Histórico 3. Lógico 4. Social 5. Sistemático

  • Clases de Interpretación de las Normas (según su resultado)

    1. Declarativa 2. Restrictiva 3. Extensiva

  • La Analogía

    Es un instrumento que utiliza el juez cuando existe una laguna legal o un vacío.

  • Analogía Legis

    Es aplicar una norma concreta y específica a un caso análogo no regulado.

  • Analogía Iuris

    Es aplicar a un caso no regulado por norma legal un principio lógico del ordenamiento jurídico, que se induce de un conjunto de normas.

  • Casos en los que no se aplica la Analogía

    En las normas penales y excepcionales.

  • Eficacia Vinculante de la Norma y su Ignorancia

    Art. 6: La norma obliga y la sanción de su incumplimiento se aplica con independencia de si se conoce o no. Todos estamos obligados a cumplirlas, sin posibilidad de excusarnos por desconocerla.

  • Violación de una Norma

    Es un acto contrario a la ley. Art. 6.6 Cc: La sanción a aplicar será la nulidad del acto realizado.

  • Fraude de Ley

    Cuando se aparenta cumplir una norma, pero se intenta eludir otra al mismo tiempo.

  • Periodo de Vacatio Legis

    La legislación marca un plazo entre la publicación de la ley y el inicio de su vigencia. A esto se le denomina “vacatio legis”.

  • Pérdida de Vigencia de una Norma

    Las normas jurídicas suelen ser dictadas con carácter indefinido, pero existen excepciones que se dictan con un plazo de tiempo determinado, conocidas como normas temporales o lex ad tempus. Cumplido el término de validez, pierden vigencia automáticamente. Las normas jurídicas pierden vigencia cuando otra ley las revoca. A esto se llama derogación, y cuando la norma es expulsada por el ordenamiento jurídico se llama anulación.

  • Principio de Irretroactividad de las Leyes

    La nueva ley ha de respetar el estado jurídico anterior y solo rige para el futuro. El Derecho transitorio es el conjunto de reglas destinadas a resolver conflictos que puedan ocurrir entre la ley nueva y la ley anterior derogada por ella.

  • Reglas de Derecho Interno de Aplicación Necesaria

    Art. 8 Cc: Las leyes penales, las de policía y las de seguridad pública obligan a todos los que se encuentren en territorio español, y las leyes procesales españolas serán las únicas aplicables a las actuaciones que se sustancien en territorio español.

  • Ley Personal y Materias que Rige

    Es la correspondiente según el Art. 8 Cc a las personas físicas y es la determinada por su nacionalidad.

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