Impuestos Nacionales en Argentina


1. Ganancia mínima presunta. (ANUAL)

OBJETO: Impuesto complementario a los IVA a las Gcias porque lo que se grava son todos los activos disponibles, existentes a fin de año, fin del periodo.

Sujetos Pasivos de pagar los impuestos:

  • Sociedades domiciliarias del País.

  • Explotaciones Unipersonales.

  • Personas Titulares de Muebles Rurales. (Galpones, Fabricas, Casas).

  • Sucursales situadas en el País.

  • Sucursales extranjeras en el País que desarrollen total o parcialmente su Actividad acá.

Criterios de Valuación:

  • Bienes Muebles (Costo – Am. Ac.)

  • Inmuebles (Costo- Am. Ac.)

  • Inmuebles Rurales (25% del Valor Fiscal o $200.000, se toma el mayor para Valuarlo)

  • Bienes de Cambio (Valor de las Últimas Compras)

  • Tenencia de Dólares (Al momento de la Liquidación se toma el TCC)

  • Títulos Públicos (Cotización al momento de Liquidación) (Acciones no se toman en cuenta)

Liquidación

Para liquidar el Imp:

  • Alícuota 1%.

  • Pago del Imp. a las gcias se puede tomar como pago en cuenta de este impuesto.

  • El excedente del impuesto NO genera Saldo a Favor.

Ejercicio:

Empresa Agrícola presenta los siguientes Activos al 31/12.

  1. Oficina en el centro de 15 años. costo= $3.000.000 (Am x año $60.000) ($2.100.000)

  2. Tienen 7 computadoras de 3 años de Ant. c/u $15.000 y se amortiza $3.000 por año

15.000 x 7= $105.000

(3.000 x 7) x 3= $63.000

Se restan y da $42.000

  1. Tiene un galpón valuado en $15.000.000 (3.750.000)

  2. Tienen Dol TCC $38 (1.900.000)

TOTAL: 7.792.000

Saco la Alícuota 1% 77.920

Pago IIGG 57000

ENTONCES RESTO (77920-57000) = 20.920 RTA

2. Bienes personales. (ANUAL)

OBJETO:

Son todos los Bs de toda persona tanto física como jurídica para evitar la doble imposición

  • Inmuebles.

  • Bs muebles.

  • Rodados.

  • Títulos.

  • Tenencias en efectivo (Pesos/Dólares/Euros/etc.).

  • Participaciones en otras Sociedades (Persona física/jurídica).

Mínimo Exento: $1.050.000.

Imp que grava.

SUJETOS:

  1. Argentinos (Situados en el País/Extranjero)

  2. Extranjeros (Sit. En Argentina)

Ejemplo:

$4.000.000 Conjunto de Bs.

– $1.050.000 Min. Exento.

  • $2.950.000 Rdo, le aplico la Alícuota y luego el Rdo2 es lo que pago.

Criterios de Valuación:

  • Inmuebles (Costo – Am. Ac.)

  • Rodados (Costo – Am. Ac.)

  • Moneda Extranjera (TCC al 31/12)

  • Participación de Sociedades (Proporción del Patrimonio a fin de año)

Alícuota Bs Personales 0,25%.

Ejercicio:

  1. Al 31/12 tengo un inmueble $15.000.000, antigüedad 35 años.

  2. Tengo un auto que salió $300.000, antigüedad 10 años.

  3. Tengo $30.000 Dolares TCC: $41.

  4. Tengo un Plazo Fijo por $100.000.

  5. Tengo el 15% de una empresa cuyo patrimonio al 31/12 es de $150.000.000.

  6. Tengo Títulos del Estado valuados a $10.000.000.

  1. 4.500.000

  2. Ya está completamente amortizado.

  3. 1.230.000

  4. Exento

  5. 22.500.000

  6. Exento

28.230.000

  • 1.050.000 (Min exento)

27.180.000 X 0,0025 (Alícuota) = $67.950 Total a Pagar.

3. Iva. (MENSUAL)

OBJETO:

  • Ventas en el País.

  • Servicios en el País.

  • Importaciones.

SUJETO:

  • Consumidores.

  • Empresas.

  • Importadores.

  • Locadores.

Aplica su capacidad en los contribuyentes sin importar su capacidad contributiva.

Impuesto regresivo porque se cobra con la misma Alícuota para todos por sobre la operación, el cual es, el Hecho Imponible.

21% Alicuota General.

27% (Alícuota Incrementada) Venta de Gas, Energía eléctrica, Agua y Teléfono.

10,5% (Alícuota Reducida) Animales (Para beneficio del Campo), Frutas, Granos, Venta de diarios

Impuesto Real.

4. Créditos y Débitos. (MENSUAL)

Se da en todo tipo de operaciones bancarizadas:

  • Transferencias.

  • Cheques.

  • Depósitos.

  • Pago de Sueldos.

  • Pago de Haberes.

Entre otros.

  • El Estado a través de los Bancos retiene la Alícuota del 6% (0,006%).

  • Alícuota Incrementada, esta es para operaciones hechas por entidades financieras y para los movimientos de personas por cuenta propia o 3eros, es el 12% (0,012).

  • Alícuota Reducida 0,00075, esta la tienen, la persona quien la solicita y la AFIP.

Ej= ONG, sin fin de lucro.

OBJETO Y SUJETO:

  1. Operaciones efectuadas en cuentas abiertas en bancos y financieras (C.Ahorro y C/C) y tiene como SUJETO al titular de la cuenta.

  2. Operaciones hechas por Entidades Financieras, SUJETO el beneficiario.

  3. Movimiento de personas por cuenta propia o cuenta de terceros, SUJETO quien efectúe el movimiento.

Pago a cuenta:

Los titulares de cuentas que se le aplique la Alícuota General (6%) se pueden computar como pago a cuenta el 34% de lo que pagaron por este impuesto para pagar menos, disminuir el pago de impuesto a las Ganancias o Ganancia Mínima Presunta.

Ley Antievasión:

Las operaciones superiores a $1000 tienen que ser bancarizadas, esto quiere decir, que entra en el sistema.

5. Monotributos. (MENSUAL)

Es un régimen simplificado que está destinado a pequeños contribuyentes que son personas físicas que vendan muebles, inmuebles y prestación de Servicios.

Que se encuadren dentro de las categorías de un monotributo.

No realizan importaciones, deben ser RI.

No pueden hacer más de 3 acts. simultáneamente.

Los monotributistas no tienen que pagar Imp. a las Gcias. ni IVA.

En el 2018 la categoría más baja fue de $107.525

Las personas que trabajan y ganan ese monto por año.

Categoría A de monotributo por mes paga $1007.

Hay varias categorías que difieren en lo que se debe pagar.

Las últimas tres categorías le exigen al contribuyente tener entre 2-3 trabajadores registrados.

La categoría K, la ultima, gana por año $1.344.066.

El monotributo se paga mensualmente, de acuerdo a la categoría del contribuyente.

Por cuatrimestre hay una recategorización, es obligatorio estar declarado en la AFIP, cada contribuyente declarando sus ingresos del año inmediato anterior, define si le corresponde o no cambiarse de categoría.

Características de cada categoría de monotributista (Anual).

Categoría

Ingresos brutos

Superf. Afectada

Energía eléctrica anual

Monto anual al que devengado

A

107525

Hasta 30m2

Hasta 3300 KW

4032

Dentro del monotributo hay 3 conceptos:

  • Paga el concepto de la obra social.

  • Paga el concepto de jubilación (Ap. jubilatorios)

  • Paga el concepto impositivo.

En el caso de que uno sea trabajador en relación de dependencia y monotributista, solo paga el concepto impositivo.

Monotributo Social:

Fue una resolución del Gob. para integrar al sistema a los sectores más vulnerables, para que puedan tener obra social y jubilación.

El importe que paga por monotributo social es el 50% de lo que pagan en obra social.

6. I.I. B.B. (MENSUAL)

Hecho imponible: Hecho que genera la acción para que se genere el impuesto. Generación de la Gcia.

Imp. Provincial: Cada jurisdicción se encarga de recaudarlo y tiene su régimen especial.

(Todos los vistos anteriormente son NACIONALES)

Hecho Imponible:

Toda Act. que sea habitual y que genere ingresos.

OBJETO:

Ingresos devengados por mes (Impuesto Mensual).

No entra el IVA que fue cobrado y tampoco la venta de los que el vendedor considere de uso.

Alícuota General 3% I.I.B.B. Devengados.

Alícuota Incrementada es el 5% siempre que supere los $55.000.000 Anuales.

Convenio Multilateral:

Se crea cuando hay 1 contribuyente que realiza 1 actividad en varias jurisdicciones.

Se calcula:

Coeficiente de Ingreso

Coef. de Egreso

(20.000.000)

CABA 15.000.000——————— 15.000.000

                                                      20.000.000

Da 75%


SALTA  5.000.000 ———————5.000.000

                                                      20.000.000

Da 25%

Los porcentajes se aplican en el año por los ingresos que se van devengando mensualmente.

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