Glosario de Términos Clave en Prevención de Riesgos Laborales


Definiciones Clave en Seguridad y Salud Laboral

Comité de Seguridad y Salud Laboral: Órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. Está conformado por los Delegados y Delegadas de Prevención por una parte y por el patrono o patrona, o sus representantes por la otra, en número igual al de los Delegados o Delegadas de Prevención.

Actores Sociales: Incluye a Delegados y Delegadas de Prevención, empleadores y empleadoras, asesores del comité de salud y seguridad laboral e invitados especiales.

Ambiente de Trabajo: Es el conjunto de factores físicos, químicos, biológicos, psicosociales y culturales que rodean a una o a varias personas en el interior de su espacio de trabajo.

Análisis de Riesgo en el Trabajo: Son estudios dirigidos a la identificación de todos los riesgos para la seguridad y salud inherentes a los procedimientos que han de ejecutarse durante el cumplimiento de las actividades propias de todo centro de trabajo, con la finalidad de establecer medidas dirigidas a la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

Centro de Trabajo: Son aquellos lugares donde partan o adonde converjan las actividades de un número considerable de trabajadores y trabajadoras que estén ubicados fuera del lugar donde normalmente la mayoría de ellos tengan su habitación, sin exceptuar campamentos especialmente construidos para alojarlos.

Cooperativa: Son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente.

Patrono o patrona: Persona natural o jurídica que en nombre propio, ya sea por cuenta propia o ajena, tiene a su cargo una empresa, establecimiento, explotación o faena, de cualquier naturaleza o importancia, que ocupe trabajadores o trabajadoras, sea cual fuere su número.

Establecimiento: Se define como la reunión de medios materiales y de personal permanente que trabaja, en general, en un mismo lugar, en una misma tarea, y que está sometido a una dirección común, tenga o no fines de lucro.

Gestión: Conjunto de acciones, actividades u operaciones, basados en normas y procedimientos definidos, dirigidos a desarrollar o tramitar aspectos o asuntos de interés.

Gestión de Seguridad y Salud Laboral: Parte del sistema de gestión global que facilita la administración de los riesgos de Seguridad y Salud Ocupacional, asociados a la actividad de la organización. Incluye la estructura organizacional, las actividades de planificación, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para el desarrollo, implementación, revisión y mantenimiento de la política y objetivos de la organización.

Intermediario: Persona que en nombre propio y en beneficio de otra utiliza los servicios de uno o más trabajadores y trabajadoras, siendo responsable solidariamente con el beneficiario de la obra o servicios, de las obligaciones que a favor de los trabajadores y trabajadoras se deriven de la ley y de los contratos.

Lugar de Trabajo: Son todos los sitios donde los trabajadores y trabajadoras deben permanecer o donde tienen que acudir por razón de su trabajo, y que se hallan bajo el control directo o indirecto del empleador.

Órgano Colegiado: Institución que cobija o abriga a un conjunto de personas o practicantes de una actividad que está constituido en colegio, asociación u órgano del Estado.

Representante del Patrono o patrona: Todo trabajador o trabajadora que ejerza funciones de dirección o administración, o personas ajenas a la Empresa, designado por el patrono o patrona para actuar en su nombre y representarlo ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral, así como ante los órganos y entes de la Administración Pública con competencia en la materia.

Salud Ocupacional (1): Disciplina o rama de la salud pública orientada hacia la promoción, prevención y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores y trabajadoras en todas las ocupaciones, integrando los recursos de la Medicina del Trabajo y/o Salud Ocupacional, la Higiene Ocupacional y la Seguridad Industrial, entre otros, con la finalidad de prevenir la aparición de diversos factores de riesgo, minimizar sus efectos adversos, y proteger la salud e integridad física de los trabajadores y trabajadoras, procurando el mayor nivel de bienestar y calidad de vida.

Seguridad en el Trabajo: Es el conjunto de principios, leyes, criterios y normas formuladas cuyo objetivo es prevenir accidentes y controlar riesgos que puedan ocasionar daños a personas, medio ambiente, equipos y materiales.

Unidad de Producción: Es toda aquella empresa o institución que tiene establecimientos ubicados en distintos espacios geográficos, como por ejemplo las sucursales.

Actividades económicas continuas: Combinación de acciones cuyo resultado es un determinado conjunto de productos, donde se combinan recursos tales como: mano de obra, equipos y técnicas de fabricación, para obtener determinados bienes y servicios, en un centro de trabajo de manera ininterrumpida por turnos de trabajo.

Actividades Económicas no continuas: Combinación de acciones cuyo resultado es un determinado conjunto de productos, donde se combinan recursos tales como: mano de obra, equipos y técnicas de fabricación, para obtener determinados bienes y servicios, en un centro de trabajo de manera interrumpida por turnos de trabajo.

Evaluación Médica Preempleo: Tendente a conocer el estado de salud de los trabajadores o trabajadoras, al momento de ingresar a la empresa o centro de trabajo. Se realiza en cada institución, empresa, establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, persigan o no fines de lucro, sean públicas o privadas, por parte de los empleadores y empleadoras, asociados y asociadas.

Prevención: Cualquier medida que permita reducir la probabilidad de aparición de una afección o enfermedad, o bien, interrumpir o aminorar su progresión.

Salud Ocupacional (2): Campo de conocimientos de la Salud Pública orientada hacia la promoción, prevención y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores y las trabajadoras en todas las ocupaciones, integrando los recursos de la Medicina del Trabajo, la Higiene Ocupacional, Seguridad Laboral y Psicología Ocupacional entre otros, con la finalidad de controlar los diversos riesgos y procesos peligrosos.

Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: Estructura organizacional y operativa de los patronos o patronas, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, que tiene como objetivos exclusivos la promoción, prevención y atención de los daños a la salud con ocasión del trabajo, y activar la vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y las trabajadoras.

Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Mancomunado (SM): Estructura organizacional dedicada de manera exclusiva a un grupo de patronos, patronas, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, que formen parte de este de manera simultánea. Sus objetivos son la promoción, prevención, atención de los daños a la salud con ocasión del trabajo y activar la vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y las trabajadoras.

Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Propio (SP): Estructura organizacional que dedica su actividad de manera exclusiva a una empresa, cooperativa u otra forma asociativa comunitaria de carácter productivo o de servicios. Sus objetivos son la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y las trabajadoras.

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