La cuantía del subsidio por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo asciende al base reguladora


TEMA 1- EL MARCO JURÍDICO DE LAS RELACIONES LABORALES

1)INTRODUCCIÓN

A finales del S. XVIII comenzó en Inglaterra la denominada Revolución Industrial que posteriormente fue extendíéndose al resto del continente europeo.

Esta revolución consistía en la utilización de nuevas máquinas y en la construcción de grandes fábricas, que poco a poco fueron desplazando a los pequeños talleres artesanos. 

El sistema político y económico liberal, defendía que el estado no debía de invertir en el comercio, ni en poner normas laborales, por lo que el empresario abusaba del trabajador.
Se comenzaba a trabajar a los 6 u 8 años de edad y la jornada era de 15 horas diarias, ademas en la fabrica las condiciones eran insalubres. 

La regulación de las relaciones laborales comenzó a tenerse en cuenta en la 2ª mitad del S.XIX. Las primeras leyes se anunciaron por razones de orden público, policial y de justicia social.

En España entre los años 1900 y 1901, se anunció una legislación obrera y se elaboraron los primeros códigos de derecho de trabajo. En 1980 entró en vigor el Estatuto de los Trabajadores hasta hoy. 

2)DERECHO LABORAL

El derecho del trabajo o laboral, se puede definir como una rama del derecho que regula las relaciones laborales del trabajo que reúne las siguientes carácterísticas:

A)Personal: el trabajo es realizado por la persona contratada, por otra

b)Voluntaria: el trabajo no puede ser realizado por el trabajador mediante coacción o violencia. La voluntariedad, le da el derecho al trabajador de poner fin a su trabajo cuando lo vea conveniente. 

C)Cuenta ajena: su actividad laboral beneficia al empresario

D)Retribuido: el trabajador recibe una compensación económica por su actividad laboral

E)Bajo la dirección del empresario: el trabajador debe ejercer su actividad siguiendo las

instrucciones del empresario. 

2.1)TRABAJOS EXCLUSIVOS DEL ÁMBITO LABORAL

El Estatuto de los Trabajadores enumera una serie de actividades que quedan fuera del derecho laboral, porque les faltan algunas carácterísticas o porque tienen su propias normas. Estas son las siguientes:

a)El servicio que prestan los funcionarios políticos, porque se encuentra regulado por el estatuto básico del empleado público. 

B)Los trabajos realizados a título de amistad o buena vecindad, porque carecen de retribuciones

c)La actividad de las personas que intervienen en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios. Como en el caso de los representantes de comercio.

d)Los trabajadores familiares, realizados por cuenta propia y sean considerados de personal colaborador del empresario.

2.2) FUENTES DEL DERECHO

Las normas jurídicas son elaboradas por los poderes ejecutivo y legislativo del estado, y por otros colectivos, como los representantes de los empresarios y trabajadores.

Las fuentes del derecho laboral son las siguientes: 

1)Los reglamentos comunitarios: constituye una normativa de la Uníón Europea y son directamente aplicables en cada uno de los estados miembros. 

2)Tratados y convenios internacionales

3)La constitución Española de 1978: se establece el derecho a la huelga y el derecho a la libre sindicación

4)Leyes en sentido estricto: podemos definir ley como una norma jurídica aprobada por el parlamento, sancionada por el rey y publicada en el boletín oficial del Estado: 

1)Leyes orgánicas: regulan derechos fundamentales y libertades públicas,recogidas en la constitución para su aprobación, modificación y derogación, es necesaria la mayoría absoluta de los miembros del congreso de los diputados. 

2)Leyes ordinarias: regulan el resto de materias no reservadas a la ley orgánica, para su aprobación, modificación y derogación, es necesaria la mayoría simple.

5)Normas con rango de ley:

1)Reales decretos leyes: son aprobados por el gobierno, por motivos deextraordinaria y urgente necesidad, pero para su validez se requiere su convalidación por el congreso de los diputados en el plazo de los 30 días siguientes al de su aprobación.

2)Reales decretos legislativos: son elaborados por el gobierno por delegación del parlamento

6)Reglamento: son normas con rango inferior a ley elaborados por el gobierno. Si son dictados por el consejo de miembros se denominan decretos y si son dictados por un ministro.

7)Usos y costumbres locales y profesionales: son conductas o comportamientos repetitivos y aceptados a lo largo del tiempo.

8)Convenios colectivos: los podemos definir como un acuerdo o pacto entre los representantes de los trabajadores y los empresarios, para regular las condiciones de trabajo de una empresa.

9)Contrato de trabajo: consiste en un acuerdo suscrito entre el trabajador y el empresario

2.3)PRINCIPIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO LABORAL

Se establecen unos criterios o reglas para determinar que norma debe aplicarse en  cada caso, estos son los principios generales del derecho, que son los siguientes:

A)Principio de jerarquía normativa: según el cual existen unas normas más importantes que otras

b)Principio indebido por operario: supone que cuando una norma pueda interpretarse de diferente forma se elegirá la mas que beneficie al trabajador.

c)Principio de norma más favorable: supone que cuando existan dos o más normas aplicadas a un caso concreto se aplicará aquella que resulte más favorable al trabajador.

d)Principio de irrenunciabilidad de derechos: consiste en que el trabajador no puede renunciar a ningún derecho que sea reconocido por la ley o por convenio colectivo.

2.4)LA ADMINISTRACIÓN LABORAL

Los principales organismos que forman parte de la administración laboral son los siguientes: 

1)A nivel nacional: tenemos el ministerio el empleo y seguridad social, es el organismo encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa laboral de seguridad y empleo, así como la prevención de riesgos laborales.

2)A nivel autonómico: podemos citar a la consejería de empleo de Junta de Andalucía, que ejerce su actividad dentro del ámbito de competencia que tiene atribuido.

3) LA SEGURIDAD SOCIAL

Es un sistema público de previsión que da distintas prestaciones ante diferentes riesgos y posee cobertura universal, dado que protege al conjunto de ciudadanos ante situaciones de necesidad.

Dentro de la seguridad social existen varios regíMenes: 

a)Régimen general: protege al colectivo más amplio, a él pertenecen los trabajadores por cuenta ajena que no están incluidos en ninguno de los regíMenes especiales.

B)Régimen especial: cubren actividades que precisan de una normativa específica

La seguridad social está compuesta por una serie de organismos de los cuales los más importantes son: 

1)El instituto nacional de la seguridad social: que reconoce y gestiona las prestaciones económicas de carácter constructivo.

2)Tesorería general de la seguridad social: su función es recaudar fondos para el sistema de la seguridad social y gestionar las prestaciones.

Además de estas entidades gestoras, también colaboran con la gestión del sistema de seguridad social las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

3.2)LA ACCIÓN PROTECTORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

La acción protectora está formada por las prestaciones económicas (pensiones, subsidios e indemnizaciones), y por prestaciones sanitarias y asistenciales.

Estas prestaciones pueden ser a su vez:

A)Contribuciones: son las que cubren a los trabajadores y beneficiarios que han cotizado

b)No contributivas: se conceden a personas que no han cotizado nunca o no lo han hecho durante el tiempo mínimo exigido, para poder ser beneficiarios de una pensión contributiva, y carece de económicas.

La acción protectora de la seguridad social se concreta en:

1)Asistencia sanitaria: está formada por servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud.

2)

Incapacidad temporal

Consiste en un subsidio que sustituye a los ingresos salarios de un trabajador que está de baja médica por enfermedad o accidente, sea o no laboral. Para que un trabajador pueda tener derecho al subsidio, por incapacidad temporal, es necesario que haya asistido 180 días en los 5 años anteriores, pero solo para el caso de enfermedad común. Si la incapacidad temporal es de accidente de trabajo o enfermedad profesional , no se necesita periodo de carencia.

Por lo que respecta a la cuantía de la prestación debemos distinguir 2 supuestos: 

a)Contingencias comunes: del 1 al 3 días no se cobra, de 4 a 20 días se cobra el 60% de la base reguladora, y desde el día 21 al alta, se cobra el 75% de la base reguladora.

b)Contingencias profesionales: derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se cobra el 75% de la base reguladora.

3)Riesgos durante el embarazo y la lactancia: en este caso la madre tendrá derecho a percibir un subsidio por importe del 100% de la base reguladora.

4)Por maternidad: Para tener derecho a subsidio por maternidad se necesita un periodo de carencia en los casos siguientes:

a)Cuando la madre tenga entre 21 y 26 años serán necesarios tener cotizados 90 días, en los 7 años inmediatamente anteriores. 

B)Si la madre tiene más de 26 años era necesarios tener cotizados 180 días en los últimos 7 años

C)Cuando la madre sea menor de 21 años no se necesitará periodo de carencia

5)Subsidio por paternidad: tendrá una duración de 4 semanas y su importe será del 100% de la base reguladora

6)Lesiones permanentes no invalidantes: en el caso de secuelas definitivas causadas por accidentes de trabajo o enfermedad profesional, que no sean de gravedad suficiente para reducir la capacidad de trabajo.

7)Incapacidad permanente: Es la situación en la que se encuentran un trabajador que a estado en tratamiento de recuperación por accidente o enfermedad. Y presenta disminución que le reduce o elimina su capacidad para el trabajo.

Existen 5 grados de incapacidad de trabajo:

a)Incapacidad permanente parcial: no permite la institución del contrato de trabajo. Recibe una indemnización de 24 mensualidades.

b)Incapacidad permanente total: la incapacidad permanente total lleva a la extinción del contrato y el trabajador además de cobrar la prestación económica establecida, puede encontrar un nuevo empleo. Esta prestación es de carácter vitalicio y su importe es del 55% de la base reguladora, que podrá ser elevada al 75% para trabajadores de más de 55 años.

c)Incapacidad permanente absoluta: el trabajador no puede realizar ninguna actividad laboral. Supone la extinción del contrato de trabajo. El importe de la cuantía de esta prestación es del 100% de la base reguladora. Es de carácter vitalicio.Esta declaración supone que la persona afectada es dependiente.  Esto supone que el trabajador percibe una prestación complementaria con mínimo de 45% de la base reguladora. 

8)Jubilación: el trabajador recibe una pensión vitalicia que sustituye al salario

Como requisito para percibir la prestación económica por jubilación, podemos señalar los siguientes: 

A)Tener cumplidos 65 años y 4 meses, o 65 años si se han cotizado 38 años y 6 meses

b)Haber cotizado 15 años como mínimo de los cuales 2 de ellos deben estar comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

c)Dependiendo del número de años cotizados para tener derecho a la pensión mínima del 50% hace falta haber cotizado 15 años y para cobrar el 100% se necesitan 37 años de cotización.

9)Prestaciones por muerte y supervivencia:Están dirigidas a familiares beneficiarios del trabajador fallecido

a)Viudedad: la prestación es del 52% de base reguladora y tendrá derecho a percibirla el cónyuge del trabajador fallecido. 

b)andad: la prestación es del 20% de la base reguladora, por cada hijo menor de edad del fallecido o mayor de edad, sin recursos económicos suficientes, tendrá derecho a percibirla  hasta los 25 años.

10)Desempleo: dentro de esta situación podemos distinguir dos supuestos que son los siguientes: 

a)Desempleo a nivel constructivo: cubre el desempleo involuntario de quienes han tenido empleo y lo han perdido. También cubre el desempleo parcial: que viene por la reducción de jornada laboral. Los requisitos necesarios para que el trabajador pueda percibir esta prestación son los siguientes: 

1)Que el trabajador se encuentre en situación de desempleo involuntaria

2)Que adquiera el compromiso de búsqueda activa de empleo

3)Haber cotizado a la seguridad social como mínimo 360 días en los 6 años anteriores

La duración de la prestación económica está en relación al tiempo cotizado. Se calcula mediante una escala, que esta entre un mínimo de 120 días de prestación, hasta máximo 720 días.

La cuantía de la prestación económica será: Los primeros 180 días se percibirá un 70% de la base reguladora. El resto del tiempo se cobrará el 50% de la base reguladora.

        b) Desempleo a nivel no constructivo: consiste en una prestación económica asistencial para demandantes que se encuentran en un nivel muy bajo de recursos económicos.

4)REPRESENTACIÓN Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA

La negociación colectiva es el proceso de diálogo que se establece entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios, con la finalidad de establecer las condiciones de trabajo en la empresa o sector económico.

La negociación colectiva tiene como objetivo alcanzar acuerdos que satisfagan a las partes.

La Constitución Española de 1978 garantiza el derecho a la negociación colectiva.

4.1)EL CONVENIO COLECTIVO

El convenio colectivo es un acuerdo adoptado por los representantes de los trabajadores y los empresarios, en el que se fijan las condiciones de trabajo y productividad.

En los convenios colectivos se pueden distinguir dos tipos de contenidos:

A)Convenio normativo: regula los derechos y obligaciones de las partes

b)Convenio obligacional: está constituido por las cláusulas que garantizan en incumplimiento del convenio colectivo por ambas partes.

Los convenios colectivos pueden clasificarse en base, entre otros, a los siguientes:

a)Según el ámbito geográfico: está referido al territorio el que se le puede aplicar un convenio colectivo. Distinguimos entre: convenio colectivo estatal, autónomo, provincial y local. 

b)Pero según su ámbito funcional: está en relación con el sector de actividad al que afecta un convenio colectivo. Distinguimos entre: convenio colectivo del sector de hostelería, oficinas técnicas y despachos del comercio de la piedra natural, artes gráficas, cerámica, textil, etc.

c)Según su ámbito personal: hace referencia al grupo de trabajadores al que afecta un determinado convenio colectivo. Conforme a este criterio distinguimos 3 tipos:

1)Convenio de ámbito superior: cuando afecta a trabajadores de más de una empresa

2)Convenios de ámbito inferior: cuando afecta a parte de los trabajadores de una empresa

3)Convenio de empresa: cuando afecta solo a los trabajadores de una empresa

La vigencia del convenio colectivo será la que establezcan las partes negociadoras, sino se indica lo contrario del convenio, llegada la fecha de su finalización, se prolongará de año en año.

Sino se produce denuncia por ninguna de las partes. Se puede pactar períodos de

vigencia distintas para cada una de la partes o materias del convenio.

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