1. EL ESPACIO NATURAL
Con algo más de 505.000 km2 de superficie, España puede calificarse como un país mediano-pequeño a escala planetaria, y como un país grande si se compara con otros Estados europeos: es el cuarto más extenso de Europa después de Rusia, Ucrania y Francia.
España es un Estado social porque este debe intervenir para conseguir una sociedad más justa; es democrático porque la soberanía nacional reside en el pueblo; y es un Estado de Derecho porque las leyes expresan la voluntad general y obligan a su cumplimiento a todos los españoles. Actualmente, España se organiza en 17 Comunidades Autónomas y 2 Ciudades Autónomas, 50 provincias y más de 8.000 municipios.
2. UNIDAD Y DIVERSIDAD DEL TERRITORIO ESPAÑOL
2.1. Regiones y paisajes diferentes
CONTRASTES FÍSICOS
Relieve Clima Hidrografía VegetaciónSuelos
CONTRASTES DEMOGRÁFICOS
Distribución Densidad Tipos de poblamiento. Se dan el concentrado (centro, casas juntas, meseta, clima seco); el disperso (norte, casas dispersas, montaña, clima húmedo): y el intercalado (sur, latifundios, combina los dos elementos).
CONTRASTES SOCIO-ECONÓMICOS
El empleo, la renta, el paro se distribuye desigualmente por el territorio. Antes la riqueza residía en los territorios agrarios, luego pasó a un segundo plano y apareció la industria, motor económico de algunas partes del país. Los dos polos industriales en el siglo XIX, eran Barcelona y Bilbao. La industria se focalizó y la agricultura siguió.
2.2. España como resultado de un proceso histórico
CONCEPTO E INGREDIENTES DEL ESTADO-NACIÓN
Espacio o territorio. Definido por fronteras (límites hasta donde llega el Estado).Nación. Elemento humano del Estado, los pobladores.Autoridad o poder. Capacidad para decidir sobre el territorio y los pobladores.Soberanía. Autoridad suprema del poder público.
FRONTERAS EXTERIORES INTERNACIONALES E INTERIORES Y DESARROLLO HISTÓRICO
España tiene un total de 2.032 km de fronteras con otros países, como consecuencia de su situación geográfica al suroeste del continente europeo, y rodeada del océano Atlántico y el mar Mediterráneo. Tiene frontera con diferentes países de dos continentes distintos: Europa y África. Se pueden distinguir dos grandes fronteras, la frontera norte y la frontera oeste. La mayor parte de la longitud de las fronteras que tiene España están en Europa (un 99,06% del total), en concreto con Francia y Portugal. También tiene una pequeña frontera con el Territorio Británico de Ultramar de Gibraltar y con el Principado de Andorra. En total son 2.013 km de fronteras en Europa.
Algunas de las ciudades autónomas y peñones españoles situados en el norte de Marruecos, hacen frontera con este país. En total son 19 km de fronteras en África (0,94% del total).
3. ESPAÑA COMO UN ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS, PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
3.1. La forma de Estado establecido en la Constitución
La Constitución Española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España, en vigor desde el 29 de diciembre de 1978.
el General Francisco Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un Estado Social y Democrático de Derecho, bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria
Es un estado social porque el Estado participa en la vida económica y pública, para que los individuos tengan los mismos derechos, el Estado garantiza que los que no tienen recursos puedan conseguir lo que necesiten.
Es un estado democrático porque la soberanía reside en el pueblo, periódicamente se convocan elecciones libres, acuden todos los partidos que cumplan los requisitos. El Estado goza de libertad de asociación sindical, libertad de expresión y libertad de pensamiento.
Es un estado de derechoporque todo el mundo (ciudadanos, instituciones…), salvo el Rey, está sometido al imperio de la ley.
3.2. Desigualdades en el acceso y grado de autogobierno ARTÍCULO 143
La llamada vía lenta, contenida en el apartado segundo del artículo 143, supuso el medio por el que se constituyeron la mayoría de las Comunidades Autónomas.
ARTÍCULO 151
La llamada vía rápida, en el artículo 151 de la Constitución regula el procedimiento de acceso inmediato a la autonomía plena frente al procedimiento de acceso a la autonomía limitada contemplado en el artículo 143.
3.3. Las principales instituciones autonómicas LEGISLATIVO
Elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de leyes.
Las Cortes Generales o Parlamento, representan al pueblo español y están formadas por dos cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado. Ejercen el poder legislativo, es decir, elaboran las leyes; también aprueban los presupuestos del Estado, controlan la acción del Gobierno y eligen al presidente del Gobierno.
EJECUTIVO
Dicta y aprueba las leyes, y es la representación política de los ciudadanos.
El Gobierno ejerce el poder ejecutivo, es decir, gobierna de acuerdo con lo que establecen las leyes. El Gobierno está compuesto por el presidente, el vicepresidente y los ministros.
JUDICIAL
Se encarga de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de conflictos.
El poder judicial es el encargado de hacer cumplir las leyes; lo integran los jueces y magistrados. El Tribunal Supremo tiene jurisdicción en todo el territorio nacional. El Tribunal Constitucional interpreta la Constitución en el caso de que hay conflictos sobre su significado.
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO
Las Delegaciones del Gobierno, en la Administración Pública de España, son órganos correspondientes a la organización periférica del Estado. Tienen carácter político, y sus titulares ostentan la condición de Alto Cargo. Sus funciones principales son las de representar al Gobierno en la Comunidad Autónoma correspondiente, así como dirigir la Administración del Estado en el territorio autonómico y coordinarla con la Administración propia de la Comunidad Autónoma en cuestión.
3.4. La organización territorial y político-administrativa a menor escala y el significado actual de la división provincial
A nivel central, el Estado es el encargado de la organización.A nivel autonómico, el territorio se organiza en 17 comunidades autónomas y 2 ciudads autónomas, que se organizan en Parlamentos, el poder legislativo lo tienen las Cortes, el ejecutivo el Parlamento de cada comunidad y el judicial el Consejo Superior de Justicia.A nivel local, encontramos 50 provincias, cuya Administración Local la supervisa la Diputación y el poder ejecutivo lo tiene el Consejo de Gobierno; y más de 8.000 municipio, administrados por ayuntamientos y cuyo poder ejecutivo lo tiene el alcalde y los concejales, que forman el pleno.
3.5. El municipio y otras entidades locales MUNICIPIO
Un municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias, pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea. El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde.
MANCOMUNIDAD
Una mancomunidad es una asociación libre de municipios, dentro del marco jurídico nacional, que crea una entidad local superior y a la que los muncipios asociados delegan parte de las funciones o competencias que la ley les atribuye, al objeto de que se preste un servicio conjuntamente para todos sus miembros. Las mancomunidades gozan de personalidad jurídica propia para el cumplimiento de sus fines, y pueden existir sin límite de tiempo, o ser creadas únicamente por un tiempo determinado y para la realización de una o más actividades concretas.
COMARCA
Una comarca es un conjunto de poblaciones que por compartir ciertas características forman un territorio separado cultural, económica o administrativamente.
3.6. Los mecanismos de cohesión
POLÍTICAS REGIONALES COMUNITARIAS
La Constitución Española establece que el Estado debe velar por el equilibrio entre las regiones y garantizar la aplicación del principio de solidaridad.Para ello lleva a cabo una política regional, dentro de las directrices de la UE. los objetivos de la política regional española son lograr un desarrollo regional equilibrado potenciado a las regiones más desfavorecidas, y fomentar el potencial endógeno.
Las estrategias para conseguir estos objetivos son:Consolidar el crecimiento de las áreas más dinámicas Detener el declive de la cornisa cantábrica y recuperar su antiguo crecimiento.Impulsar el despegue del eje Mediterráneo Sur, incorporándolo al dinamismo del eje Mediterráneo norte.Apoyar al resto de las regiones, a través de importantes inversiones en infraestructuras, diversificación económica y desarrollo del potencial endógeno.
INSTRUMENTOS AUTONÓMICOS
Los instrumentos para conseguirlo son:
Los incentivos regionales.
Son las ayudas financieras concedidas por el Estado a la inversión empresarial en ciertas zonas. Estas ayudas deben ser compatibles con la normativa europea sobre competencia y con las directrices de la nueva política regional europea 2007-2013.
Los Fondos de Compensación Interterritorial.
Para paliar los desequilibrios territoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, la Constitución estableció la creación de un Fondo de Compensación. De acuerdo con ello, se creó, en 1980, el Fondo de Compensación Interterritorial. Los recursos de los Fondos proceden de los Presupuestos Generales del Estado y son distribuidos por las Cortes entre las comunidades autónomas.