Impago de Cheques
Acciones de Regreso contra el Librador
- Presentar el cheque al cobro en el plazo establecido.
- Acreditar la falta de pago mediante protesto o declaración equivalente.
El protesto es un acto notarial que acredita la falta de pago y puede constar en el propio cheque o en un acta notarial.
Acciones Judiciales
Las acciones judiciales contra el deudor por impago de un cheque bancario deben interponerse en el plazo de 6 meses desde el intento de cobro y se tramitan a través del juicio cambiario.
Se puede reclamar:
- Importe del cheque no pagado.
- Intereses devengados desde el día de presentación al tipo legal del dinero + 2 puntos.
- Gastos ocasionados por el impago.
- 10% del importe no pagado del cheque.
- Indemnización si el librador ha emitido un cheque sin fondos.
Letras de Cambio
Concepto y Funciones
La letra de cambio es un documento mercantil en el que una persona (librador) ordena incondicionalmente a otra (librado) el pago de una determinada cantidad de dinero a un tercero (tomador) o a su propia orden, en una fecha determinada (vencimiento).
Cumple tres funciones:
- Medio de pago.
- Proporciona mayores garantías de cobro que otros medios de pago.
- Fuente de financiación a corto plazo mediante descuento de efectos.
Intervinientes
- Librador: Acreedor de la deuda y emisor de la letra de cambio.
- Librado: Deudor que debe pagar la letra de cambio.
- Tomador, portador, tenedor o beneficiario: Persona que tiene en su poder la letra de cambio y a quien se le debe abonar.
- Endosante: Transmite la letra de cambio a un tercero.
- Endosatario: Recibe la letra de cambio.
- Avalista: Garantiza el pago de la letra de cambio.
Elementos Esenciales
- Denominación»letra de cambi».
- Orden de pagar.
- Cantidad.
- Nombre, apellidos y dirección del librado.
- Fecha de vencimiento.
- Lugar de pago.
- Nombre y apellidos del beneficiario.
- Firma del librador.
Aceptación de la Letra de Cambio
Es la declaración del librado que asume la obligación de pago cuando la letra de cambio llegue a su vencimiento. El librado se convierte en aceptante y obligado principal y directo.
Endoso de la Letra de Cambio
Es la transmisión de los derechos de cobro de la letra de cambio a otra persona. El endosatario se convierte en el tenedor o portador de la letra.
Protesto de la Letra de Cambio
Es un acto notarial que acredita la falta de aceptación o pago de la letra de cambio. Puede ser sustituido por una declaración firmada por el librado.
El protesto debe realizarse en los 5 días siguientes a la fecha de vencimiento. Si no se levanta el protesto, la letra se perjudica y se pierden las acciones de regreso.