Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Funciones, Ámbito de Actuación y Procedimiento Sancionador


Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS): Funciones y Ámbito de Actuación

Funciones de la ITSS

  • Vigilancia de la normativa social
  • Asistencia técnica
  • Arbitraje
  • Conciliación y mediación

Ámbito de Actuación de la ITSS

Ámbito Material

  • Empresas, centros de trabajo y lugares de ejecución de la prestación laboral
  • Vehículos y medios de transporte en los que se preste trabajo
  • Puertos y aeropuertos
  • Entidades y empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social
  • Entidades públicas o privadas que colaboren con las distintas Administraciones Públicas
  • Sociedades cooperativas en relación a su constitución

Excepciones

  • Trabajos en minas, canteras y túneles
  • Trabajos que impliquen fabricación, transporte, almacenamiento y utilización de explosivos
  • Centros de trabajo y establecimientos militares

Ámbitos Especiales de Actuación

  • Locales e instalaciones diplomáticas
  • Empresas que ejerzan actividades en centros, bases o establecimientos militares

La Actividad Inspectora

Funciones de los Inspectores

  • Facilidades para acceder a los lugares de trabajo
  • Potestad de los inspectores de hacerse acompañar en el curso de las visitas de inspección por las personas que determinen
  • Capacidad para practicar las pruebas y diligencias de investigación que estimen necesarias
  • Posibilidad de adoptar determinadas medidas cautelares con el fin de salvaguardar la integridad de los medios de prueba procurados

Facultades de los Inspectores

  • Acceso a los lugares de trabajo
  • Acompañantes
  • Medios de investigación
  • Adopción de medidas cautelares

Formas de Iniciarse la Actividad Inspectora

  • Orden superior
  • Petición razonada de otros órganos
  • Propia iniciativa
  • Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social:
    • Legitimación de cualquier ciudadano
    • Se presentará por escrito con identificación personal del denunciante
    • Es secreta
    • Al denunciante no se le reconoce la condición de interesado

Medidas de Actuación

  • Visitas a los centros de trabajo
  • Comparecencia a requerimiento del funcionario actuante
  • Expediente administrativo, se dejará constancia en el libro de visitas de la Inspección de trabajo y Seguridad Social

Modos de Finalización de la Actividad Inspectora

  • Archivo del expediente
  • Mediante medidas de advertencia y requerimiento:
    • El funcionario actuante deberá comunicar la advertencia o requerimiento al sujeto responsable por escrito, a cuyo efecto podrá utilizar el libro de visitas
    • Señalando las irregularidades o deficiencias apreciadas
    • Fijando un plazo para la subsanación de las mismas
    • Bajo el correspondiente apercibimiento
  • Levantamiento de actas:
    • Actas de infracción:
      • Identificación del sujeto infractor
      • Responsables subsidiarios o solidarios
      • Hechos constados
      • Cuantificación y propuesta de sanción
    • Actas de liquidación: un paso previo, requerimientos para el pago de cuotas. Cuando en el ejercicio de su función la ITSS comprobase la existencia de deudas por cuotas a la Seguridad Social o conceptos asimilados.

Sanciones

Graduación de las Sanciones (art. 39.2)

  • Negligencia o intencionalidad del sujeto infractor
  • Fraude o connivencia
  • Incumplimiento de las advertencias previas y requerimientos de la Inspección
  • Número de trabajadores o de beneficiarios afectados
  • Perjuicio causado
  • Cantidad defraudada

Interrupción de los Plazos de Prescripción

  • Por acta de infracción debidamente notificada, requerimiento u orden de paralización de la Inspección
  • Por la iniciación del procedimiento de oficio
  • Por el inicio de actuaciones de comprobación, con conocimiento formal del sujeto pasivo
  • Por cualquier actuación del sujeto responsable que implique un reconocimiento de los hechos constitutivos de la infracción
  • Por la interposición de reclamación o recurso de cualquier clase por parte de los afectados
  • Por la comunicación de la autoridad laboral trasladando el tanto de culpa al órgano judicial competente o al Ministerio Fiscal, cuando las infracciones pudieran ser constitutivas de delito

Principios del Procedimiento Sancionador

Legalidad

Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa.

Tipicidad

Prohibición de ampliar la norma sancionadora por vía de interpretación extensiva o analógica.

De Responsabilidad y Presunción de Inocencia

Se exige la concurrencia de dolo o de culpa.

Proporcionalidad

Se reconoce su eficacia en cuanto principio general de derecho, principalmente en el sentido de limitar la discrecionalidad de la Administración en la imposición de las sanciones.

Non bis in idem

Este principio busca impedir la posibilidad de que por unos mismos hechos se produzca una duplicidad de sanciones.

Tramitación del Procedimiento Sancionador

El procedimiento se inicia de oficio por intervención de la ITSS y sigue los siguientes pasos:

  1. Notificación del acta a los sujetos responsables
  2. Apertura de fase de alegaciones ante el órgano competente para dictar resolución en el plazo de 15 días
  3. Audiencia al interesado si de las alegaciones se desprende la existencia de hechos distintos a los consignados en el acta
  4. Resolución en el plazo máximo de 10 días

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