Instituciones y Derecho de la Unión Europea: Guía completa


1) Políticas y Objetivos de la UE

En lo referente a la UE, debemos tener en cuenta que esta tiene una serie de políticas y objetivos:

PolíticasObjetivos
MonetariaDecidir la cantidad de dinero en circulación y el precio de este (Euribor) afecta a los 19 países de la zona euro.
AgrariaEl desarrollo del medio rural y de que todos los ciudadanos tengan un suministro de alimentos adecuados a precio razonable.
PesqueraVelar por una pesca sostenible desde un punto de vista económico y medioambiental.
RegionalReducir las diferencias económicas, sociales y territoriales entre los estados de la UE.
De energíaAsegurar el suministro energético y producir energía de forma sostenible.
IndustrialEstablecer unas condiciones que favorezcan la competitividad industrial.
De transporteCrear un espacio único de transporte competitivo y sostenible.
De educación y FPProporcionar a la población la mejor educación posible para una correcta adaptación de estos al mercado de trabajo, para favorecer el empleo.

2) Consejo Europeo

En lo referente al Consejo Europeo, podemos decir:

  • Está compuesto por los jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros de la UE. El presidente de dicho consejo es elegido entre sus miembros por un periodo de 2 años y medio.
  • Su sede está en Bruselas.
  • En lo referente a sus funciones, podemos destacar: Fijar los objetivos de la UE, impulsar las principales políticas de la UE, la toma de decisiones sobre temas problemáticos, abordar los problemas internacionales (Política exterior y Seguridad común) y nombrar a los jefes de las altas instituciones constitucionales.
  • Se reúne cada 4 años en Bruselas en las denominadas cumbres.

3) Consejo de la UE (Consejo de Ministros)

Es el principal órgano decisorio de la UE junto con el Parlamento Europeo. Es donde se adopta la mayoría de la legislación europea y donde se coordinan sus políticas. Por otro lado hay que saber:

  • Está compuesta por los diferentes ministros de los gobiernos nacionales de la UE. Tratan temas sobre asuntos exteriores, agricultura, etc. Está presidido por uno de los Estados miembros y dicha presidencia se establece por turnos rotatorios durante 6 meses.
  • Su sede está en Bruselas.
  • Funciones: Negocia y adopta la legislación de la UE junto con el Parlamento Europeo en los temas cedidos por los Estados miembros. Por otro lado coordina las políticas nacionales, aprueba el presupuesto anual de la UE y concluye acuerdos internacionales negociados por la Comisión.
  • En lo que se refiere al funcionamiento, estas se hacen según el Tratado de Lisboa: Mayoría simple para las cosas menos importantes, mayoría cualificada en la mayoría de casos y por unanimidad para las cuestiones importantes.

4) Parlamento Europeo: Composición y Funciones

El Parlamento Europeo es uno de los órganos más importantes de la UE, representa a los ciudadanos de la UE.

Composición

  • Está conformado por 751 diputados elegidos por los ciudadanos europeos por sufragio universal cada 5 años.
  • En lo que se refiere a su presidente, este es elegido por el Parlamento, y sus funciones serán por un periodo de 2 años y medio.
  • Destacar que existen 14 vicepresidentes para sustituirlo.

Funciones

  • Se encarga de negociar y aprobar la legislación europea junto con el Consejo de la UE.
  • Aprueba el presupuesto anual europeo, propuesto por la Comisión Europea y también se encarga de aprobar o rechazar al candidato del Consejo Europeo para el puesto de Presidente de la Comisión.
  • Ratifica los acuerdos internacionales negociados por la Comisión.
  • Coopera con los parlamentos de los estados miembros y supervisa la gestión cotidiana de las políticas de la UE.

5) Parlamento Europeo: Sede y Funcionamiento

El Parlamento Europeo es uno de los órganos más importantes de la UE, representa a los ciudadanos de la UE.

Su sede está en Estrasburgo.

Funcionamiento

  • Se llevan a cabo reuniones mensuales de todos los eurodiputados en las sesiones plenarias.
  • Se agrupan por afinidad ideológica.
  • Pueden haber sesiones adicionales pero sería en este caso en Bruselas.
  • Para desarrollar sus funciones, existen una serie de Órganos directivos (Mesa, son el Presidente del Parlamento, 14 vicepresidentes y 5 cuestores, se encarga de organizar el Parlamento internamente y las relaciones institucionales.), Órganos de apoyo (Secretaría General, realiza tareas administrativas.) y Órganos de trabajo (Son las comisiones parlamentarias y las delegaciones).

6) Comisión Europea

Es el principal órgano ejecutivo de la UE y representa el interés común de todos los países miembros.

  • Está formado por 28 comisarios, 1 por cada país. De ahí se nombra 1 Presidente propuesto por el Consejo Europeo, se encarga de asignar a cada comisario distintas funciones. Por otro lado está El Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (Vicepresidente de la Comisión) y 5 Vicepresidentes que ayudan al Presidente.
  • Su sede está en Bruselas y Luxemburgo.
  • Se encarga de elaborar propuestas de nueva legislación de la UE. Supervisa como los Estados miembros aplican los reglamentos y directivas europeas. Aplica las decisiones adoptadas por el Consejo y Gestiona el presupuesto de las políticas de la UE.

7) Tribunal de Justicia

Es la institución encargada de interpretar el Derecho de la UE, está integrado por 3 tribunales: T. de Justicia, T. General y el T. de la Función Pública. Se encarga de:

  • Aclarar a los tribunales nacionales la legislación europea para que la interpreten.
  • Aplicar la ley ante el incumplimiento de la legislación europea por parte de un país miembro.
  • Anular normas europeas si vulneran los tratados de la UE.
  • Sancionar a las instituciones europeas con hayan vulnerado los derechos de cualquier persona o empresa.

8) Tribunal de Cuentas

Se encarga de supervisar y controlar el buen funcionamiento y la adecuada administración de las finanzas y de los fondos comunitarios, centra su labor sobre todo en la Comisión Europea ya que es la responsable del presupuesto de la UE. Por otro lado decir:

Composición

  • Está compuesta por 28 miembros (1 de cada país de la UE).
  • Son nombrados por el Consejo por un periodo de 6 años.

Su sede está en Luxemburgo.

Funciones

  • Se encarga de auditar los ingresos y gastos de la UE para verificar la legalidad del uso, contabilidad y rentabilidad de los fondos europeos.
  • Por otro lado se encarga de supervisar a personas y organizaciones que reciban fondos de la UE.
  • Informar de sospechas de fraude.
  • Elabora informes sobre la gestión financiera de manera periódica.

9) BCE: Banco Central Europeo

El BCE junto con los bancos centrales nacionales de los países miembros de la UE forman el Eurosistema. Su objetivo es mantener el valor del euro.

Composición

  • Está compuesto por el Consejo General: Comité Ejecutivo (Presidente, Vicepresidente y 4 miembros elegidos de los países miembros por 8 años), 19 Gobernadores de los bancos centrales de la zona euro y 9 de los bancos centrales no pertenecientes a la zona euro.

Su sede está en Fráncfort.

Funciones

  • Se encarga de gestionar la política monetaria de la zona euro.
  • Controlar la oferta monetaria y la inflación.
  • Gestionar la reserva de divisas de la zona euro y su compra.
  • Supervisar las entidades de crédito e instituciones financieras.
  • Rendir cuentas al Parlamento Europeo mediante el Informe Anual.

Funcionamiento

Tiene 3 órganos y se encargan de:

  • Consejo de Gobierno: Toma decisiones respecto a la política monetaria de la zona euro.
  • Comité Ejecutivo: Se encarga de la gestión diaria del BCE.
  • Consejo General: Su función es consultiva y de coordinación.

10) Diferencia entre Eurosistema y Sistema Europeo de Bancos Centrales

La principal diferencia es que el Eurosistema está formado por el BCE + Los bancos centrales de los países de la ZONA EURO (La zona euro está formada por 19 países), por el contrario el Sistema Europeo de Bancos Centrales, está formado por los bancos centrales de TODOS los países de la UE (Son 28 países miembros y por lo tanto sus bancos centrales) + el BCE.

11) Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

Se encarga de apoyar al Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que también es el vicepresidente de la Comisión), su objetivo es garantizar la coherencia y coordinación de las políticas exteriores adoptadas para aumentar la influencia de la UE en el mundo.

En lo referente a sus funciones:

  • Gestiona las relaciones diplomáticas de la UE con los países no miembros y otros organismos.
  • Aplica las distintas políticas exteriores y de seguridad establecidas por las instituciones de la UE.

12) Comité Económico y Social Europeo (CESE)

Es un órgano consultivo que se encarga de aportar a las instituciones europeas la opinión de los distintos grupos de interés económico y social sobre las propuestas legislativas y políticas económicas. En pocas palabras es un puente entre la sociedad y el Consejo, La Comisión y el Parlamento Europeo. Está formado por 350 miembros de los 28 estados miembros que representan la sociedad civil organizada.

13) Comité de las Regiones (CDR)

Es un organismo consultivo de la UE formado por representantes locales y regionales que se encargan de dar a conocer su opinión sobre la legislación de la UE que repercute directamente en las regiones y ciudades. Emiten dictámenes sobre la sanidad, educación, empleo, etc.

Está formado por:

  • 350 representantes de los 28 estados miembros pertenecientes a 5 grupos políticos.
  • El número de miembros de 1 país depende su población. (España tiene 21 miembros).
  • Son nombrados por el Consejo por un periodo de 5 años.

14) Banco Europeo de Inversiones (BEI)

Es un órgano financiero independiente. Su sede está en Luxemburgo y su función es conceder financiación a proyectos que contribuyan al desarrollo de las regiones y de las políticas de la UE.

Ofrece:

  • Préstamos en condiciones favorables a proyectos que impulsen el empleo y crecimiento de la UE, que apoyen medidas para mitigar el cambio climático, etc.
  • Asesoramiento y asistencia técnica para lograr la máxima rentabilidad en dichos proyectos.
  • Sus decisiones financieras son adoptadas por: El Consejo de Gobernadores (ministros de economía y finanzas), Consejo de Administración (Presidente del banco, 28 miembros designados por los países miembros y 1 de la Comisión Europea), Comité de Dirección ( Gestiona asuntos corrientes) y Comité de Auditoría (Comprueba el correcto funcionamiento del BEI).

15) Fondo Europeo de Inversiones (FEI)

Es un órgano financiero de la UE, con sede en Luxemburgo que está relacionado con el BEI ya que es su principal accionista.

No actúa financiando directamente a las empresas ni gestiona subvenciones. Hace esto:

  • Proporciona fondos de capital de riesgo y micro-financiaciones a pequeñas empresas (En especial al sector de la Tecnología).
  • Facilita garantías a instituciones financieras (bancos).
  • Ayuda a los países de UE en proceso de adhesión para desarrollar sus mercados de capital de riesgo.

16) Defensor del Pueblo Europeo

El Defensor del Pueblo Europeo investiga las reclamaciones relativas a una mala gestión por parte de las instituciones y los organismos de la UE. Las reclamaciones pueden proceder de cualquier ciudadano de la UE o de residentes, empresas y organizaciones con domicilio en un Estado miembro.

Se encarga de investigar distintos aspectos de una mala administración, por ejemplo: conducta desleal, discriminación, abuso de poder, omisión de información o negativa a proporcionar, retrasos innecesarios, procedimientos incorrectos.

17) Servicio Europeo de Protección de Datos (SEPD)

Tiene su sede en Bruselas, es un órgano independiente encargado de garantizar que a la hora de tratar datos personales, las instituciones y organismos de UE respeten el derecho a la intimidad de los ciudadanos, para ello, el SEPD:

  • Supervisa la recogida, registro, almacenamiento, recuperación…de los datos personales por parte de la adm. de la UE.
  • Asesora a las instituciones y a los organismos de la UE sobre la protección de datos y su legislación.
  • Se encarga de las reclamaciones y realiza investigaciones.
  • Colabora con la autoridades nacionales de la UE para la coherencia de la prot. de datos.
  • Supervisa cualquier nueva tecnología que pueda tener algún tipo de incidencia.

18) Derecho de la UE: Normas y Principios

La UE posee una serie de normas para el funcionamiento interno, el papel de la UE, los derechos y obligaciones de los estados miembros y de sus ciudadanos. Este conjunto de normas se conoce como Derecho de la UE, y tiene una serie de principios:

  • Principio de primacía del Derecho de la UE sobre el Derecho interno de los Estados miembros para garantizar la uniformidad en todos los países.
  • Principio de Autonomía del Derecho de la UE, ya que es 1 derecho independiente y distinto al Derecho de los Estados miembros y del Derecho internacional.
  • Principio de efecto directo, el Derecho de la UE genera derechos y obligaciones que afectan de manera directa los Estados miembros y sus ciudadanos.

19) Derecho Derivado: Reglamento, Directiva, Decisión y Recomendación

Está compuesto por la normativa creada por las instituciones europeas, concretamente por el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo, se agrupan en:

  • Reglamento: Son normas de carácter general y de obligado cumplimiento para todos los estados miembros, su aplicación es directa o se aplicará una vez pasados 20 días y haya sido publicada en el DOUE. (Diario Oficial de la UE)
  • Directiva: Son un conjunto de normas de carácter obligatorio para todos los Estados miembros en cuanto a los objetivos y resultados que se marcan. Son las autoridades nacionales de cada país las que determinarán cómo alcanzar dichos objetivos en un plazo determinado. Este proceso se denomina transposición.
  • Decisiones: Son normas obligatorias para todos aquellos colectivos a los que van dirigidas, entran en vigor al ser publicadas en el DOUE.
  • Recomendación: Son documentos sin carácter normativo. Sugieren a los destinatarios un comportamiento determinado sin obligar su cumplimiento.

20) Principio de Subsidiariedad

El principio de subsidiariedad pretende determinar el nivel de intervención más pertinente en los ámbitos de las competencias compartidas entre la UE y los países de la UE. Se puede tratar de una acción a escala europea, nacional o local. En cualquier caso, la UE solo puede intervenir cuando su actuación sea más eficaz que la de los países de la UE a escala nacional o local. Asimismo, el principio de subsidiariedad pretende acercar a la UE y a sus ciudadanos asegurando que se adoptan acciones a nivel local cuando es necesario. Sin embargo, el principio de subsidiariedad no significa que una acción siempre deba adoptarse al nivel más próximo a los ciudadanos. (Se consagra el en ART. 5 del Tratado de la UE)

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