Instalaciones de Gas: Componentes, Tipos y Normativas de Seguridad


Componentes y Funcionamiento de las Instalaciones de Gas

Válvulas de Seguridad

Las válvulas de seguridad son esenciales para garantizar la seguridad en las instalaciones de gas. Se dividen en dos tipos principales:

  • VIS MAX: Esta válvula evita que la presión aguas abajo supere un valor predeterminado.
  • VIS MIN: Esta válvula evita que la presión aguas abajo disminuya por debajo de un valor establecido, con opción de rearme manual o automático.

Funcionamiento de VIS MAX

Cuando el gas supera la presión establecida, la membrana se recoge, el gatillo se desplaza hacia atrás, y el muelle del obturador salta hacia arriba, cerrando el paso del gas.

Partes de las Válvulas de Seguridad

  • Toma de presión de la válvula de seguridad
  • Membrana
  • Muelle de regulación del disparo
  • Gatillo
  • Muelle del obturador
  • Obturador de la válvula de seguridad

Conjunto de Regulación

El conjunto de regulación para 0,4 < Presión < 5 bar (categorías A y B) en armarios de más de 5 bar incluye:

  • Manómetro
  • Filtro
  • Contador
  • Llaves de paso

Tipos:

  • Tipo A: Para gas natural (2ª familia).
  • Tipo B: Para GLP (3ª familia).

Reguladores para Bombonas

Partes

  • Palanca de apertura y cierre
  • Parte superior de la caja del regulador
  • Membrana de baja presión
  • Parte inferior de la caja del regulador
  • Anillo de baquelita
  • Membrana de alta presión
  • Sistema de palancas
  • Asiento de caucho sintético
  • Bolas de sujeción
  • Salida de gas

Dispositivos de Corte

Los dispositivos de corte pueden ser de dos tipos:

  • Obturador cónico (MOP <= 0,2 bar)
  • Obturador plano (MOP >= 0,2 bar)

Tomas de Presión

Para MOP <= 150 mbar

Pueden ser de débil calibre (de roscar y soldar), tipo Peterson o similares.

Para MOP > 150 mbar

Hasta 5 bar, las tomas de presión deben ser del tipo Peterson o similares (solo categorías B y A).

Normativas de Seguridad y Ventilación en Instalaciones de Gas

Requisitos de los Locales con Aparatos a Gas

  • Los locales situados por debajo de un primer sótano no deben contener aparatos de gas.
  • Si el gas es más denso que el aire, no se pueden instalar aparatos en un primer sótano.
  • No se instalarán aparatos tipo B (gas natural) en locales o galerías cerradas que comuniquen con dormitorios o baños.
  • Los aparatos de tipo B para uso doméstico deben instalarse en galerías, terrazas, recintos exclusivos, lavaderos, garajes individuales, o cocinas (solo si son de tiro forzado).
  • Las calderas de calefacción AQS y equipos de absorción de llama directa para refrigeración con potencia útil nominal superior a 70 kW deben estar en una sala de calderas.

Volumen Mínimo de los Locales

  • Los locales con aparatos a gas de tipo A deben tener un volumen bruto mínimo.
  • Los aparatos de tipo B y C no precisan volumen mínimo.
  • Locales con aparatos de circuito abierto tipo A: Volumen bruto mínimo de 6 m3. Si el consumo calorífico supera los 30 kW, se requiere un sistema de extracción mecánica de aire.

Ventilación Rápida de los Locales

Ventilación a través de una o dos aberturas con una superficie total mínima de 0,4 m2, como puertas o ventanas, que comuniquen directamente al exterior o a un patio de ventilación.

Requisitos de los Espacios Destinados a Ventilación

Local Considerado como Zona Exterior

Superficie libre mínima de 1,5 m2, con el borde superior a una distancia inferior o igual a 0,5 m del techo.

Patio de Ventilación

Superficie mínima en planta de 3 m2. Si tiene tejado, debe dejar una superficie libre de al menos 2 m2. En edificios ya construidos, se considera patio de ventilación aquel con sección interior de al menos 3 m2 y una abertura inferior para entrada de aire.

Requisitos de Ventilación de Locales con Aparatos de Gas de Circuito Abierto

Ventilación Directa

Comunicación permanente del local con el exterior o patio de ventilación mediante orificio, puerta, ventana, conducto individual o colectivo. Las aperturas pueden tener rejillas fijas.

Métodos:

  1. Conducto individual: Asegurar la circulación de aire por tiro natural o ventilador mecánico.
  2. Conducto colectivo: Ventilación por circulación de aire ascendente tipo shunt invertido o similar.

Ventilación Indirecta

A través de un local contiguo que no sea dormitorio ni cuarto de baño y que disponga de ventilación directa.

Evacuación de Gases en Instalaciones de Gas

Aparatos de Tipo B y C de Tiro Natural

  • Llevan cortatiro incorporado.
  • El conducto debe ser lo más corto posible y mantener una pendiente ascendente.
  • Tramo vertical de al menos 20 cm entre la base del collarín y la unión con el primer codo.
  • No debe presentar estrechamientos ni reducciones.
  • El conducto debe disponer de un deflector en su extremo.
  • Exterior: 10 cm desde la base del deflector respecto al muro, 40 cm con cualquier abertura, 40 cm con cualquier pared lateral externa, cornisa o alero, 20 cm con cualquier otro resalte, y 2,20 m en relación con el nivel del suelo, excepto en zonas privadas.

Características de los Conductos de Evacuación de Aparatos Tipo B y C de Tiro Forzado

La salida de productos de combustión o chimenea debe estar a 40 cm mínimo respecto a un orificio de ventilación. Entre 20 cm y 39 cm, instalar desviadores de humo en una pared.

A – A través de fachada, celosía o similar

  • A1 – Tubo concéntrico: El tubo de admisión de aire debe sobresalir un máximo de 10 cm.
  • A2 – Tubos independientes: El tubo de salida de gases y el tubo de entrada de aire deben sobresalir un máximo de 10 cm.

B – Salida de Gases

  • B1: Tubo de salida de gas a 30 cm o menos en vertical respecto a un balcón y 10 cm o menos desde la salida de humos hasta el límite de la terraza (solo en edificaciones construidas; en no construidas, todo junto).
  • B2: Salida de tubo de gas a 30 cm o más respecto a la terraza superior en vertical, sin sobresalir más de 10 cm de la pared.

C y D – Criterios Similares a B

En el caso D, cuando el tubo de salida se encuentre a una distancia superior o igual a 30 cm, la longitud la marca el fabricante.

  1. En todos los casos, la salida de humos debe situarse como mínimo a 2,20 m del nivel del suelo. Entre dos salidas de humos al mismo nivel, la distancia mínima es de 60 cm, reduciéndose a 30 cm con deflectores divergentes. Mayor o igual a 1 m si la salida está perpendicular a otra pared con ventana, y 30 cm si no tiene ventana, reduciéndose a la mitad con deflectores divergentes.
  2. Si la salida de humos está frente a una pared con ventana, debe separarse 3 m o más, y 2 m o más si no hay ventana. Estas distancias se reducen a 2,2 m y 1,5 m respectivamente con deflectores divergentes.

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