La Constitución de 1931 y las Leyes Fundamentales del Franquismo


Constitución de 1931

Marco político: El aislamiento del régimen dictatorial y los acontecimientos que se sucedieron en la vida política española desde la caída de Primo de Rivera llevaron a la convocatoria de una consulta electoral al país, que marcaría el rumbo de la futura acción política.

En términos absolutos la consulta del día 12 de abril de 1931 fue ganada por los monárquicos. Aunque por entonces los republicanos eran minoría en España, a la República se adscribieron muchos por razones de táctica.

El rey, y con él la mayoría de los ministros, optó por suspender el ejercicio del poder real y salir de España, sin renunciar por ello a sus derechos. Con esta decisión se proclamó ese mismo día la República, siendo nombrado el primer Gobierno provisional.

La elaboración del texto constitucional

Para la elaboración del Anteproyecto, el Gobierno nombró una comisión jurídica asesora, presidida por Ossorio y Gallardo, que cumplió el encargo.

Derechos y principios que reconoce la Constitución

La constitución reconocía el sistema unicameral y confería un notable automatismo al poder legislativo, depositaria de la soberanía nacional y cuyos miembros serían elegidos por sufragio universal y por un tiempo de cuatro años. Los diputados de las cortes constituyentes más un número igual de compromisarios elegidos por sufragio universal elegirían a su vez al presidente de la República, contaría con la facultad de disolver el Parlamento.

Otra de las novedades que recoge la Constitución es la creación de un Tribunal de Garantías Constitucionales.

La nueva estructura del Estado

La Constitución en sí no recogía autonomías sino que sentaba las bases para las mismas y encomendaba al Parlamento la aprobación de los posibles estatutos. Esta fórmula, supuso la quiebra del proceso integrador que había conocido España a lo largo de siglos y había sido impulsada desde los Reyes Católicos.

EL FRANQUISMO: LAS LEYES FUNDAMENTALES

Fuero del trabajo

Se ocupaba de las relacione en el ámbito laboral y establecía los fundamentes sobre los que se organizaría la economía del Franquismo. Este fuero se inspiró en la normativa italiana. Recogió los siguientes derechos y deberes: Derecho y deber del trabajo, Derecho al descanso, Derecho a una retribución justa del trabajo, Derecho al subsidio familiar, Derecho a la seguridad y continuidad en el trabajo, Derecho a la seguridad en el infortunio y a los seguros sociales, Derecho al acceso a la propiedad, Deber a la lealtad y solidaridad en el trabajo y en la producción.

Ley Constitutiva de las Cortes

Fue promulgada en 1942 debido a la evolución del conflicto europeo. Con esta ley, el régimen convocaba a “la participación del pueblo en las tareas del Estado”, mediante la institución de una Cámara representativa en las tareas del Estado

Fuero de los Españoles 1945

Publicado por Franco como otra operación frente a las exigencias democráticas de los vencedores. El texto insistía, en los deberes de los españoles y en la estructura autoritaria del Estado.

Ley del Referéndum Nacional 1945

Pretendía mostrar que en España estaba reconocido el sufragio universal a pesar de que el derecho a sufragio individual no existía. Establecía que los españoles podían ser consultados individualmente en forma de plebiscito nacional.

Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado 1947

Fue sometida a referéndum y aprobada tras un supuesto pucherazo por más del 93 por 100 de los votantes. La Ley aprovechaba para establecer o consolidar un conjunto de principio y eliminar su definición nacional sindicalista.

Ley de Principios del Movimiento Nacional 1958: suponía la incorporación institucional de la doctrina falangista y el reconocimiento de Falange Española Tradicionalista como único partido.

Ley Orgánica del Estado 1967: pretendía ser una refundación legislativa del Franquismo mediante la unión de elementos dispersos de textos fundamentales anteriores y la depuración de algunas de sus connotaciones totalitarias.

LA TRANSICIÓN: LA LEY PARA LA REFORMA POLÍTICA Y LA ELABORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978

Dicha Ley fue promulgad en referéndum el 15 de diciembre de 1976, y la misma convocaba elecciones para el 15 de junio de 1977. Supuso un punto de referencia fundamental en todo el proceso de cambio de régimen.

Esta ley, tuvo dos rasgos particulares: reforma y no ruptura

En primer lugar, se puede decir que el objeto básico de dicha ley fue el de reformar las denominas Leyes Fundamentales del Franquismo.

En segundo lugar, el carácter de continuidad con el proyecto iniciado por Franco era manifiesto, puesto que no se contemplaba el carácter constituyente de las nuevas cortes.

Cabe destacar el establecimiento de los principios democráticos, la inclusión de algunas notas para la reforma constitucional, la confirmación del sistema monárquico, la bicameralidad y composición de las Cortes, y la determinación de algunos elementos de carácter electoral para la elección de las mismas.

En conclusión, es importante insistir en que la convocatoria para la elección de las Cortes Generales, se llevó a cabo a través de la legalidad determinada por el propio régimen dictatorial.

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